DEL GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
REGLAMENTO INTERIOR
DEL CENTRO DE COORDINACIÓN, CONTROL, COMANDO, COMUNICACIÓN, CÓMPUTO E INTELIGENCIA
DEL ESTADO (C5i).
JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en
ejercicio de las facultades que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción IV, de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Colima, y de conformidad en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 3, 4, 6, 16 y 17, párrafo
primero, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima; artículos 17 fracción X, 39, Transitorio
Cuarto y relativos de la Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Colima, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 14 de noviembre de 2020
, se publicó en el Periódico Oficial “El Estado de Colima, el Decreto Núm. 325, por
el que se expide la Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Colima, en la cual se constituye el C5i, como
Organismo Descentralizado denominado Centro de Coordinación, Control, Comando, Comunicación, Cómputo e
Inteligencia del Estado (C5i), estableciéndose en el Artículo Transitorio Cuarto la atribución al Gobernador Constitucional
del Estado, para emitir el Reglamento correspondiente a dicho organismo.
Por tanto, en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente y una vez cumplidos los requisitos que prevé
la ley, tengo a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO INTERIOR DEL CENTRO DE COORDINACIÓN, CONTROL, COMANDO, COMUNICACIÓN,
CÓMPUTO E INTELIGENCIA DEL ESTADO (C5i)
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Naturaleza
El Centro de Coordinación, Control, Comando, Comunicación, Cómputo e Inteligencia del Estado (C5i) es el Organismo
Público descentralizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica, operativa y de gestión,
sectorizado al ámbito de la Secretaría General de Gobierno y tiene a su cargo, entre otras funciones, la responsabilidad
de administrar y operar los sistemas de radiocomunicación, telecomunicación, monitoreo vehicular, el Sistema de
Llamadas de Emergencia (9-1-1), Denuncia Anónima (089) y Video Vigilancia del Estado, de conformidad con las
atribuciones que le asignan las Leyes, los Reglamentos, Decretos y Acuerdos correspondientes.
ARTÍCULO 2. Para el buen funcionamiento del Centro de Coordinación, Control, Comando, Comunicación, Cómputo e
Inteligencia del Estado (C5i), todo el personal adscrito de las Instituciones de Seguridad o autoridades auxiliares de la
Seguridad Pública Federales, Estatales y/o Municipales, así como del sector salud, comisionado al C5i, deberá sujetarse
a la normatividad y disposiciones del presente ordenamiento, así como a los lineamientos, protocolos, manuales de
organización e instrucciones generales que establezca la Dirección General por conducto del Director, mismas que
deberán constar por escrito y ser públicas, de tal manera que todo el personal adscrito al C5i las conozca.
ARTÍCULO 3. Toda información, registro de voz, texto, video e imagen o dato contenido en cualquier medio, registro
impreso, óptico, electrónico, magnético, físico o de cualquier otro material, que sea generada y/o procesada por el
personal del C5i, será considerada como reservada y/o confidencial, por lo tanto, su manejo, custodia, difusión o acceso
estará sujeto a las disposiciones que resulten aplicables de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Estado de Colima, Ley de Archivos del Estado de Colima, Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos
Obligados para el Estado de Colima, Ley que Regula la Video vigilancia, y otras disposiciones aplicables.
El despacho de los asuntos y el ejercicio de las facultades a que se refiere este Reglamento, El Centro las realizará,
dentro del territorio del Estado de Colima o fuera de él, cuando así se requiera.
ARTÍCULO 4. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por:
I.
C5i: Centro de Coordinación, Control, Comando, Comunicación, Cómputo e Inteligencia del Estado (C5i);
II.
Comisión Ejecutiva: Órgano máximo de Gobierno del C5i;
III.
CALLE: Centro de Atención de Llamadas de Emergencia;
EL ESTADO DE COLIMA
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