Victoria, Tam., miércoles 26 de mayo de 2021
Periódico Oficial
Página 6
emplazarlo por medio de edicto que se publicará en el
Periódico Oficial del Estado y en un diario de los mayor
circulación que se edite en esta ciudad, por TRES VECES
consecutivas y se fijara además en los Estrados del
Juzgado, comunicándole al demandado que deberá
presentar su contestación dentro del término de sesenta
días, contados a partir de la fecha de la última publicación
del edicto de referencia; previniéndosele para que señale
domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones,
con el apercibimiento de que en caso de que no lo haga,
las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter
personal, se le harán por medio de cédula como lo
previene la Ley, quedando a su disposición en la
Secretaría del Juzgado las copias del traslado respectivo.-
DOY FE.
H. Matamoros, Tam., 28 de abril de 2021.- El C.
Secretario de Acuerdos.- Rúbrica.
3228.- Mayo 25, 26 y 27.- 2v3.
E D I C T O
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.
Cuarto Distrito Judicial.
H. Matamoros, Tam.
C. OSCAR ARREDONDO SANTOS.
CUYO DOMICILIO SE IGNORA.
El Ciudadano Licenciado Hugo Pedro González Juárez,
Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Cuarto
Distrito Judicial del Estado, en proveído de fecha dos (02)
de mayo del dos mil diecinueve (2019), radicó el
Expediente Número 00366/2019, relativo al Juicio Ordinario
Civil Sobre Declaratorio de Propiedad por Efecto de la
Prescripción
Positiva
(Usucapión),
promovido
por
SALVADOR MARTÍNEZ REYES, en contra de JOSÉ LUIS
SALAZAR ESCALANTE, CAROLINA ROJAS FACUNDO,
OSCAR ARREDONDO SANTOS, MÓNICA ELIZABETH
JUÁREZ CASTILLO, ELIO HÉCTOR ROJAS FACUNDO Y
C. DIRECTORA DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INSTITUTO REGISTRAL Y CATASTRAL CON SEDE EN
MATAMOROS y toda vez que el demandante dice ignorar
el domicilio, con fundamento en los artículos 1°, 2°, 4°, 5°,
22, 40, 52, 67, fracción VI y 105 del Código de
Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se ordenó
notificar al codemandado OSCAR ARREDONDO SANTOS,
por medio de edictos mediante proveído de fecha veintitrés
(23) de abril del dos mil veintiuno (2021), que se publicará
por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del
Estado y en un diario de mayor circulación en esta ciudad,
así como en los Estrados en el sitio del Tribunal Electrónico
del Poder Judicial del Estado, con las copias simples de la
demanda, documentos y de este proveído para el traslado
de ley, la cual quedara a su disposición en la Secretaría de
este Tribunal para que de su contestación dentro del
término de sesenta (60) días contados a partir de la fecha
de la última publicación del edicto, apercibiéndosele que
deberá señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir
notificaciones y en caso de no hacerlo las subsecuentes y
aún las personales se le harán en los Estrados, como lo
previene el artículo 66 del ordenamiento legal antes
invocado.
H. Matamoros, Tamps.; a 23 de abril del 2021.-
Secretaria de Acuerdos, LIC. GUADALUPE RAMOS
SAUCEDO.- Rúbrica.
3229.- Mayo 25, 26 y 27.- 2v3.
E D I C T O
Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Familiar.
Séptimo Distrito Judicial.
Cd. Mante, Tam.
FIDEICOMISO ADMIC MANTE.
DOMICILIO DESCONOCIDO.
El Licenciado José Ramón Uriegas Mendoza, C. Juez
Primero Civil y Familiar de Primera Instancia del Séptimo
Distrito Judicial en el Estado, con residencia en ésta
ciudad, dentro del Expediente Número 00069/2020, relativo
al Juicio Sumario, promovido por SARA LÓPEZ OJEDA, en
contra de FIDEICOMISO ADMIC MANTE, INSTITUTO
REGISTRAL Y CATASTRAL DEL ESTADO con residencia
en Cd. Mante, Tamaulipas, ordenó su emplazamiento por
edictos.
Mediante escrito de demanda presentado en fecha
ocho de octubre del año dos mil veinte, la C. SARA LÓPEZ
OJEDA, demandó en la Vía Sumaria Civil, a FIDEICOMISO
ADMIC
MANTE
E
INSTITUTO
REGISTRAL
Y
CATASTRAL DEL ESTADO con residencia en Cd. Mante,
Tamaulipas, de quién reclama las prestaciones que a
continuación se señalan:
A).- Que por sentencia firme se le condene a la
cancelación de la hipoteca a favor de la actora que la
suscrita tengo en la actualidad sobre los derechos que me
corresponden del cien por ciento del bien inmueble que se
detalla en el primer hecho de la presente demanda.
B).- Del INSTITUTO REGISTRAL Y CATASTRAL DE
CIUDAD MANTE, TAMAULIPAS, la cancelación de la
hipoteca que como gravamen aparece en la certificación
expedida en fecha 01 de octubre del dos mil dieciocho.
C).- El pago de los gastos y costas que se originen con
la tramitación del presente Juicio en caso de oposición.
Por auto de fecha veintiuno de octubre del dos mil
veinte, se admitió a trámite por parte de este Tribunal el
Juicio en la vía y forma legal propuesta, registrándose el
Expediente bajo el Número 00069/2020.
Por auto de fecha dieciséis de febrero del año en curso,
ante el desconocimiento del domicilio de la parte
demandada FIDEICOMISO ADMIC MANTE, INSTITUTO
REGISTRAL Y CATASTRAL DEL ESTADO con residencia
en Cd. Mante, Tamaulipas, se ordenó su emplazamiento
por edictos que se publicarán en el Periódico Oficial del
Estado y en uno de los de mayor circulación de esta
ciudad, por TRES VECES consecutivas, fijándose además
en la puerta de este Juzgado, comunicándole a la
interesada que deberá presentar su contestación ante este
tribunal dentro del término de sesenta días contados a
partir de la última publicación del edicto, quedando a
disposición de la demandada las copias de la demanda,
sus anexos y de los autos de fechas veintiuno de octubre
del dos mil veinte y dieciséis de febrero del año en curso,
en la Secretaría de Acuerdos de este Juzgado, ubicado en
calle Vicente Guerrero #602 Poniente, Altos, entre las
calles Condueños y Vías de Ferrocarril, Zona Centro,
Ciudad Mante, Tamaulipas, C.P. 89800, teléfono 831-23-2-
46-55.
Se comunica al demandado que para dar contestación
a la demanda, deberá ingresar al Tribunal Electrónico en el
apartado de “Pre registro de contestación de demandas”.
En el apartado que se indica, al abrirlo, habrá la opción
de registrar los datos de número de expediente, nombre