Periódico Oficial
Victoria, Tam., viernes 09 de abril de 2021
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Cd. Victoria, Tamaulipas, a 09 de abril de 2021.
TRANSPORTACIONES Y CONSTRUCCIONES
TAMAULIPECOS, S.A. DE C.V.
P R E S E N T E.-
Derivado de la Segunda Sesión Ordinaria, celebrada el día 17 de marzo y concluida el 06 de abril del presente
año, por parte del Comité de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas del Poder Judicial del
Estado, a través de la licitación pública número LO-032-PJ28COP-E01-2021, consistente en: “Construcción del
Edificio de Juzgados en Reynosa, Tamaulipas”; al respecto, nos permitimos informarle que una vez analizada su
propuesta (técnica y económica), se determina por este Comité, que su propuesta resultó ganadora, en virtud
de ofrecer la mejor propuesta económica con las características técnicas requeridas para esta licitación.
En consecuencia se le otorga el fallo a su favor y se le adjudica la ejecución de los trabajos por un monto total de
$263’870,658.94 (DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL
SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS 94/100 M.N.), incluyendo I.V.A., en ese sentido, se hace
referencia a lo estipulado en el Acta de la Segunda Sesión Ordinaria del Comité de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las mismas, tal como se menciona en el apartado “FALLO DE LA LICITACIÓN No. LO-032-
PJ28COP-E01-2021 que a la letra dice:
----- El licitante ganador deberá formalizar el Contrato respectivo, a más tardar el veinte (20) de abril de dos mil
veintiuno (2021) a las doce (12:00) horas, en la Coordinación Jurídica del H. Supremo Tribunal de Justicia del
Estado de Tamaulipas, ubicado en Boulevard Praxedis Balboa No. 2207, Colonia Miguel Hidalgo C.P. 87090 en
esta ciudad. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
----- El plazo de ejecución de los trabajos objeto de este procedimiento de adjudicación es de (540) días
naturales. Ahora bien, el Comité autoriza otorgar al Contratista el pago del 30% del monto total de la obra, por
concepto de anticipo, mismo que deberá aplicarse única y exclusivamente para la compra del material necesario,
ello en términos de lo dispuesto en los artículos 56, fracción I y, 58, fracción I, de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las mismas para el Estado de Tamaulipas.----------------------------------------------------------
----- Para garantizar el anticipo que refiere el párrafo que antecede, el contratista, deberá presentar dentro de los
15 días naturales siguientes a la fecha de notificación del presente fallo, póliza de fianza a favor del Supremo
Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas, por la cantidad de $79,161,197.68 (SETENTA Y NUEVE
MILLONES CIENTO SESENTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE PESOS 68/100 M.N.) IVA incluido.------
----- Así mismo, el contratista deberá exhibir, dentro del término anteriormente indicado, póliza de fianza a favor
del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas por la cantidad de $26’387,065.89 (VEINTISEIS
MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SESENTA Y CINCO PESOS 89/100 M.N.) I.V.A. incluido
por concepto de garantía de cumplimiento de contrato y que equivale al 10% del monto total de la obra, lo
anterior en términos de lo previsto en el artículo 56, fracción II, de la Ley de Obra Pública Local.------------------------
----- Así también, se acuerda que para garantizar los trabajos efectuados y responder, en su caso, de los defectos
que resultaren en los mismos y a que refiere el artículo 75 del ordenamiento legal invocado, el contratista deberá
exhibir fianza de vicios ocultos a favor del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas, que deberá
presentar dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la fecha de entrega de la obra, por el equivalente
al diez porciento (10%) del monto total ejercido de los trabajos efectuados. Transcurridos doce (12) meses a partir
de la fecha de entrega de la fianza, quedará automáticamente cancelada la misma.-----------------------------------------
----- En caso de incumplimiento en la entrega oportuna de las garantías del contrato y de acuerdo con el artículo
58 fracción I, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de
Tamaulipas, el H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas podrá optar por no formalizar el
contrato respectivo. En este caso, el contratista ganador podrá ser sancionado por la Contraloría en los términos
que disponen los artículos 88 y 89 de la misma. -----------------------------------------------------------------------------------------
------ Previo a la formalización del contrato deberá entregar una carta en original mediante la cual manifieste, bajo
protesta de decir verdad, estar al corriente en el cumplimento de sus obligaciones fiscales, o bien, no estar
obligado a presentar declaraciones en México por tener residencia en el extranjero, según sea el caso. --------------
----- En caso de que el contratista ganador no entregue el escrito solicitado anteriormente, previo a la
formalización del contrato, será motivo para que el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas
proceda de conformidad con los artículos 54 y 89 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas para el Estado de Tamaulipas.-----------------------------------------------------------------------------------------------------