PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
CUARTA ÉPOCA
Año VI No. 1351
San Francisco de Campeche, Cam.,
Martes 26 de Enero de 2021
Directora
C.P.F. Iris Janell May García
SECCIÓN JUDICIAL
REGLAMENTO DE CARRERA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL
DEL ESTADO DE CAMPECHE
Exposición de Motivos
Hoy en día, resulta necesario adecuar la normatividad relativa al sistema de carrera judicial, conforme a nuestro
actual marco jurídico y estructura organizacional, lo que implica no solo fijar las bases para realizar exámenes,
sino ampliar los lineamientos para abarcar diversos aspectos que se refieren al ingreso, promoción, formación
y desarrollo profesional así como la permanencia de los servidores públicos del Consejo de la Judicatura del
Poder Judicial del Estado, acorde a lo establecido en los artículos 209 y 214 de la Ley Orgánica que nos rige.
Así, la regulación de la carrera judicial propiciará:
-
Consolidar la carrera judicial y los concursos de oposición que corresponde realizar al Consejo de la
Judicatura local;
-
Seleccionar servidores públicos que se conduzcan con ética, profesionalismo, independencia e
imparcialidad;
-
Procurar que quienes ocupen los cargos inherentes a la carrera judicial sean las personas que tengan
los mayores méritos, las más preparadas y con el perfil de idoneidad para el cargo;
-
Señalar las bases para ocupar interinamente los cargos de las distintas categorías de servidores
públicos que integran la carrera judicial a cargo del Consejo de la Judicatura local; y
-
Significar la importancia de la capacitación, actualización y profesionalización de los servidores
públicos de la Institución.
Contar con un Reglamento de Carrera Judicial es tener un instrumento normativo específico que regule las
cuestiones generales inherentes a la misma, así como aquellas que inciden de manera directa, siguiendo los
parámetros en los ámbitos internacional y nacional, los resultados de foros convocados por instituciones
académicas, las diversas disposiciones que establecen servicios de carrera en los Poderes Judiciales y los
criterios actuales en este sentido.
Esta normatividad contiene como elementos principales los siguientes:
1. Disposiciones generales. En donde se hace consistir el objeto del reglamento, el marco jurídico y los órganos
del Poder Judicial encargados de su aplicación.
2. Definición del sistema de carrera judicial y las categorías de la misma. La incorporación y enunciación de los
principios rectores de la carrera judicial como fuente de interpretación directa del contenido y alcance del
presente reglamento, y el perfil idóneo que deben cubrir los servidores públicos para desempeñar con
excelencia sus funciones jurisdiccionales.
3. Etapas de la carrera judicial. Entendida como las fases en que se desarrolla:
a)
Ingreso y promoción. Se continúa la realización de concursos de oposición, de acuerdo con lo
establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado y el criterio de otorgar interinatos a
quienes ejerzan la categoría inmediata inferior, hayan realizado méritos suficientes y continúen
preparándose permanentemente. Asimismo, el establecimiento de las fases en los concursos, con la
aplicación de cuestionarios, resolución de casos prácticos, valoración de la formación del sustentante
y entrevistas, cuando así se considere, para evaluar el perfil ideal para el cargo y el nivel de
perfeccionamiento de la o el servidor público, acorde a lo que establece el artículo 212 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial del Estado de Campeche.