PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
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San Francisco de Campeche,
Cam., Mayo 31 de 2021
intereses, además de que deben contar con el servicio de internet, incluyéndose las áreas de difícil acceso o remotas,
para que dichos equipos puedan tener una conectividad al sistema y que las y los servidores públicos puedan cumplir
a cabalidad con sus obligaciones; vinculado a ello, y en virtud de las medidas de restricción de movilidad y contacto
físico para evitar la propagación de la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), se dificulta la
capacitación, asesoramiento y asistencia para el oportuno cumplimiento de la obligación y el correcto llenado de los
nuevos formatos;
XVIII. Que con el fin de coadyuvar en el cumplimiento de la obligación establecida en la Ley General de Responsabilidades
Administrativas, en materia de declaraciones de situación patrimonial y de intereses de todas las personas servidoras
públicas de la Administración Pública del Estado de Campeche, y considerando el incremento numeroso de las mismas
a partir del presente año, teniendo como eje rector la rendición de cuentas y el combate a la corrupción, así como la
situación actual prevaleciente de la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 en el Estado y las problemáticas de
logística e infraestructura que son aspectos a considerar para que se cumpla cabalmente con la aludida obligación
legal, tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO DE LA SECRETARIA DE LA CONTRALORÍA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO
DE CAMPECHE, POR EL QUE SE DETERMINA COMO CAUSA JUSTIFICADA LA EMERGENCIA SANITARIA,
DERIVADA DE LA ENFERMEDAD GENERADA POR EL VIRUS SARS-CoV2 (COVID-19), PARA LA PRESENTACIÓN,
HASTA EL 31 DE JULIO DE 2021, DE LAS DECLARACIONES DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES
EN SU MODALIDAD DE MODIFICACIÓN, PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER EJECUTIVO
DEL ESTADO DE CAMPECHE.
PRIMERO. - Se determina como causa justificada la emergencia sanitaria derivada de la enfermedad generada por el
virus SARS-CoV2 (COVID-19), para que las y los servidores públicos puedan presentar, sin responsabilidad alguna,
las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en la modalidad de modificación, como lo prevén los artículos
33, fracción II y 48, párrafo segundo, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, hasta el día 31 de julio
de 2021.
SEGUNDO. - Las declaraciones patrimoniales y de intereses en su modalidad de inicio y conclusión, en la Administración
Pública del Estado de Campeche, se seguirán presentando en los plazos que prevé el artículo 33, fracciones I y III de
la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
TERCERO.- La plataforma para la presentación de las Declaraciones Patrimoniales permanecerá disponible para la
presentación de declaraciones patrimoniales iniciales y finales, así como para las de modificación, a fin de que las
personas servidoras públicas presenten o, en su caso, tengan oportunidad de presentar dichas declaraciones.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. - El presente Acuerdo entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO. - Lo dispuesto en los artículos Primero y Segundo del presente Acuerdo estará supeditado a las
determinaciones que las autoridades sanitarias establezcan para mitigar y controlar los riesgos para la salud que
implica la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
Dado en la ciudad de San Francisco de Campeche, Municipio y Estado de Campeche, siendo el día
31 del mes de
mayo del año 2021.
MTRA. LIDIA CARRILLO DÍAZ, SECRETARIA DE LA CONTRALORÍA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL
ESTADO DE CAMPECHE.- RÜBRICA