PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
CUARTA ÉPOCA
Año VI No. 1423
San Francisco de Campeche, Cam.,
Martes 4 de Mayo de 2021
Directora
C.P.F. Iris Janell May García
SECCIÓN ADMINISTRATIVA
AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE CAMPECHE. - SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE,
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A 20 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN POR PERIÓDICO OFICIAL
CC. URIEL HERNANDEZ VELUETA Y LEYLA ZARAI DE LA FUENTE ZARATE.
DOMICILIO: Ignorado.
VISTOS: El estado procesal que guarda el expediente del procedimiento de fincamiento de responsabilidades
resarcitorias marcado con el número
O05/CAND-DIF/CP-16/20/PFRR, instruido en contra de los CC. ALEJANDRA
TORRES PEREZ, Directora del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de
Candelaria, en funciones durante el periodo de enero a marzo del ejercicio fiscal 2016;
URIEL HERNANDEZ VELUETA,
Coordinador de Finanzas del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de Candelaria, durante
el ejercicio fiscal 2016 y
LEYLA ZARAI DE LA FUENTE ZARATE, Directora del Sistema para el Desarrollo Integral
de la Familia en el Municipio de Candelaria, durante el periodo de abril a diciembre del ejercicio fiscal 2016, y
toda vez
que en la presente causa ha quedado acreditado en autos la ignorancia del domicilio de los
CC. URIEL HERNANDEZ
VELUETA y LEYLA ZARAI DE LA FUENTE ZARATE, es que; SE PROVEE… es procedente actuar respecto de
dichos indiciados, de conformidad con los artículos 95, fracción III y 106 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición
de Cuentas del Estado de Campeche. Se notifica por este medio el proveído de fecha 20 de abril de 2021, que recae
en el expediente
O05/CAND-DIF/CP-16/20/PFRR, a los CC. URIEL HERNANDEZ VELUETA y LEYLA ZARAI DE LA
FUENTE ZARATE. Se transcribe en su parte conducente dicho proveído:
EXPEDIENTE: O05/CAND-DIF/CP-16/20/PFRR
VISTOS.- Con fundamento en las disposiciones legales invocadas en el proveído emitido con fecha 28 de septiembre de
2020, por medio del cual se declaró iniciado el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias
previsto en el artículo 66 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Campeche y
marcado con el número citado al rubro, que por economía procesal se tienen por reproducidas para todos los efectos
legales conducentes, en el cual se determinó citar a comparecer personalmente a los
CC. ALEJANDRA TORRES
PEREZ; Directora del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de Candelaria, en
funciones durante el periodo de enero a marzo del ejercicio fiscal 2016,
URIEL HERNANDEZ VELUETA; Coordinador
de Finanzas, del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, en el Municipio de Candelaria, durante el ejercicio
fiscal 2016 y
LEYLA ZARAI DE LA FUENTE ZARATE, Directora del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia
en el Municipio de Candelaria, durante el periodo de abril a diciembre del ejercicio fiscal 2016, a una audiencia para
efecto de que manifiesten lo que a su interés convenga y formulen alegatos relacionados con los hechos que se les
imputan, el cual fue notificado de manera personal a la
C. ALEJANDRA TORRES PEREZ, con fecha 01 de octubre
de 2020.
Ahora en cuanto a los
CC. URIEL HERNANDEZ VELUETA y LEYLA ZARAI DE LA FUENTE ZARATE, como ha
quedado acreditado con las constancias del expediente citado al rubro, la no localización para la práctica de la
notificación del inicio de fecha 28 de septiembre de 2020, de conformidad con lo establecido en el artículo en el artículo
66, fracciones I y II, 95, fracción I, 98, primer párrafo, fracción I y segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y
Rendición de Cuentas del Estado de Campeche. Esta entidad de fiscalización emitió proveído con fecha 16 de marzo
de 2021, mediante el cual determinó citarlos nuevamente a comparecer de manera personal a una audiencia para
efecto de que manifiesten lo que a su interés convenga y formulen alegatos relacionados con los hechos que se les