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PERIÓDICO OFICIAL
24 de febrero de 2021
exista un estricto cumplimiento a las medidas de seguridad sanitarias, incluso en su artículo Quinto , apunta que
“las
dependencias, entidades y demás entes públicos deberán ponderar la realización de sus actividades, privilegiando el
trabajo a distancia, sobre las presenciales, salvo aquellas que realicen actividades esenciales”.
VII. Las medidas aquí expuestas, se mantendrán vigentes y podrán modificarse atendiendo a los comunicados oficiales
que emitan la Secretaria de Salud del Estado de Querétaro y/o el Consejo Estatal de Seguridad del Estado de
Querétaro; con base en lo anterior, es que se emite el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE LA ENTIDAD SUPERIOR DE FISCALIZACION DEL ESTADO DE QUERETARO
IMPLEMENTA EL MECANISMO DE RECEPCION EN SU OFICIALIA DE PARTES, COMO MEDIDA SANITARIA
EXTRAORDINARIA ADOPTADA FRENTE AL CORONAVIRUS (COVID-19)
Artículo Primero. Encontrando motivación en la declaración de Pandemia, por parte de la Organización Mundial de la
Salud (OMS) respecto del Virus COVID 19 (Coronavirus), así como en los documentos:
”Acuerdo de
recomendaciones generales COVID 19” emitido por la Secretaria de Salud del Estado de Querétaro, publicado en el
Periódic
o Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga” de fecha 18 de marzo de 2020; así
como el
“Acuerdo de medidas de seguridad sanitaria” emitido por el Consejo Estatal de Seguridad del Estado de
Querétaro, publicado en el Periódico Ofici
al del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga” de fecha
19 de marzo de 2020; y el más reciente
“Acuerdo en el que se determina el Escenario “B” en el Estado de Querétaro
y se emiten medidas de seguridad sanitarias, emitido por la Secretaria de Salud del Estado de Querétaro, publicado en
el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga” de fecha 12 de febrero de 2021; la
Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro ha determinado medidas sanitarias, acatando lo señalado
en dichos documentos con el fin de asegurar en la medida de lo posible, la no propagación y/o contagio del Virus COVID
19 (Coronavirus).
Artículo Segundo. De conformidad con este instrumento, para la Oficialía de Partes de la Entidad Superior de
Fiscalización del Estado de Querétaro, se establece como mecanismo de recepción de documentación y
correspondencia institucional el correo electrónico oficialiadepartes@esfe-qro.gob.mx durante el horario de lunes
a viernes de 8:00 a 15:30 horas.
Exceptuando de lo anterior, lo relativo a la presentación de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal 2020,
así como documentación relacionada con el proceso de fiscalización superior, que en su caso se encuentre verificando
respecto de la Cuenta Pública del ejercicio fiscal identificado (2020).
Artículo Tercero. Las medidas aquí expuestas, se mantendrán vigentes y podrán modificarse atendiendo a los
comunicados oficiales que emitan la Secretaria de Salud del Estado de Querétaro y/o el Consejo Estatal de Seguridad
del Estado de Querétaro.
Artículo Cuarto.
Remítase para su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”,
a fin de darle la debida publicidad oficial.
Artículo Quinto. Se ordena colocar una copia de este Acuerdo a la vista del público, en el acceso principal del recinto
oficial de la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro.
Dado en las oficinas de la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro, el día veintidós del mes de febrero
del año dos mil veintiuno.
ATENTAMENTE
ING. ENRIQUE DE ECHÁVARRI LARY
AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO DE QUERETARO
Rúbrica