Victoria, Tam., jueves 11 de marzo de 2021
Periódico Oficial
Página 16
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO. - El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas y deberá publicarse en medios electrónicos y/o impresos de difusión
pública municipal.
ARTÍCULO SEGUNDO. - Se abrogan las disposiciones anteriores de orden municipal que se opongan a lo
establecido en el presente Reglamento.
ARTÍCULO TERCERO. Dentro de los ciento veinte días hábiles siguientes a su publicación, se deberá instalar la
Asamblea Plenaria, en la que se destaquen los aspectos fundamentales del Comité de Planeación para el
Desarrollo Municipal de Victoria y donde sus integrantes rindan protesta de cumplir con las funciones del
Copladem Victoria.
Victoria, Tamaulipas, a los veinticinco días del mes de febrero del año dos mil veintiuno.
ATENTAMENTE.- PRESIDENTA MUNICIPAL DE VICTORIA, TAMAULIPAS.- LIC. MARÍA DEL PILAR
GÓMEZ LEAL.- Rúbrica.- SECRETARIO DEL R. AYUNTAMIENTO.- LIC. CÉSAR AUGUSTO SAAVEDRA
TERÁN.- Rúbrica.