6 de mayo de 2021
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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MARTINEZ, en carátula y Libro de Gobierno, así como en la base de datos del Boletín Judicial y SICOR, debiéndose girar
oficio a C. DIRECTORA DE OFICIALIA DE PARTES COMÚN CIVIL CUANTIA MENOR, ORALIDAD, FAMILIAR
Y SECCIÓN DE SALAS DE ESTE TRIBUNAL, para los efectos procedentes.
Finalmente, publíquese el presente proveído por medio de lista y por conducto de la C. Secretaria Actuaria Adscrita a este
Juzgado, en término de lo previsto en los artículos 95, 96 y 97 de la Ley Nacional de Extinción de Domino.
NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma el Juez Vigésimo Octavo de lo Civil de Proceso Oral y de Extinción de Dominio en
la Ciudad de México, licenciado JOSÉ AGUSTÍN PÉREZ CORTES, ante la Secretaria de Acuerdos, Licenciada
YAQUELINE GUZMÁN LIRA que autoriza y da fe. Doy Fe.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
AUTO.-
LA SECRETARIA DE ACUERDOS CERTIFICA: con esta fecha se da cuenta al C. Juez con un expediente en que se actúa
y un escrito presentado en este H. Juzgado el uno de diciembre de dos mil veinte, ocho juegos de copias de traslado del
escrito que se provee, cada uno con un sobre que guarda un disco compacto, asimismo certifica que el término de TRES
DÍAS concedidos a la promovente para desahogar la prevención ordenada en proveído de veintitrés de noviembre de dos
mil veinte, trascurren del UNO AL SIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE, atento al acuerdo volante V-31/2020
de cinco de agosto de dos mil veinte. CONSTE.- Ciudad de México, dos de diciembre de dos mil veinte.
Ciudad de México, dos de diciembre de dos mil veinte.
Hágase del conocimiento de las partes la certificación que antecede, para los efectos legales procedentes.
Agréguese al expediente el escrito de RODRIGO RICARDO REYES FIGUEROA en su calidad de Agente del Ministerio
Público Especializado en materia de Extinción de Dominio de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, por
hechas sus manifestaciones se le tiene en tiempo desahogando la prevención ordenada en proveído de veintitrés de
noviembre de dos mil veinte, en consecuencia, se procede a proveer el escrito inicial en los siguientes términos:
Se tiene por presentado al Licenciado RODRIGO RICARDO REYES FIGUEROA en su calidad de Agente del Ministerio
Público Especializado en materia de Extinción de Dominio de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, en
representación del GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, personalidad que se reconoce en términos en los artículos
2 fracción XVIII y 25 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, y de la COPIA AUTENTICADA del nombramiento
expedido por el C. Procurador General de Justicia de la Ciudad de México, mismos que en copia certificada se acompañan,
y se agregan a los autos para que obren como corresponda, asimismo se le tiene señalando domicilio para oír y recibir
notificaciones, aun las de carácter personal y documentos, por autorizadas a las personas que precisa para los mismos
efectos.
Por otra parte, se le tiene señalando el número telefónico (55) 53-46-88-58, así mismo los correos electrónicos
diana_castanon@fgjcdmx.gob.mx y rodrigo_figueroa@fgjcdmx.gob.mx.
En lo que respecta a las autorizaciones de las personas que menciona, en la misma calidad de Agentes del Ministerio
Publico Especializados en el Procedimiento de Extinción de Dominio de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de
México, una vez que dichos profesionistas comparezcan de manera personal al presente juicio a solicitar el reconocimiento
de su personalidad en términos de los documentos que exhibe, se acordara lo que en derecho corresponda.
Con fundamento en el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 16, 17, 18,
22, 23, 87, 95, 172, 191, 192, 193, 195 y demás relativos y aplicables de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se
admite a trámite la demanda planteada en la VÍA ESPECIAL y en ejercicio de la ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE
DOMINIO interpuesta, en contra de BECERRA BRAVO MARTIN SU SUCESIÓN (por conducto de su albacea
intestamentaria GUADALUPE ADRIANA BECERRA MARTINEZ) y MARTÍNEZ SOSA MATEA EFIGENIA SU
SUCESIÓN, en su carácter de codemandados,así como GUADALUPE ADRIANA BECERRA MARTINEZ y
MARIO MARTÍN BECERRA MARTÍNEZ en su carácter de parte afectada, respecto del bien inmueble ubicado en:
AVENIDA SUR DEL COMERCIO NÚMERO 58 EN LA COLONIA JAIME TORRES BODET ESTO EN LA
ALCALDÍA DE TLÁHUAC EN ESTA CIUDAD DE MÉXICO; TAMBIÉN CONOCIDA COMO AVENIDA SUR
DEL COMERCIO NÚMERO 58, COLONIA PUEBLO SAN JUAN IXTAYOPAN, ALCALDÍA TLÁHUAC C.P.