Victoria, Tam., martes 16 de marzo de 2021
Periódico Oficial
Página 22
en el Estado, con residencia en esta ciudad, mediante el
auto de fecha ocho de enero de dos mil veintiuno, ordeno
la radicación del Expediente Número 00011/2021, relativo
al Juicio Sucesorio Testamentario, a bienes de ROSA MA.
ADAME GARCIA quien tuvo su último domicilio ubicado en
calle Río Bravo entre Primera y Segunda de la Zona Centro
de esta ciudad de Valle Hermoso, Tamaulipas.
Y por el presente que se publicará por DOS
OCASIONES de diez en diez días, hábiles en el Periódico
Oficial del Estado y en otro de los diarios de mayor
circulación de esta ciudad, convocando a los interesados
en la herencia y acreedores, a fin de que se presenten a
deducir sus derechos dentro del término de quince días,
contados a partir de la última publicación del edicto.
ATENTAMENTE
El Ciudadano Licenciado FELIPE DE JESÚS TORRES
GALVÁN, Secretario de Acuerdos del Juez de Primera
Instancia Mixto del Décimo Cuarto Distrito Judicial del
Estado, quien firma de manera electrónica con base en los
artículos 2 fracción I y 4 de la Ley de la Firma Electrónica
Avanzada del Estado de Tamaulipas y en atención a las
disposiciones tomadas por el Consejo de la Judicatura del
Estado de Tamaulipas.
1469.- Marzo 16 y 30.- 1v2.
E D I C T O
Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
C. ENRIQUE MAXIMILIANO BECERRA SALAZAR.
DOMICILIO IGNORADO.
El Ciudadano Licenciada Lidia Patricia Gómez Mora,
Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar del
Primer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha
diecisiete de diciembre del año dos mil veinte, ordenó la
radicación del Expediente Número 00165/2020, relativo al
Juicio Sumario Civil Sobre Cancelación de Pensión
Alimenticio, promovido por JOSÉ ENRIQUE BECERRA
LÓPEZ, en contra de ENRIQUE MAXIMILIANO BECERRA
SALAZAR, de quien reclama las siguientes prestaciones:
A.- La cancelación de la Pensión Alimenticia
correspondiente al 30% (treinta por ciento) que de mi
sueldo y demás prestaciones que como empleado del
Gobierno del Estado percibo y que desde hace más de
dieciocho años disfruta mi ahora demandado.
B.- El pago de los gastos y costas que el presente
Juicio origine, en caso de oposición infundada de parte del
demandado.
Y por el presente que se publicará por TRES VECES
consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de
los de mayor circulación de esta ciudad, así mismo se fijará
además en la puerta del local del Juzgado, haciéndole
saber que deberá presentar su contestación dentro del
plazo de sesenta días, contados a partir de la fecha de la
última publicación del edicto, en la inteligencia de que las
copias simples de la demanda y sus anexos debidamente
requisitados se encuentran a su disposición en la
Secretaría de este Juzgado, y que de no comparecer a
Juicio se seguirá éste en su rebeldía, haciéndosele las
ulteriores notificaciones por cédula.
ATENTAMENTE.
“SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN”
Cd. Victoria, Tamaulipas, a los 28 de enero de 2021.-
C. Secretaria de Acuerdos del Juzgado Primero de Primera
Instancia en Materia Familiar, LIC. MARÍA DEL CARMEN
JUÁREZ VALDEZ.- Rúbrica.
1470.- Marzo 16, 17 y 18.- 1v3.
E D I C T O
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
CIUDADANO IMELDA LÓPEZ BARRERA Y
ARACELY PATRICIA MATA LÓPEZ.
DOMICILIO IGNORADO.
El Licenciado Isidro Javier Espino Mata, Juez Segundo
de Primera Instancia Civil del Primer Distrito Judicial en el
Estado, con residencia en esta Ciudad Victoria,
Tamaulipas, mediante proveído de fecha catorce de
diciembre del año en curso, dictado dentro del Expediente
02241/2019, relativo al Juicio Ordinario Civil, promovido por
la C. MA. DE JESÚS ALCALÁ ACEVEDO en contra de las
CC. IMELDA LÓPEZ BARRERA Y ARACELY PATRICIA
MATA LÓPEZ, ordenó se les emplazará y se les corriera
traslado con las copias simples de la demanda y sus
anexos, por medio de edictos que se publicarán en el
Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor
circulación en esta ciudad, por TRES VECES consecutivas,
y se fijará además en los Estrados de este Juzgado para
que conteste la demanda instaurada en su contra dentro
del término de sesenta días hábiles, contados a partir de la
última publicación de los edictos, quedando a su
disposición en la Secretaría de este Juzgado, las copias
simples de la demanda y sus anexos, demandando lo
siguiente:
A).- Que mediante sentencia judicial se declare que se
ha convertido como propietaria del bien inmueble que se
identifica como sigue: ubicado en Manzana 128, lote 43, de
la calle Villa de Llera, en la colonia Libertad, de este
municipio Ciudad Victoria, Tamaulipas, el cual cuenta con
una superficie territorial de 200 (doscientos) metros
cuadrados, bajo las siguientes medidas y colindancias: AL
NORESTE, en veinte metros lineales, con el lote 42; AL
SURESTE, en diez metros lineales, con calle Villa de Llera;
AL SUROESTE, en veinte metros lineales, con el lote 44;
AL NOROESTE, en diez metros lineales, con el lote 06.
Ello en virtud de haber adquirido de buena fe la
posesión originaria mediante contrato privado de cesión de
derechos de dicho inmueble que en fecha dieciséis de julio
del año dos mil trece celebre en mi carácter de cesionaria
(se le llamó cedataria) con las ahora demandadas.
B).- Como consecuencia de la declaración que se
reclama en la prestación que antecede, reclamo previa
protocolización notarial de la sentencia ejecutoriada que se
dicte en este juicio, pido se ordene la inscripción de la
misma ante el Instituto Registral y Catastral del Estado.
C).- El pago de gastos y costas procesales que la
suscrita llegue a erogar con motivo de la tramitación y
culminación de este Juicio, para el caso de que se
opongan a la acción que ejerzo en su contra.
Cd. Victoria, Tamaulipas, a 16 de diciembre de 2020.-
Secretario de Acuerdos, LIC. MARTIN ELISEO OLVERA
ORTIZ.- Rúbrica.
1471.- Marzo 16, 17 y 18.- 1v3.