Victoria, Tam., jueves 8 de abril de 2021
Periódico Oficial
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Supremo Tribunal de Justicia del Estado, ubicado en la
planta alta de este mismo edificio, donde se les atenderá
en forma gratuita, si así conviene a sus intereses, con el fin
de regular la mediación y conciliación entre las partes en
conflicto como un procedimiento alternativo para solucionar
conflictos interpersonales de manera pronta y con base en
la auto composición, transacción o laudos provenientes de
los mecanismos alternativos para la solución de conflictos
realizados antes del inicio de un Procedimiento
Jurisdiccional, la categoría de cosa juzgada o en su caso
de sentencia ejecutoriada, siempre que dichos convenios
se encuentren certificados y ratificados ante el Director del
Centro de Mecanismos Alternativos del Poder Judicial o en
su caso del Jefe de la Unidad Regional.- Tomando en
consideración que la manifestación de la voluntad de
cualquiera de las partes de participar en el procedimiento
alternativo, no lo exime de dar contestación a la demanda y
demás obligaciones procesales del juicio, hasta en tanto no
se decrete judicialmente la suspensión del procedimiento.-
Notifíquese a las partes que, de conformidad con el
Acuerdo 40/2018 del Consejo de la Judicatura de fecha
doce de diciembre de dos mil dieciocho, una vez concluido
el presente asunto contarán con 90 (noventa) días para
retirar los documentos exhibidos, apercibidos de que en
caso de no hacerlo, dichos documentos serán destruidos
junto con el expediente.- Notifíquese personalmente a la
parte demandada.- Así y con fundamento en los artículos
1, 2, 3, 4, 5, 21, 40, 41, 52, 53, 54, 63, 66, 98, 108, 462 y
demás relativos al Código de procedimientos civiles, lo
acordó y firma la Licenciada María De Lourdes Domínguez
Gómez, Jueza del Juzgado Cuarto de Primera Instancia del
Ramo Civil del Segundo Distrito Judicial del Estado, quien
actúa con el Licenciado Francisco Cruz Pierrez, Secretario
de Acuerdos que autoriza.- Doy Fe.- Dos Firmas Ilegibles.-
Rubricas.
Razón de Cuenta.- Por recibido escrito presentado en
fecha (07) siete del presente mes y año, y con el cual el
Secretario de Acuerdos del Juzgado, da cuenta a la Titular
del mismo.- DOY FE.
En Altamira, Tamaulipas, a once de febrero del año dos
mil veinte.- Por presentada a la C. LIDIA MENDOZA
ROMERO, parte actora dentro del Juicio en que se actúa
haciendo las manifestaciones a que se contrae y visto el
contexto de su escrito de cuenta, en virtud de que obra en
autos que el domicilio de la parte demandada MERCEDES
GÓMEZ SÁNCHEZ, no fue ubicado, se ordena emplazar
por edictos que se publicaran en el Periódico Oficial del
Estado, en un diario de los de mayor circulación en este
Distrito Judicial, por (3) TRES VECES consecutivas y se
fijarán además en los Estrados de este Juzgado,
comunicándose a la parte demandada que deberá
presentar su contestación de demanda, dentro del término
de (60) sesenta días, a partir de la fecha de la última
publicación.- Apercibiéndose al actor que si este Juzgado
por cualquier motivo tuviera el conocimiento, de que se
encuentra enterado del domicilio de la parte demandada, o
pareciere que maliciosamente se dijo ignorarlo, el
emplazamiento se tendrá como no hecho y se mandará
practicar en el domicilio ya conocido.- Notifíquese.- Así y
con fundamento en los artículos 1, 2, 4, 63, 67 fracción VI,
108, 462 y demás relativos del Código de Procedimientos
Civiles vigente en el Estado, lo acordó y firma la Licenciada
María De Lourdes Domínguez Gómez, Jueza del Juzgado
Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo
Distrito Judicial del Estado, quien actúa con el Licenciado
Francisco Cruz Pierrez, Secretario de Acuerdos que
autoriza y DA FE.- Dos Firmas Ilegibles.- Rubricas.
Y por el presente que se publicará por TRES VECES
consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de
los de mayor circulación en este Segundo Distrito Judicial,
así mismo se fijará además en la puerta del local del
Juzgado, haciéndole saber que deberá presentar su
contestación dentro del plazo de sesenta días, contados a
partir de la fecha de la última publicación del edicto, en la
inteligencia de que las copias simples de la demanda y sus
anexos debidamente requisitados se encuentran a su
disposición en la Secretaría de este Juzgado, y que de no
comparecer a Juicio se seguirá éste en su rebeldía,
haciéndosele las ulteriores notificaciones por cédula.
ATENTAMENTE
Altamira, Tam., a 19 de febrero de 2020.- Jueza del
Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil del
Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. MARÍA DE
LOURDES DOMÍNGUEZ GÓMEZ.- Rúbrica.- Secretario de
Acuerdos, LIC. FRANCISCO CRUZ PIERREZ.- Rúbrica.
1957.- Abril 6, 7 y 8.- 3v3.
E D I C T O
Juzgado Quinto de Primera Instancia Civil.
Segundo Distrito Judicial.
Altamira, Tam.
C. EDGAR ARTURO GARCIA ALEMÁN.
DOMICILIO IGNORADO.
La Licenciada María Inés Castillo Torres, Jueza del
Juzgado Quinto de Primera Instancia de lo Civil del
Segundo Distrito Judicial del Estado, con residencia en
Altamira Tamaulipas por auto de fecha doce de marzo del
dos mil veinte, radico el Expediente Número 00201/2020,
relativo al Juicio Reivindicatorio, promovido por MARIO
CESAR ELIZONDO GONZÁLEZ, en contra de MARÍA DE
LA LUZ ALEMÁN GARCIA, EDGAR ARTURO GARCIA
ALEMÁN Y LUIS ARTURO GARCIA MEDRANO, a quien le
reclama las siguientes prestaciones:
“La desocupación y entrega jurídica y material del
inmueble de mi propiedad, ubicado en la Avenida Miguel
Montemayor, identificado como lote número 188, de la
manzana 19, de la colonia El Charro, en Tampico,
Tamaulipas.- b.- El pago de los daños y perjuicios
causados con la desocupación ilegal del inmueble de mi
propiedad; y c).- Del pago de los gastos y costas que se
generen con la tramitación del Juicio.-” Y mediante auto de
fecha veintiséis de enero del dos mil veintiuno, y toda vez
que no fue posible su localización personal en sus
domicilio, por lo que se ordena emplazarlo por edictos que
se publicaran por TRES VECES consecutivas en el
Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor
circulación de esta ciudad, asimismo se fijara además en la
puerta del Juzgado, haciéndose saber a EDGAR ARTURO
GARCIA ALEMÁN, que deberá de presentar su
contestación de demanda dentro del plazo de sesenta días
contados a partir de la última publicación del edicto,
haciéndosele saber que las copias simples de la demanda
y sus anexos debidamente requisitados se encuentran a su
disposición en la Secretaria de este H. Juzgado.- Es dado
en Altamira, Tamaulipas, a 25 de enero de 2021.- DOY FE.
ATENTAMENTE