b) Plano del polígono del proyecto (especificando la lotificación del fraccionamiento y la georreferenciación
del arbolado presente en el sitio).
c) Área no inundable (presentar los estudios de soporte que indiquen que el área no es inundable).
d) Plano de lotificación que incluya el levantamiento topográfico del arbolado en el sitio.
e) Área basal (en caso de que, en la visita a campo, así como la información entregada ante la autoridad, en
base al inventario/muestreo dasométrico, se encuentren especies forestales y sea igual o mayor a la pérdida
de biomasa de lo que estipula el art. 2 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable,
se solicitará el estudio de área basal).
f)
Reglamento de Zonificación para el Estado de Colima (incorporar lo establecido para la elaboración de los
Programas parciales de urbanización, siguiendo los criterios establecidos en el artículo 162, del referido
Reglamento que a la letra dice:
“Artículo 162. Con el fin de lograr una configuración urbana coherente, en los programas parciales de
áreas de expansión urbana y áreas de renovación urbana deben observarse los siguientes criterios:
●
Integración a la configuración topográfica, procurando minimizar los cortes y rellenos con el
trazado vial y las plataformas para la edificación;
a) Escurrimientos y cauces de agua;
b) Macizos arbolados y bosques;
c) Cuerpos de agua y acuíferos;
d) Cúspides de cerros y montañas;
e) Otros que resulten del análisis del sitio, así como los expresados en la clasificación de
áreas.
”
g) Plano de Obras de Drenajes Pluviales
2.2.15. Para proyectos de agroindustriales considerar, además:
a)
Plan de manejo arbóreo (considerando la densidad, volumen y número de individuos y el uso o
aprovechamiento que se le dará al arbolado que se retire).
b)
Levantamiento dasométrico (entregarlo en físico y en digital archivo en Excel).
INVENTARIO DASOMÉTRICO
No. Especie arbórea
identificad a en el
sitio del proyecto
Ubicación del
arbolado en
coordenadas
UTM
Altura de
los árboles
Del suelo
a la copa
Diámetro del
árbol a partir
de la altura del
pecho (1.30m)
Se encuentra
dentro del
algún criterio
de Protección
Manejo
Estado
Fitosanitario
c)
Área basal (en caso de que, en la visita a campo, así como la información entregada ante la autoridad, en
base al inventario/muestreo dasométrico, se encuentren especies forestales y sea igual o mayor a la pé"rdida
de biomasa de lo que estipula el art. 2 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable,
se solicitará el estudio de área basal).
d)
Reglamento de Zonificación para el Estado de Colima (incorporar lo establecido para la elaboración de
los Programas parciales de urbanización, siguiendo los criterios establecidos en el artículo 162 del
Reglamento que a la letra dice:
“Artículo 162. Con el fin de lograr una configuración urbana coherente, en los programas parciales de
áreas de expansión urbana y áreas de renovación urbana deben observarse los siguientes criterios:
• Integración a la configuración topográfica, procurando minimizar los cortes y rellenos con el
trazado vial y las plataformas para la edificación;
• Escurrimientos y cauces de agua;
• Macizos arbolados y bosques;
• Cuerpos de agua y acuíferos;
• Cúspides de cerros y montañas;
• Otros que resulten del análisis del sitio, así como los expresados en la clasificación de
áreas.
”
e)
Plano de Obras de Drenajes Pluviales
f)
Obras de infraestructura verde
CAPÍTULO III VINCULACIÓN CON LAS NORMAS Y REGULACIONES SOBRE USO DEL SUELO
3.1. Vinculación del proyecto con los programas de ordenamiento ecológico y territorial
3.2. Programa de Ordenamiento Ecológico del Estado de Colima, así como las zonificaciones primarias
3.2.1. Programa de Ordenamiento Ecológico Regional
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EL ESTADO DE COLIMA