PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
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San Francisco de Campeche,
Cam., Junio 9 de 2021
durante las audiencias, salvo las que expresamente el
citado el Código en su título Vigésimo Segundo establece
que deben efectuarse en forma escrita, (los que fijan la
litis, los de desistimiento de la demanda, de la instancia o
de la pretensión procesal y en caso de las pruebas a que
se refiere el numeral 1431 Ibidem) por lo que cualquier
otra promoción presentada por escrito diversa a las
expresamente establecidas en la legislación aplicable
serán proveídas, en su caso en las audiencias que se
lleven a cabo dentro del procedimiento, en términos del
numeral 1401 citado líneas anteriores.
11).- Asimismo SE LES HACE SABER A LAS PARTES
QUE ESTÁ A SU DISPOSICIÓN EL CENTRO DE
JUSTICIA ALTERNATIVA, CON SEDE EN EL PRIMER
DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO, creado por Acuerdo
del Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado,
en Sesión Ordinaria verificada el día dieciocho de junio
de dos mil siete. Dicho centro tiene como objetivo
propiciar procesos de mediación y conciliación entre
las partes, cuando recaigan sobre derechos de los
que pueden disponer libremente los particulares, sin
afectar el orden público ni derechos de terceros. Lo
anterior para una justicia pronta, expedita y gratuita;
consecuentemente se le hace saber a las partes que
el Pleno del Consejo de la Judicatura Local, mediante
acuerdo General número 31/CJCCAM/19-2020, aprobó
el esquema de trabajo y medidas de contingencia del
Centro de Justicia Alternativa del Poder Judicial del
Estado a través del uso de medios electrónicos, como
parte de las medidas seguidas ante la presencia de
del fenómeno de salud pública derivado del VIRUS
COVID-19, el cual se implementará a partir del 22 de
junio del 2020, quedando a su deposición la atención en
línea de acceso atreves de los número telefónico (981)
81 3 06 64 Ext. 1166, correo electrónico
cjacampeche@
hotmail.com, de lunes a viernes con horario de atención
de 10:00 a 14:00 horas.
12).- “En cumplimiento con lo que establecen los artículos
16, párrafo primero y segundo, de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 23, 113 fracción XI,
y 120 de la Ley General de Transparencia y Acceso a
la Información Pública; 44, 113, fracción VII, y 123 de
la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Estado de Campeche, se hace saber a los
intervinientes en los procesos que se tramitan en este
Juzgado, que los datos personales que existan en los
expedientes y documentación relativa al mismo, se
encuentran protegidos por ser información confidencial,
y para permitir el acceso a esta información por diversas
personas, se requiere que el procedimiento jurisdiccional
haya causado ejecutoria, para no considerarse como
información reservada, pero además obtener el
consentimiento expreso de los titulares de estos datos,
todo lo anterior sin perjuicio de lo que determine el
Comité de Transparencia”.
NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE. ASI LO PROVEYÓ Y
FIRMA LA MAESTRA EN DERECHO JUDICIAL ALICIA
DEL CARMEN RIZOS RODRIGUEZ, JUEZA INTERINA
DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
EN MATERIA DE ORALIDAD FAMILIAR DEL PRIMER
DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO, POR ANTE MI
LA LICENCIADO JUAN JOSÉ CAAMAL CARBALLO,
SECRETARIO DE ACTAS INTERINO QUIEN
CERTIFICA Y DA FE
LO QUE NOTIFICO A USTED, Y EMPLAZO POR
MEDIO DE EDICTOS EN EL ESPACIO DE QUINCE
DÍAS QUE SE PUBLIQUEN POR TRES VECES EN EL
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, POR MEDIO DE
EDICTOS PUBLICADOS TRES VECES EN EL ESPACIO
DE QUINCE DÍAS ACORDE A LO QUE DISPONE EL
ORDINAL 106 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS
CIVILES DEL ESTADO EN VIGOR.
San Francisco de Campeche, Campeche, a veintiocho
de mayo de dos mil veintiuno.
Licda. EVA MARTHA CAAMAL MAAS, ACTUARIA
JUDICIAL INTERINA.- RÚBRICA.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE CAMPECHE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA
INSTANCIA EN MATERIA DE ORALIDAD FAMILIAR
DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL.
Exp. 04/19-2020/JOFA/2-I
CEDULA DE NOTIFICACION POR EDICTOS
OSCAR ABRAHAM CURMINA LARA
DOMICILIO: SE IGNORA
EXPEDIENTE 04/19-2020/JOFA/2-I, 04/19-/2020/
JOFA/2-I, RELATIVO AL JUICIO ORAL DE CESACIÓN
DE PENSIÓN ALIMENTICIA,
PROMOVIDO POR RUTH
MARINA LARA SUNZA EN CONTRA DE OSCAR
ABRAHAM CURMINA LARA.- LA C. JUEZA DE
CONOCIMIENTO DICTO UN PROVEIDO QUE EN SU
PARTE CONDUCENTE A LA LETRA DICE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN
MATERIA DE ORALIDAD FAMILIAR DEL PRIMER
DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO. SAN FRANCISCO
DE CAMPECHE, CAMPECHE A VEINTIUNO DE MAYO
DE DOS MIL VEINTIUNO.
V I S T O S: El oficio número 049001/410´100/0898_
OJCP/2021 de la Licenciada NORMA GUADALUPE
LANDA PEÑA, Jefa de Departamento Contencioso
del IMSS, mediante el cual informa que dicho Instituto