con él ni conocimiento de su paradero, no obstante que se han
realizando las indagatorias correspondientes, ignorando el lugar
donde se encuentre. TERCERO.- Se designa en definitiva a la
señora Alberta Domínguez García, como representante del
ausente Rafael Zarza García, quien es administradora de sus
bienes, y tiene las mismas obligaciones, facultades y restricciones
que los tutores, en términos del artículo 4.346 del código en
consulta. CUARTO.- Se ordena publicar la presente declaración
de ausencia, por una vez en el Boletín Judicial, en la GACETA
DEL GOBIERNO y en un periódico de mayor circulación en el
Estado, cada tres meses, hasta que se declare la presunción de
muerte publicándose un edicto en la misma forma; ello sin olvidar
que, la representante tiene además la obligación de cumplir con
lo estrictamente señalado en líneas que preceden. QUINTO.- Se
suspende la sociedad conyugal entre Alberta Domínguez García
y Rafael Zarza García, lo anterior con fundamento en el artículo
4.370 del Código Civil. SEXTO. Notifíquese personalmente.
Y a efecto de dar cumplimiento al resolutivo cuarto de la
resolución de mérito, procédase a la publicación de los Edictos
correspondientes por una vez en el boletín judicial y en la
GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en un
periódico de mayor circulación en el Estado, cada tres meses,
hasta que se declare la presunción de muerte, publicando un
edicto en la misma forma.
Se expiden a los dieciséis (16) días del mes de abril de
dos mil veintiuno (2021).- DOY FE.- Resolución: once (11) de
marzo de dos mil veintiuno (2021).- Secretario de Acuerdos:
LICENCIADA
JULIA
FLORIBERTA
ARISTA
VÁZQUEZ.-
RÚBRICA.
2109.- 28 abril.
JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA-METEPEC
E D I C T O
EMPLAZAR A: MARIA GABRIELA DESCHAMPS AGUIRRE.
En el expediente 173/2020, relativo al juicio ORDINARIO
CIVIL, promovido por ENRIQUE DERBEZ CASTRO Y LETICIA
FUENTES
ZEPEDA,
en
contra
de
MARIA
GABRIELA
DESCHAMPS AGUIRRE, la Jueza Sexto Civil de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Toluca, con residencia en
Metepec, México, dicto un auto por medio del cual se ordenó
emplazar por edictos a la parte demandada, reclamando las
siguientes prestaciones: Acción prescriptiva de Usucapión: 1)
Adquirimos mediante contrato privado de compraventa de los
señores SRA. MARÍA GABRIELA DESCHAMPS AGUIRRE y
ERNESTO ARTURO PÉREZ CUEVAS el inmueble que se
encuentra ubicado en el Fraccionamiento denominado BONANZA
(Banus 360) en la calle de Juan Rodríguez Juárez, número 2409,
lote 21, manzana 33 perteneciente al poblado de San Bartolomé
Tlaltelulco, Metepec, Estado de México., 2) Al momento de la
firma de la compraventa entre la demandada y los suscritos nos
fue entregada la posesión material y jurídica del inmueble motivo
de este juicio, haciéndonos por tanto desde ese momento cargo
de todos los derechos, impuestos y obligaciones del inmueble
situación que mantenemos hasta la fecha en nuestro carácter de
propietarios, 3). Después de la firma del contrato y de liquidar el
precio del inmueble, perdimos contacto con nuestros vendedores,
sin que a la fecha conozcamos en lugar en donde habitan, puesto
que hasta la firma del contrato base de esta acción los
vendedores habitaban en el inmueble motivo de este juicio, 4). El
inmueble referido con anterioridad se encuentra inscrito en el
Registro Público de la Propiedad a nombre de la vendedora María
Gabriela Deschamps Aguirre, como lo justifico con la certificación
expedida por el C. Registrador de la Propiedad de Toluca, 5).
Fiscalmente el inmueble se encuentra a nombre de nuestra
vendedora María Gabriela Deschamps Aguirre como lo
demostramos con el recibo de pago del impuesto predial
expedido por la Tesorería Municipal de Toluca, encontrándose al
corriente del pago de dicha contribución, 6). La posesión del
citado inmueble nos fue entregada y la ostentamos desde la
fecha de la compraventa, 14 de junio de 2011, siempre ha sido en
concepto de propietarios, y en forma pacífica, continua, pública y
de buena fe, El pago de gastos y costas que el presente juicio
origine.
Emplazamiento que se ordena a través de edictos, debido
a que no fue posible localizar a la parte demandada como constar
en los informes que obran en autos: por lo tanto, procédase a
emplazar a juicio a MARÍA GABRIELA DESCHAMPS AGUIRRE,
a través de EDICTOS, los cuales contendrán una relación sucinta
de la demanda inicial y se publicarán por tres veces de siete en
siete días en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO, en
otro de mayor circulación en la Población y en el Boletín Judicial;
haciéndole saber que debe presentarse dentro del plazo de
TREINTA DÍAS contados a partir del siguiente al de la última
publicación, a dar contestación a la demanda instaurada en su
contra por ENRIQUE DERBEZ CASTRO y LETICIA FUENTES
ZEPEDA, apercibida que de no hacerlo, se seguirá el juicio en
rebeldía y se le notificarán las determinaciones judiciales por lista
y boletín. DOY FE.
EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA QUINCE DE
ABRIL DE DOS MIL VEINTIUNO.- SECRETARIO JUDICIAL DEL
JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL
DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA, CON RESIDENCIA EN
METEPEC, MÉXICO, LICENCIADA LUCIA MARTÍNEZ PÉREZ.-
RÚBRICA.
2110.- 28 abril, 7 y 18 mayo.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE LERMA
E D I C T O
Que en el expediente número 50/2021, GUILLERMO
GARCIA MORENO, en su carácter de Administrador Unico De
CONSTRUCCIONES CIVILES GAMSA, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE, promueve en la vía de Procedimiento
Judicial No Contencioso sobre Información De Dominio, respecto
del inmueble ubicado en domicilio conocido en; Calle Calvario
Esquina Melchor Ocampo, Colonia la Merced, Lerma, Estado De
México con las siguientes medidas y colindancias: al Norte: 12.00
metros y linda con Angelina Campos Sánchez, al Sur: 13.25
metros y linda con Calle Melchor Ocampo; al Oriente: 22.90
metros y linda con Calle el Calvario; al Poniente: 22.35 metros y
linda con Josefina Rivera León y Yolanda Campos Sánchez. Con
una superficie aproximada de 287 m2 (doscientos ochenta y siete
metros cuadrados).
El Juez Primero de lo Civil de Primera Instancia de Lerma
de Villada, México, dio entrada a la presente solicitud y ordenó la
expedición y la publicación de los edictos respectivos, por dos
veces, con intervalos de por lo menos dos días en el Periódico
Oficial "GACETA DEL GOBIERNO" y en otro periódico de mayor
circulación diaria en esta localidad, haciéndoles saber a los que
se crean con igualdad o mejor derecho, lo deduzcan en términos
de ley. Edictos que se expiden el día diecinueve (19) de abril de
dos mil veintiuno (2021). Lo anterior para dar cumplimiento a lo
ordenado por auto de diecinueve (19) de abril de dos mil veintiuno
(2021).- Doy fe.- Secretario Judicial del Juzgado Primero Civil de
Primera Instancia de Lerma, Estado De México, M. en D.
Alejandro Reyes García.-Rúbrica.
2112.- 28 abril y 3 mayo.