Pág. 23974
PERIÓDICO OFICIAL
13 de julio de 2021
Artículo Segundo. En virtud de haberse satisfecho los requisitos señalados en los artículos 126, 127, 141,
fracción VI, 147, fracción I y 148 de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro y las cláusulas IX y X
del Convenio Laboral que contiene las condiciones generales de trabajo de los trabajadores al Servicio de la
Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal de San Juan del Río, Qro., y en justo reconocimiento a los
servicios prestados a la Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal de San Juan del Río, Qro., se concede
pensión por vejez al C. JUAN ESTRELLA MIRANDA quien el último cargo que desempeñara era el de Fontanero
en el Departamento de Conservación de la Gerencia de Mantenimiento y Conservación, asignándosele por este
concepto, en forma vitalicia, la cantidad de $10,220.82 (DIEZ MIL DOSCIENTOS VEINTIDÓS PESOS 82/100
M.N.), mensuales, equivalentes al 80% (ochenta por ciento) del sueldo, quinquenios y despensa mensuales que
venía percibiendo por el desempeño de su puesto, más los incrementos contractuales y legales que le
correspondan.
Asimismo, en virtud de que hubo un aumento en la pensión por vejez del C. JUAN ESTRELLA MIRANDA, se
ordena, en caso de ser procedente, se cubran las diferencias que se actualicen en su favor.
Dicha cantidad será cubierta con cargo al presupuesto asignado a la Junta de Agua Potable y Alcantarillado
Municipal de San Juan del Río, Qro.
Artículo Tercero. La cantidad establecida en el punto anterior, se pagará al C. JUAN ESTRELLA MIRANDA, a
partir del día siguiente a aquél en que el trabajador haya disfrutado el último salario, por haber solicitado su baja
en el servicio.
TRANSITORIO
Artículo Único. El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”.
LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO Y MANDARÁ SE IMPRIMA Y PUBLIQUE.
DADO EN EL SALÓN DE SESIONES “CONSTITUYENTES 1916-1917” RECINTO OFICIAL DEL PODER
LEGISLATIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
VEINTIUNO.
ATENTAMENTE
QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA
DEL ESTADO DE QUERÉTARO
MESA DIRECTIVA
DIP. JORGE HERRERA MARTÍNEZ
PRESIDENTE
Rúbrica
DIP. LETICIA RUBIO MONTES
SEGUNDA SECRETARIA
Rúbrica
Francisco Domínguez Servién, Gobernador del Estado de Querétaro, en ejercicio de lo dispuesto por los
artículos 22 fracción I, 23 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro y 8 de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; expido y promulgo el presente Decreto por el que se
concede pensión por vejez al C. Juan Estrella Miranda.
Dado en el Palacio de la Corregidora, sede del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Santiago de
Querétaro, Qro., el día veintinueve de junio de dos mil veintiuno, para su debida publicación y observancia.
Francisco Domínguez Servién
Gobernador del Estado de Querétaro
Rúbrica
Juan Martín Granados Torres
Secretario de Gobierno
Rúbrica