Primera Secretaria, bajo el número 791/2020-1, antes 344/2016-
1.
Se convoca a quienes se crean con derechos a la
herencia y acreedores a efecto de que se presenten a deducirlos
conforme a la Ley.
Para su publicación por dos veces consecutivas de diez
en diez días en uno de los periódicos de mayor circulación del
Estado de México y "Boletín Judicial" que edita en el H. Tribunal
Superior de Justicia del Estado de México.
ATENTAMENTE.- Xochitepec, Morelos a 24 de marzo
2021.- JUEZ SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL
OCTAVO DISTRITO JUDICIAL DEL EDO., LIC. MIRIAM
CABRERA CARMONA.- RÚBRICA.- LA PRIMERA SECRETARIA
DE ACUERDOS, LIC. MERARY CLAVIJO VALLE.
1993.-23 abril y 11 mayo.
JUZGADO QUINTO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA-ATIZAPAN DE ZARAGOZA
E D I C T O
Que en el expediente 557/2020, relativo al JUICIO
PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO promovido por
RAMONA, MA. SOLEDAD, ROSA MARIA, LUZ MARIA, MA. EVA
Y SALVADOR TODOS DE APELLIDOS GAMIÑO MEZA.
ANDRES GAMIÑO DELGADO, quien tiene su domicilio
para ser emplazado en Privada Jesús Arriaga, número 13, colonia
San Miguel Chalma (antes Puerto), Tlalnepantla de Baz, Estado
de México; fundándose bajo los siguientes hechos:
1. En fecha 4 de diciembre de 1942, nació nuestro señor
padre ANDRES GAMIÑO DELGADO, en Jesús del Monte, San
Francisco del Rincón Estado de Guanajuato.
2. El 27 de noviembre de 1942, nuestro señor padre se
casó con nuestra madre que en vida llevaba por nombre
TOMASA MESA FERNANDEZ, nuestro padre procrearon a siete
hijos de nombres LUZ MARIA, SALVADOR, ANDRES JR., MA.
EVA, ROSA MARIA, RAMONA y MA. SOLEDAD, todos de
apellidos GAMIÑO MEZA.
3. En fecha 7 de octubre de 1982, nuestro padre adquirió
mediante contrato de compraventa, celebrado con el vendedor
ANDRES ORTIZ ESPINOZA y el comprador ANDRES GAMIÑO
DELGADO, respecto del lote 7, contando con una superficie de
CIENTO
VEINTIOCHO
METROS
TREINTA
Y
SIETE
CENTIMETROS, en dicho predio nuestro padre terreno
denominado “LA MOJADA”, ubicado en el pueblo de San Miguel
Chalma, Municipio de Tlalnepantla, México, Municipio de
Tlanepantla en dicho predio construyo una casa habitación,
quedando marcada con el número oficial trece, en la calle San
Miguel Chalma, Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
4. Desde octubre de 1982, nuestro padre estableció junto
con nuestra madre su domicilio conyugal en calle Jesús Arriaga,
número 13, colonia el Puerto, Tlalnepantla de Baz, Estado de
México.
5. En fecha 18 de noviembre de 1992, nuestra señora
madre de nombre TOMASA MEZA FERNANDEZ, falleció siendo
su domicilio calle Jesús Arriaga número 13, colonia el Puerto,
Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
6. Desde el año de 1998, nuestro padre empezó a tener
problemas mentales ya que por la edad empezaba a padecer de
la memoria, por lo que la suscrita y mis hermanos nos
organizamos para llevarlo al Hospital Psiquiátrico “Fray
Bernardino Álvarez” para que lo trataran ya que se no había dicho
que padecía de la enfermedad de ALZHEIMER.
