Artículo 18.- El servicio de correo electrónico institucional no podrá ser utilizado por ningún motivo para los siguientes
fines.
I.
Transmitir información cuyo contenido sea ilegal, peligroso, invasor del derecho a la privacidad, en cualquier
forma ofensivo a terceros o violatorio de derechos de autor, marcas o patentes.
II.
Hacerse pasar por alguna otra persona, haciendo declaraciones falsas, falsificar la identidad de alguna
persona o los encabezados de los mensajes.
III.
Enviar mensajes no solicitados o autorizados por los destinatarios, promociones, cadenas, solicitudes (correo
spam) o con archivos adjuntos que contengan virus, programas o códigos con capacidad para dañar equipo de
cómputo de terceros.
IV.
Utilizar el correo electrónico institucional para cualquier propósito comercial, político o religioso.
CAPÍTULO IV
De la Gestión Documental
Artículo 19.- Los documentos electrónicos y, en consecuencia, el expediente electrónico, que se generen con el uso
del correo institucional, serán tratados conforme a la Ley de Archivo Federal y Estatal, respectivamente.
CAPÍTULO V
De las Sanciones
Artículo 20.- Cualquier conducta que contravenga el Presente Reglamento, será sancionado conforme a la Ley de
Responsabilidades Administrativas del Estado de México, Código Penal vigente y aplicable para el Estado de México
u otra normatividad aplicable.
Este Reglamento fue aprobado por la H. Junta Directiva del Tecnológico de Estudios Superiores del Oriente del
Estado de México, en Acta de su Centésima Trigésima Tercera Sesión Ordinaria, celebrada el día 10 del mes de
febrero del dos mil veintiuno.
MTRO. JUAN DEMETRIO SÁNCHEZ GRANADOS
DIRECTOR GENERAL DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS
SUPERIORES DEL ORIENTE DEL ESTADO DE MÉXICO.
(RÚBRICA).
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO
C I R C U L A R No. 32/2021
Toluca de Lerdo, México, a 14 de mayo de 2021.
Con fundamento en el artículo 42 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, se comunica el
siguiente acuerdo:
ACUERDO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE MÉXICO DEL PLENO EXTRAORDINARIO DE
TRECE DE MAYO DE DOS MIL VEINTIUNO, POR EL QUE SE AUTORIZA LA PARTICIPACIÓN DEL PODER JUDICIAL
DEL ESTADO DE MÉXICO EN EL PRIMER MACROSIMULACRO DEL AÑO, QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DIA 19 DE
MAYO DE 2021.
CONSIDERANDO
I.
El Consejo de la Judicatura del Estado de México, es el encargado de la administración, vigilancia y disciplina del
Poder Judicial, en términos de los artículos 106, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México;