REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER HOY SU
CESIONARIA
BANCO
MERCANTIL
DEL
NORTE
S.A.
INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO
BANORTE en contra de NORMA CORONA VELAZQUEZ,
expediente número 840/2014 la C. JUEZ SEXAGÉSIMO
OCTAVO CIVIL, dicto el siguiente auto.
EXP. 840/2014.
Ciudad de México, a cinco de octubre del año dos mil
veinte.
- - - A sus autos el escrito de la parte actora a través de
su apoderado legal RICARDO ALBERTO LÓPEZ NICOLAS, por
hechas las manifestaciones que hace, y como lo solicita y visto el
estado procesal que guardan los autos, como lo solicita, se
señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA CINCO DE MARZO DE DOS
MIL VEINTIUNO para que tenga verificativo la audiencia de
remate en Primera Almoneda, respecto del inmueble identificado
como VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL MARCADO CON LA
LETRA "A" DE LA CALLE REAL DEL PARRAL DEL
CONDOMINIO CONSTRUIDO SOBRE EL LOTE DE TERRENO
NÚMERO OCHO, DE LA MANZANA CUARENTA Y OCHO DEL
CONJUNTO
URBANO
DE
TIPO
INTERÉS
SOCIAL
DENOMINADO "REAL DE COSTITLÁN I", UBICADO EN EL
MUNICIPIO
DE
SAN
MIGUEL
VICENTE
MUNICIPIO
CHICOLOAPAN ESTADO DE MÉXICO, sirviendo como base
para el remate la suma de $352,000.00 (TRESCIENTOS
CINCUENTA Y DOS MIL PESOS, 00/100 M.N., que es precio de
avalúo; siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes
de dicho avalúo. Para intervenir en el remate los licitadores,
deberán de exhibir, el diez por ciento del valor del bien inmueble
mediante certificado de depósito expedido por BANSEFI HOY
BANCO DEL BIENESTAR, sin cuyo requisito no serán admitidos.
A fin de darle publicidad a la audiencia de remate, deberá de
anunciarse por medio de un edicto para convocar postores, el que
se fijará por una sola ocasión, en los tableros de avisos del
juzgado, en los de la Tesorería del Distrito Federal, ahora Ciudad
de México, y publicación en el Periódico "EL SOL DE MÉXICO,"
debiendo mediar entre la publicación y la fecha de remate,
cuando menos cinco días hábiles, en términos de lo dispuesto por
el artículo 570 del Código de Procedimientos Civiles. Tomando en
consideración que el inmueble a rematarse se encuentra fuera de
la jurisdicción de este juzgado, con los insertos necesarios,
líbrese exhorto al C. JUEZ CIVIL COMPETENTE EN EL
MUNICIPIO DE CHICOLOAPAN, ESTADO DE MÉXICO, para
que en auxilio de las labores de este juzgado, se haga la
publicación de edictos convocando postores en uno de los
periódicos de dicha localidad, así como en el tablero de avisos de
ese Juzgado y en los lugares públicos de costumbre. Con
fundamento en el artículo 109 del Código de Procedimientos
Civiles, se faculta al juez exhortado para que acuerde
promociones, tendientes a la diligenciación exhorto, gire oficios y
practique cuantas diligencias resulten necesarias para dar
cumplimiento a lo anterior. Quedan autorizadas las personas que
indica en el ocurso de cuenta, para las gestiones del exhorto,
además de las ya autorizadas con antelación en el expediente en
que se actúa, cuyos nombres deberán insertarse en el exhorto,
concediéndole a la parte interesada el término de treinta días
para su diligenciación. En el entendido que es responsabilidad de
la parte actora que tanto el avalúo como el certificado de libertad
de gravámenes se encuentren debidamente actualizados.-
Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. Juez Sexagésimo Octavo
de lo Civil, Lic. Marta Alicia Cuevas Nava ante su C. Secretario de
Acuerdos, Lic. Saúl Yáñez Sotelo, que autoriza y da fe.- Doy fe.-
OTRO ACUERDO: Ciudad de México, a cinco de noviembre de
dos mil veinte.