7. Nuestro padre tuvo su último domicilio en privada
Jesús Arriaga, número 13, colonia San Miguel Chalma (antes
Puerto), Tlalnepantla de Baz, Estado de México, siendo el caso
que el día 27 de febrero del año 2000, la suscrita RAMONA, en
compañía de mi hermana ROSA MARIA, acudimos a su domicilio
sin que este se encontrara, sin saber hasta la fecha su paradero,
cabe hacer del conocimiento de su Señoría que desde esa fecha
nos dimos a la tarea de buscarlo por la zona en donde él vivía e
inclusive la suscrita acudí al estado de Guanajuato a buscarlo por
la Central y diversos lugares, inclusive la suscrita acudí en fecha
13 de abril de 2000, mi hermana ROSA MARIA, solicito se
publicara en el periódico el HERALDO de León Guanajuato,
reporte ciudadano sin localizarlo, por lo que en fecha 7 de marzo
del 2000, realice denuncia de desaparición en la Procuraduría
General de Justicia del Distrito Federal, lo que se acredita con
copia del Boletín de desaparición que en copia fotográfica solicito
la colaboración de la Sociedad del Municipio de León Guanajuato,
para su localización ya que mi padre era originario de San
Francisco del Rincón, Guanajuato, así también se realizó la
noticia de su desaparición en la Procuraduría General de Justicia
del Estado de México, ODISEA (Atención a Personas extraviadas
y/o ausentes), esto se realizó a principios del mes de marzo de
2000. En fecha 3 de abril de 2002, 27 de marzo de 2004, y el 8 de
noviembre de 2005, de nueva cuenta se realizó diversos boletines
de búsqueda en CAPEA, dependiente de la Procuraduría de
Justicia del Distrito Federal, sin que hasta la fecha se tenga
información de su paradero, cabe mencionar que a la fecha
nuestro padre tendría 103 años de vida, por lo que presumimos
su muerte, sin que nos conste este hecho, ya que hasta la fecha
no sabemos dónde podría encontrarse.
8. El patrimonio de nuestros padres lo conforma un bien
inmueble consistente en casa que se encuentra ubicada en
privada Jesús Arriaga, número 13, colonia San Miguel Chalma
(antes Puerto), Tlanepantla de Baz, Estado de México.
9. Las personas que tenemos interés en el presente
procedimiento somos los hijos del presunto ausente ANDRES
GAMIÑO DELGADO, y ante el hecho de que desconocemos su
paradero por lo que solicitamos en términos del artículo 4.341 del
Código Civil para el Estado de México, se nombre depositario de
los Bienes de nuestro padre a nuestra hermana RAMONA
GAMIÑO MEZA, así mismo se dicten la medidas necesarias para
su conservación, haciéndole de su conocimiento que nuestra
hermana es la persona que cuida la casa desde el mes de enero
de 2019, siendo la encargada del cuidado y conservación de la
misma; los suscritos solicitamos se dispense de la exhibición de
garantía a nuestra hermana RAMONA, en virtud de que ella ha
venido cuidando la casa de nuestro padre, por lo que solicitamos
se cite a nuestro señor padre por EDICTOS en términos de lo que
dispone el numeral antes citado.
Y toda vez que se desconoce el domicilio de ANDRES
GAMIÑO DELGADO, con fundamento en lo dispuesto por el
artículo 1.181 del Código de Procedimientos Civiles para el
Estado de México vigente, emplácese al demandado por medio
de EDICTOS, haciéndole saber que deberá contestar la demanda
instaurada en su contra dentro del plazo de TREINTA DIAS,
contados a partir del siguiente al en que surta sus efectos la
última publicación, haciéndole saber que deberá señalar domicilio
para oír y recibir notificaciones dentro de la colonia Villas de la
Hacienda, donde se ubica este Juzgado, con el apercibimiento
que de no hacerlo, se seguirá el juicio en rebeldía y las
notificaciones se les harán por medio de lista y Boletín Judicial en
términos de los dispuesto por los artículos 1.168 y 1.170 del
Código en cita, para su publicación por TRES VECES DE SIETE
EN SIETE DIAS en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de
México, en el periódico de mayor circulación de esta Ciudad y en
el Boletín Judicial. Fíjese además una copia íntegra de esta
resolución por todo el tiempo del emplazamiento en la puerta de
este Juzgado. Dado en el Local de este Juzgado el trece (13) de
Abril del dos mil veintiuno (2021).