Victoria, Tam., miércoles 7 de julio de 2021
Periódico Oficial
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FRACISCO ESCOBAR VENEGAS, a favor de mi hija
ANTONIA CAROLINA ESCOBAR MATA inscrito bajo los
siguientes datos Sección Primera, Número 532, Legajo 4-
011, de fecha 16 de Enero del 2003, del municipio de
Victoria, Actualmente como finca número 113990, que se
encuentra en litigio para que afecte cualquier tercero
adquiriente de buena fe y no se pueda gravar, enajenar,
ceder, traspasar, hipotecar etc., así mismo se aprecia a los
demandados FRACISCO ESCOBAR VENEGAS Y
ANTONIA CAROLINA ESCOBAR MATA, para que se
abstenga de gravar, enajenar, ceder, traspasar, hipotecar
etc., el inmueble referente al contrato de donación y se les
culminándolos con algún medio de apremio, e incluyendo
la consignación en caso de desobediencia a una autoridad
judicial.
G).- El pago de los gastos y costas que se originen con
motivo de la tramitación de este juicio, en caso de existir
oposición a la prestación que se reclaman en el presente
Juicio.
Y por el presente que se publicará por TRES VECES
consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de
los de mayor circulación de esta ciudad, así mismo se fijará
además en la puerta del local del Juzgado, haciéndole
saber que deberá presentar su contestación dentro del
plazo de sesenta días, contados a partir de la fecha de la
última publicación del edicto, en la inteligencia de que las
copias simples de la demanda y sus anexos debidamente
requisitados se encuentran a su disposición en la
Secretaría de este Juzgado, y que de no comparecer a
Juicio se seguirá éste en su rebeldía, haciéndosele las
ulteriores notificaciones por cédula.
ATENTAMENTE.
“SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN”
Cd. Victoria, Tamaulipas, a los 10 de junio de 2021.- C.
Secretaria de Acuerdos del Juzgado Primero de Primera
Instancia en Materia Familiar, LIC. MARÍA DEL CARMEN
JUÁREZ VALDEZ.
4259.- Julio 6, 7 y 8.- 2v3.
E D I C T O
Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
C. NORMA ALICIA REQUENA HERNANDEZ
DOMICILIO IGNORADO.
La Ciudadana Licenciada Lidia Patricia Gómez Mora,
Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar del
Primer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha
diecisiete de noviembre del dos mil veinte ordenó la
radicación del Expediente Número 00983/2020, relativo al
Juicio Ordinario Civil Sobre Divorcio Incausado, promovido
por ALEJANDRO REYES GUTIÉRREZ, en contra de
usted, de quien reclama las siguientes prestaciones:
a).- La disolución del Vínculo Matrimonial que
actualmente los une.
b).- La Liquidación de la Sociedad Conyugal.
Y por el presente que se publicará por TRES VECES
consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de
los de mayor circulación de esta ciudad, así mismo se fijará
además en la puerta del local del Juzgado, haciéndole
saber que deberá presentar su contestación dentro del
plazo de sesenta días, contados a partir de la fecha de la
última publicación del edicto, en la inteligencia de que las
copias simples de la demanda y sus anexos debidamente
requisitados se encuentran a su disposición en la
Secretaría de este Juzgado, y que de no comparecer a
Juicio se seguirá éste en su rebeldía, haciéndosele las
ulteriores notificaciones por cédula.
ATENTAMENTE.
“SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN”
Cd. Victoria, Tamaulipas, a los 28 de abril de 2021.- C.
Secretaria de Acuerdos del Juzgado Primero de Primera
Instancia en Materia Familiar, LIC. MARÍA DEL CARMEN
JUÁREZ VALDEZ.
4260.- Julio 6, 7 y 8.- 2v3.
E D I C T O
Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil.
Segundo Distrito Judicial.
Altamira, Tam.
C. ROCÍO GUADALUPE LARA ZÚÑIGA.
PRESENTE.
El C. Licenciado Raúl Julián Orocio Castro, Juez
Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo
Distrito Judicial en el Estado, con residencia en Altamira,
Tamaulipas, hace saber que en el 00463/2019, radicado en
el Juzgado a mi cargo, relativo al Juicio Hipotecario
promovido por la C. Licenciada Juana Cruz Espinosa, en
su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas
por la sociedad mercantil BBVA BANCOMER, S. A.,
INSTITUCIÓN
DE
BANCA
MÚLTIPLE,
GRUPO
FINANCIERO BBVA BANCOMER, en contra de EMILIO
MOISÉS HERNÁNDEZ LÓPEZ Y ROCÍO GUADALUPE
LARA ZÚÑIGA, se dictaron unos acuerdos que a la letra
dice
En esta misma fecha la suscrita Secretaria de Acuerdos
del Juzgado da cuenta al Titular de la presente promoción
a fin de que se acuerde lo que en derecho proceda.- DOY
FE.
Altamira, Tamaulipas, a los doce días del mes de abril
del año dos mil diecinueve.- A sus antecedente el (01)
escrito de cuenta, (02) un Poder, con fecha treinta de enero
del año dos mil diecisiete, constante de quince fojas útiles,
certificadas por el C. Licenciado Raúl Lozano Medina,
Notario Público Número 77, con residencia en San Nicolás
de los Garza Nuevo León, (03) un Testimonio de Escritura
Número 33,856, Volumen 1126 de fecha 20 de diciembre
del 2016, constante de diecinueve fojas, (04) una Tabla de
Amortización constante de cinco fojas, (05) un Estado de
Cuenta certificado con cifras al día de fecha seis de
noviembre del 2018, constante de cinco fojas útiles, (06)
una Escritura treinta y seis mil trescientos cincuenta y tres,
de fecha quince de febrero del año dos mil diecinueve,
constante de ocho fojas, y (07) dos traslados, signado por
la C. Licenciada Juana Cruz Espinosa, en su carácter de
apoderado general para pleitos y cobranzas por la
sociedad
mercantil
BBVA
BANCOMER,
S.A.,
INSTITUCIÓN
DE
BANCA
MÚLTIPLE,
GRUPO
FINANCIERO BBVA BANCOMER, personalidad que
acredita con la copia certificada del poder notarial que
exhibe, con los documentos, copias simples que se
acompañan, Téngasele promoviendo Juicio Hipotecario; en
contra de los C.C. EMILIO MOISÉS HERNANDEZ LÓPEZ,
ROCÍO GUAADLUPE LARA ZÚÑIGA, ambos quien tienen
su domicilio ubicado en: Avenida Monterrey, número 504,