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San Francisco de Campeche,
Cam., Mayo 3 de 2021
SEGUNDA SECCIÓN
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
JUNTA GENERAL EJECUTIVA
Expediente IEEC/Q/25/2021.
Acuerdo No. JGE/94/2021
Av. Fundadores No. 18, Área Ah Kim Pech, CP. 24014
San Francisco de Campeche, Campeche Teléfono 01 (981) 12-73-010
www.ieec.org.mx
Reglamento de Quejas, para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar;
en términos de las consideraciones de la I a la XIII del presente documento.
…”
XIV.
En virtud de lo anterior, el Órgano Técnico de la Asesoría Jurídica del Consejo General del Instituto Electoral
del Estado de Campeche, con fundamento en los artículos 610 último párrafo y 613 de la Ley de Instituciones
y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche y 55 del Reglamento de Quejas del Instituto Electoral
del Estado de Campeche, continuó con el análisis del expediente digital IEEC/Q/25/2021, instaurado con
motivo del escrito de queja presentado por el C. Adrián Alberto Gómez García en contra del C. Paul Alfredo
Arce Ontiveros, representante legal del H. Ayuntamiento de Campeche (Sic).
XV.
Que en relación a lo anterior y al punto 16 de antecedentes, la Asesoría Jurídica del Instituo Electoral del
Estado de Campeche, aprobó el Acuerdo AJ/Q/25/01/2021 intitulado “
ACUERDO DE TRÁMITE DEL
EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO IEEC/Q/25/2021, QUE EMITE EL ÓRGANO TÉCNICO DE LA ASESORÍA
JURÍDICA DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE,
RELATIVO AL CUMPLIMIENTO DEL PUNTO CUARTO DEL ACUERDO JGE/46/2021
”, señalando en sus
puntos PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO y CUARTO, lo siguiente:
“
PRIMERO: Se turne de manera electrónica el presente Acuerdo a la Oficialía Electoral del
Instituto Electoral del Estado de Campeche, para su conocimiento y efectos legales y
administrativos a que haya lugar; lo anterior, en términos de las consideraciones de la I a la
XIV del presente documento.
SEGUNDO: Se instruye a la Oficialía Electoral del Instituto Electoral del Estado de Campeche,
de conformidad con el artículo 610 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del
Estado de Campeche y el artículo 7 del Reglamento para Conocer y Sancionar las Faltas
Electorales Previstas en el Libro Quinto de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales
del Estado de Campeche, y en cumplimiento a los puntos CUARTO y QUINTO del Acuerdo
JGE/46/2021 emitido por la Junta General Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de
Campeche, proceda a realizar las diligencias necesarias para mejor proveer consistentes en la
verificación de las ligas electrónicas señaladas en el escrito de queja remitido por el C. Adrián
Alberto Gómez García y al término informe del resultado a la Asesoría Jurídica del Instituto
Electoral del Estado de Campeche:
1)
https://www.municipiocampeche.gob.mx/
2)
https://www.municipiocampeche.gob.mx/presidente-municipal/
para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar, lo anterior, en términos de
las consideraciones de la I a la XIV del presente documento.
TERCERO: En cumplimiento a los puntos CUARTO y QUINTO del Acuerdo JGE/46/2021,
emitido por la Junta General Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de Campeche, mediante
oficio, se notifique vía electrónica al correo: adriangomezg26@gmail.com para que el C. Adrián
Alberto Gómez García, informe a esta autoridad electoral a través del correo electrónico de la
Oficialía Electoral oficialia.electoral@ieec.org.mx a más tardar a las 16:00 horas del día 12 de
abril de 2021, el correo electrónico del C. Paul Alfredo Arce Ontiveros, Representante legal del
H. Ayuntamiento de Campeche, donde pueda ser notificada en garantía a su derecho de
audiencia, lo anterior de conformidad con los Acuerdos JGE/06/2020 y JGE/01/2021, y al
término informe del resultado a la Asesoría Jurídica del Instituto Electoral del Estado de
Campeche, para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar, lo anterior, en
términos de las consideraciones de la I a la XIV del presente documento.
CUARTO: Se solicita a la Oficialía Electoral del Instituto Electoral del Estado de Campeche, de
conformidad con el artículo 610 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del
Estado de Campeche y el artículo 7 del Reglamento para conocer y sancionar las faltas
electorales previstas en el Libro Quinto de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales