Población y los demás que de estos deriven, adoptando normas o criterios de congruencia, coordinación o ajuste con
otros niveles superiores de planeación, las normas oficiales mexicanas, así como evaluar y vigilar su cumplimiento.
Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima; define que el ordenamiento territorial de los asentamientos
humanos y el desarrollo urbano tendrán a mejorar las condiciones de la población urbana y rural mediante la zonificación
del suelo.
Esta zonificación permitirá determinar, regular y controlar las provisiones, usos y destinos, así como las reservas de los
centros de población. Adicionalmente, también fijan las normas básicas para planear y regular el ordenamiento territorial
de los asentamientos humano y la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población.
De igual manera se definen los principios con los cuales el estado ejercerá sus atribuciones para determinar las
correspondientes previsiones de usos, reservas y destinos del suelo. Así mismo deja muy claro que las acciones de
conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población se consideran como programas parciales,
señalando los mecanismos e instrumentos que lo conforman.
Reglamento de Zonificación del Municipio de Colima, en él se describen los tipos básicos de zonas, la clasificación de
usos de suelo y la regularización de áreas que estén contenidas en los programas parciales de urbanización. De manera
particular, presenta la reglamentación zonas habitacionales y los grupos de usos y destinos permitidos en estas.
BASES DE PLANEACIÓN
Con base en la legislación vigente, los programas parciales son un instrumento que está inscrito en el sistema de
planeación democrática. Este sistema que parte del Plan Nacional de Desarrollo y a su vez de los planes sectoriales;
sirven como base a los Planes Estatales, así como a los municipales respectivamente; y es en estos últimos donde toman
sustento los Programas de Desarrollo Urbano de Centro de Población; que son el punto de partida de los programas
parciales de urbanización.
El Plan Municipal de Desarrollo 2018
– 2021; basa su organización y manejo en 8 ejes estratégicos, de los cuales en el
eje 6 (Ordenemos a Colima
– Urbanismo), en lo que corresponde al ámbito urbano se observan una serie de estrategias,
líneas de acción y metas:
i.
Impulsar un modelo urbano compacto, conectado y ordenado que promueva la igualdad, facilite el acceso a
servicios y reduzca distancias de traslado;
ii.
Consolidar comunidades urbanas sustentables en donde el territorio y las redes de infraestructura y servicio se
planeen para mejorar la accesibilidad, la calidad de vida y la protección al medio ambiente; e
iii.
Impulsar un modelo de desarrollo urbano productivo a través de una planeación coordinada con visión a largo
plazo.
El Programa de Desarrollo Urbano de Centro de Población de Colima, Colima (PDUCPC), mismo que se encuentra
vigente pues fue publicado en el periódico oficial “El Estado de Colima” el 16 de diciembre del año 2000.
De conformidad con el Dictamen de Vocación del Suelo Modalidad III para Urbanización con Oficio Núm.- DGDUMA-
DDU-011/2020 de fecha 06 de octubre del 2020, emitido por la Dirección General de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente
del Municipio de Colima el cual cuenta con verificación de congruencia de la Dirección de Regulación y Ordenamiento
Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano de Gobierno del Estado de Colima, se dictamina
procedente la solicitud para un aprovechamiento urbano de la Parcela 59 Z-2 P1/1 del Ejido El Diezmo del Municipio de
Colima, Col. Identificado con clave catastral 02-02-80-000-059-001.
Los objetivos del presente estudio son los siguientes:
Objetivos Generales
Establecer la zonificación específica, señalando las normas aplicables a la acción urbanística para la zona específica
del centro de población; y
Determinar las características de la zona para regular y controlar tanto la urbanización como la edificación dentro del
área de aplicación.
EL ESTADO DE COLIMA
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