Viernes 02 de Abril de 2021 PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO 11
Edición No. 27 Alcance I
que por los motivos expuestos en su escrito, existe causa
justificada para declarar procedente su solicitud y, en
consecuencia, aprobar en los términos solicitados, la licencia
por tiempo indefinido para separarse del cargo y funciones de
Regidor del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Acapulco
de Juárez, Guerrero.
X. Que asimismo y a efecto de no trastocar las funciones del
Ayuntamiento municipal ante la ausencia del Edil al que se le
aprueba la licencia indefinida, en términos del artículo 93
de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero,
se ordena llamar al suplente, ciudadano Ricardo Martínez
Sánchez, para que asuma el cargo de Regidor del Honorable
Ayuntamiento del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero,
hasta en tanto subsista la licencia concedida al Propietario
de dicho encargo”.
Que en sesiones de fecha 16 de marzo del 2021, el Dictamen en
desahogo recibió
primera y dispensa de la segunda lectura,
por lo que en términos de lo establecido en los artículos 262,
264 y 265 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado
de Guerrero Número 231, la Presidencia de la Mesa Directiva,
habiendo sido expuestos los motivos y el contenido del
Dictamen, al no existir votos particulares en el mismo y no
habiéndose registrado diputados en contra en la discusión, se
preguntó a la Plenaria si existían reserva de artículos, y no
habiéndose registrado reserva de artículos, se sometió el
dictamen en lo general y en lo particular, aprobándose el
dictamen por unanimidad de votos.
Que aprobado en lo general y en lo particular el Dictamen, la
Presidencia de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del
Estado realizó la Declaratoria siguiente: “Esta Presidencia
en términos de nuestra Ley Orgánica, tiene por aprobado el
Dictamen con proyecto de Decreto por medio del cual se concede
licencia por tiempo indefinido al Ciudadano Ilich Augusto
Lozano Herrera, al cargo y funciones de Regidor del Honorable
Ayuntamiento del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero, a
partir del 04 de marzo del 2021. Emítase el Decreto
correspondiente y remítase a las Autoridades competentes para
los efectos legales conducentes”.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 61 fracción I de la Constitución Política
Local, 227 y 287 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo en
vigor, este Honorable Congreso decreta y expide el siguiente: