PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
PÁG. 15
San Francisco de Campeche,
Cam., Junio 9 de 2021
EVA MARTHA CAAMAL MAAS, Actuaria Interina del
Juzgado Segundo en Materia de Oralidad Familiar,
de fecha doce de febrero de dos mil veintiuno, en las
cuales hace diversas manifestaciones de las que se
observa que no pudo emplazar a KEDWIN DEL JESÚS
SANTAMARÍA VARGAS, ni notificar a LINDA JAHDAI
CANCHE ESTRADA, en los domicilios proporcionados
por la parte actora, tal como se ordenó en el auto de
fecha diecinueve de enero de dos mil veintiuno; por las
razones expuestas en las mismas.
3).- El oficio número 049001/400100/JSJ-036/2021, de
la Licenciada CECILIA MARLENNE ROMERO TRISTE,
Titular de la Jefatura de Servicios Jurídicos del IMSS en
Campeche, mediante el cual señala que la instrucción
judicial fue turnada a la Jefatura de Servicios de Personal
para el cumplimiento correspondiente, por lo que a la
brevedad se hará de su conocimiento la quincena en la
cual queda firme la retención señalada, en consecuencia;
SE PROVEE:
1).- Acumúlese a los presentes autos el escrito y oficio de
cuenta, para que obre conforme a derecho corresponda
y dese vista a las partes con el contenido del mismo para
su conocimiento.
2).- Ahora bien, toda vez que el Licenciado MIGUEL
OLIVER HUCHIN ORTIZ, asesor técnico del actor ha
proporcionado el nuevo domicilio del codemandado,
túrnese lo autos a la Actuaria Interina de este juzgado
tomando las medidas pertinentes, dada la contingencia
sanitaria derivado del virus denominado COVID-19,
para que se sirva emplazar a KEDWIN DEL JESÚS
SANTAMARÍA VARGAS, en la calle Bethel, número
45, entre calle Margarita y calle Tulipán, de la colonia
Leovigildo Gómez, código postal 24060, de esta ciudad;
corriéndole traslado con copia de la demanda y de los
documentos acompañados, así como del auto inicial de
fecha diecinueve de enero de dos mil veintiuno, para que
dentro del plazo de tres días hábiles ocurra a producir
su contestación ante este juzgado, haciéndole de su
conocimiento que acorde a lo establecido en el numeral
1387 del Código de Procedimientos Civiles del Estado
de Campeche, en vigor, el procedimiento se desarrollará
a través de audiencias orales sucesivas hasta su
conclusión, las cuales serán denominadas: audiencia
inicial, audiencia principal y audiencia incidental, en su
caso.
3).- Para este efecto y dada la celeridad en el presente
asunto, en términos de los artículos 54 y 1379 del Código
de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche,
se habilitan días y horas inhábiles para que la actuaria
interina, diligencie en dicha temporalidad extraordinaria,
las notificaciones personales que en su caso se ordenen.
Lo anterior, de conformidad con el artículo 1381 del
Código antes invocado, que a la letra dice:-
“El juez y sus auxiliares tomarán los acuerdos
pertinentes para lograr la mayor economía en la
marcha pronta del proceso. Los actos procesales
sometidos a los órganos de la jurisdicción deberán
realizarse sin demora. Para ello el juez deberá
cumplir con los plazos que señala este Código.
Asimismo podrá concentrar las diligencias
cuando lo considere conveniente…”
4).-
Asimismo, en virtud de lo manifestado por Licenciado
MIGUEL OLIVER HUCHIN ORTIZ, asesor técnico de
la actora, en su escrito de cuenta gírese atento oficio
únicamente a las siguientes dependencias, toda vez que
cuentan con registro nacional en su base de datos:
a).- Al Licenciado ERNESTO RODRÍGUEZ JUÁREZ,
Vocal del Registro Federal Electoral de la Junta Local
Ejecutiva del Instituto Federal Electoral.
b).- Al DELEGADO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL
SEGURO SOCIAL (IMSS),
con domicilio en Avenida
Fundadores, con esquina de la Avenida Lavalle Urbina
sin número, del Área AH- KIM- PECH.
c).- Al DELEGADO ESTATAL DEL INSTITUTO DE
SEGURIDAD DE SERVICIOS SOCIALES PARA
LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO
(ISSSTE), con domicilio en Av. Ricardo Castillo Oliver,
por María Lavalle Urbina, Área Ah- Kim –Pech, Sector
Fundadores, Número 28, de la Colonia San Francisco,
de esta ciudad. C.P. 24010.-
Con la finalidad de que informen a este Juzgado Segundo
Oral Familiar, por cuadruplicado, en el término de tres
días, acorde a lo establecido en el numeral 130 fracción
IV del Código de Procedimientos Civiles del Estado
en vigor, si LINDA JAHDAI CANCHE ESTRADA, con
RFCCAE950302UV7, cuenta con domicilio particular o
laboral en sus respectivas bases de datos nacionales
y locales, ello con la finalidad de llamar a juicio a la
antes citada; apercibiendo a los representantes antes
mencionados, que en caso de no informar lo requerido
o de no justificar el impedimento que tengan para ello,
dentro del término señalado, se les impondrá una multa
por la cantidad de $896.20 (SON: OCHOCIENTOS
NOVENTA Y SEIS PESOS 20/100 M.N), equivalente a
diez unidades de medida y actualización, de conformidad
con el decreto 55 de la LXII Legislatura del Congreso
del Estado, publicada en el Periódico Oficial el día diez
de junio de dos mil dieciséis y con fundamento en los
artículos 81 y 1398 del Código de Procedimientos Civiles
del Estado.-
5).- Se tienen por realizadas las diligenciad actuariales
de fecha doce de febrero de dos mil veintiuno y en