DEL GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO
NÚM. 448.- POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 5, 10, 15 Y 45 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE COLIMA, Y SE ADICIONA UN SEGUNDO PÁRRAFO AL
ARTÍCULO 36 DE LA LEY DE MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE COLIMA.
JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes
hace sabed:
Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente
D E C R E T O
EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO
DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 Y 40 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN NOMBRE DEL PUEBLO EXPIDE EL PRESENTE DECRETO, CON
BASE EN LOS SIGUIENTES
ANTECEDENTES:
1. Mediante oficio DPL/1375/2020 de fecha 17 de abril de 2020, los CC. Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del
Congreso del Estado, turnaron a las Comisiones Legislativas de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales; y de
Igualdad y de Equidad de Género, la iniciativa suscrita por la Diputada Ma. Remedios Olivera Orozco por la cual se
propone adicionar un segundo párrafo al artículo 36 de la Ley de Municipio Libre del Estado de Colima; de igual manera
un segundo párrafo al artículo 5 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima, para efectos
del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, en relación al numeral 129 de su Reglamento.
2. Mediante oficio DPL/1446/2020 de fecha 15 de mayo de 2020, los CC. Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del
Congreso del Estado, turnaron a las Comisiones Legislativas de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales;
Justicia Gobernación y Poderes y de Igualdad y de Equidad de Género, la iniciativa suscrita por la Diputada Ana Karen
Hernández Aceves, por la cual se propone reformar los artículos 5, 10, 15 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Colima, para efectos del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, en relación al
numeral 129 de su Reglamento.
3. La presidencia de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales convocó a sus integrantes y a quienes
conforman las Comisiones de Justicia Gobernación y Poderes y de Igualdad y de Equidad de Género, a reunión de
trabajo a celebrarse a las 12:00 horas del 26 de enero de 2021, en la Sala de Juntas “Profesor Macario G. Barbosa”, a
afecto de analizar, discutir y, en su caso, dictaminar la iniciativa que nos ocupan.
Es por ello que las y los integrantes de las Comisiones que dictaminan, procedemos a realizar el siguiente:
ANÁLISIS DE LAS INICIATIVAS
I.
Que la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se propone adicionar un segundo párrafo al artículo 36 de la Ley
de Municipio Libre del Estado de Colima; de igual manera un segundo párrafo al artículo 5 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Colima, suscrita por la Diputada Ma. Remedios Olivera Orozco, en su parte
considerativa que la sustenta, dispone que:
“Partiendo de la premisa que en el ámbito nacional e internacional establece que “Todos los seres humanos
nacemos libres e
iguales en dignidad y derechos”. En ese tenor es que el artículo 1 párrafo tercero de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que todas las autoridades tienen el deber para
que en el ámbito de su competencia, promuevan, respeten, protejan y garanticen los derechos humanos, de
conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; es decir que
nuestra máxima normatividad ya establece expresamente el respeto y obligación de las autoridades por el respeto
de los derechos humanos.
El derecho a la igualdad y a no ser discriminado desde el punto de vista jurídico; se encuentra definido en el artículo
3 de la Ley que Previene, Combate y Elimina la Discriminación en el Estado de Colima cuyo texto dice:
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EL ESTADO DE COLIMA