PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
PÁG. 4
San Francisco de Campeche,
Cam., Junio 7 de 2021
San Francisco de Campeche, Campeche, a veintisiete de mayo del dos mil veintiuno.
Vistos.- Para resolver la instancia del C. CARLOS ENRIQUE ORTIZ CAAMAL en su carácter de BENEFICIARIO
de la Concesión para prestar el Servicio Público de Transporte de pasajeros en la modalidad de mototaxi, en la
Ciudad de Seybaplaya, Municipio de Seybaplaya, Estado de Campeche, comparece ante el
LICENCIADO JUAN
JOSÉ CASTILLO ZÁRATE, Director General del Instituto Estatal del Transporte, para notificar la incapacidad física
del Concesionario el
C. ARMANDO ENRIQUE GARCIA RIVAS, en términos de los artículos 85 y 86, de la Ley de
Transporte del Estado de Campeche, y
R E S U L T A N D O
PRIMERO: Que por Acuerdo del Ejecutivo del Estado publicado en el Periódico Oficial del Estado de Campeche el día
veinticinco de julio del año dos mil diecinueve, fue
REFRENDADA LA CONCESIÓN PARA PRESTAR EL SERVICIO
PUBLICO DE TRANSPORTE EN LA MODALIDAD DE MOTOTAXI EN LA CIUDAD DE SEYBAPLAYA, MUNICIPIO
DE SEYBAPLAYA, ESTADO DE CAMPECHE, a favor del Concesionario el C. ARMANDO ENRIQUE GARCIA RIVAS.
SEGUNDO: Mediante escrito del día nueve de febrero del año dos mil veintiuno, presentado por el C. ARMANDO
ENRIQUE GARCIA RIVAS, recibido en las oficinas de este Instituto Estatal del Transporte el día veintitrés de abril
del año dos mil veintiuno, en cumplimiento al artículo 85 de la Ley de Transporte del Estado de Campeche, en su
carácter de concesionario del Servicio Público de Transporte de pasajeros en la modalidad de mototaxi, designó como
beneficiario al
C. CARLOS ENRIQUE ORTIZ CAAMAL.
TERCERO: Por escrito de fecha catorce de mayo del año dos mil veintiuno del C. CARLOS ENRIQUE ORTIZ
CAAMAL, recibido en las oficinas de este Instituto Estatal del Transporte el día diecisiete de mayo del año dos mil
veintiuno, comparece e informa la incapacidad física del Concesionario el
C. ARMANDO ENRIQUE GARCIA RIVAS,
lo que acredita adjuntando el certificado médico respectivo.
C O N S I D E R A N D O
I.- Que el Concesionario el C. ARMANDO ENRIQUE GARCIA RIVAS, cumplió en tiempo y forma con el nombramiento
del beneficiario a favor del
C. CARLOS ENRIQUE ORTIZ CAAMAL, esto en términos del artículo 85 de la Ley de
Transporte del Estado de Campeche.
II.- Se le otorga al C. CARLOS ENRIQUE ORTIZ CAAMAL un término de 90 días hábiles para que dé cumplimiento
con lo establecido en los artículos 86, 128, 129, 130, 131, y demás aplicables de la Ley de Transporte del Estado de
Campeche y su Reglamento.
Por lo antes expuesto, con la facultad que me confiere el artículo 24 de la Constitución Política del Estado de Campeche,
y con fundamento en lo que disponen los artículos 24, fracción III, 25 fracción I, II, III, XV, 85 y 86 de la Ley de Transporte
del Estado de Campeche, 2, 25, 26 y 31 del Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Campeche y demás
relativos aplicables en vigor, se
R E S U E L V E
PRIMERO.- Es procedente la vía administrativa por la que se tramitó el presente asunto.
SEGUNDO.- Se sustituyen los derechos de la concesión otorgada a favor del concesionario el C. ARMANDO ENRIQUE
GARCIA RIVAS para prestar el Servicio Público de Transporte de pasajeros en la modalidad de mototaxi, en la Ciudad
de Seybaplaya, Municipio de Seybaplaya, Estado de Campeche, a favor del
C. CARLOS ENRIQUE ORTIZ CAAMAL,