- - - A sus autos el escrito de la parte actora por conducto
de su apoderado legal, por hechas las manifestaciones a que
hace referencia, y, por devuelto el oficio y exhorto que anexa a su
ocurso de cuenta, por los motivos que expone, y, con fundamento
en lo dispuesto por el artículo 272-G del Código de
Procedimientos Civiles, se regulariza el procedimiento, y se
aclara que la fecha correcta para celebrar la audiencia de remate
es el día CUATRO DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO, lo
anterior para los efectos legales a que haya lugar, por lo que
elabórense los edictos y exhorto, en los términos ordenados en
proveído de cinco de octubre del año en curso, con la precisión
realizada.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. Juez
Sexagésimo Octavo de lo Civil, por Ministerio de Ley, Lic. Saúl
Casillas Salazar, ante su C. Secretario de Acuerdos, Lic. Saúl
Yáñez Sotelo, que autoriza y da fe.- Doy fe.-
OTRO ACUERDO: Ciudad de México, a veintitrés de
febrero de dos mil veintiuno.
- - - A sus autos el escrito de la moral actora por conducto
de su apoderado legal RICARDO ALBERTO LÓPEZ NICOLÁS, y
toda vez que con motivo de la contingencia sanitaria no fue
posible preparar debidamente la audiencia señalada para el día
cuatro de marzo del año en curso, y tomando en consideración
los días en que este juzgado labora a puerta abierta, en
cumplimiento a los Lineamientos de seguridad sanitaria en el
poder judicial de la Ciudad de México, para prevenir y mitigar el
impacto negativo de esta pandemia, en consecuencia como lo
solicita se fijan las DOCE HORAS DEL DÍA DOS DE JULIO DE
DOS MIL VEINTIUNO, para que tenga verificativo la audiencia de
remate en Primera Almoneda, por lo que elabórense los edictos y
exhorto, en la forma y términos como se encuentra ordenado en
proveído de cinco de octubre del año dos mil veinte, con la
precisión realizada. En el entendido que es responsabilidad de la
parte actora, que tanto el avalúo como el certificado de libertad de
gravámenes
se
encuentren
debidamente
actualizados.-
Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. Juez Sexagésimo Octavo
de lo Civil, Lic. Marta Alicia Cuevas Nava, ante su C. Secretario
de Acuerdos, Lic. Saúl Casillas Salazar que autoriza y da fe.- Doy
fe.- -
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. SAÚL
CASILLAS SALAZAR.-RÚBRICA.
3535.-16 junio.
JUZGADO SEPTUAGESIMO DE LO CIVIL
CIUDAD DE MEXICO
E D I C T O
En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO,
promovido por BANCO MERCANTIL DEL NORTE S.A. I.B.M.
GRUPO FINANCIERO BANORTE, en contra de CHAVEZ
SARABIA CESAR expediente 1281/2018, LA C.
JUEZ
SEPTUAGÉSIMO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
LICENCIADA LIDIA BARRERA SANTIAGO, dictó diversos autos
que a la letra dicen:
Ciudad de México, a trece de abril del año dos mil
veintiuno. - - - Agréguese a sus autos el escrito de cuenta de la
parte actora, por conducto de su apoderado, visto su contenido,
como lo solicita y por así permitirlo la agenda y las labores de
este Juzgado, se señalan: NUEVE HORAS CON CUARENTA Y
CINCO MINUTOS DEL DÍA OCHO DE JULIO DEL AÑO EN
CURSO, para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE REMATE
EN PRIMERA ALMONEDA, y se deja sin efecto la fecha señalada
en proveído de fecha diez de marzo del año en curso, debiéndose
preparar la misma como se encuentra ordenado en proveído de
fecha cuatro de noviembre del año dos mil diecinueve y en este
proveído; en consecuencia, elabórese los edictos y el exhorto
ordenados en los autos de referencia y en este proveído y
pónganse a disposición de la parte actora, previa razón que por
su recibo deje en autos persona autorizada para tal efecto.-
NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A LA PARTE DEMANDADA.-
Lo proveyó y firma la C. Juez, Licenciada Lidia Barrera Santiago,
ante la C. Secretaria de Acuerdos, Licenciada Dolores Rodríguez
Torres, que autoriza y da fe.- DOY FE. *----------------------------------