PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
PÁG. 10
San Francisco de Campeche,
Cam., Junio 22 de 2021
FISCALIA ESPECIALIZADA EN COMBATE A LA CORRUPCIÓN DEL ESTADO DE CAMPECHE
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FECCECAM
el comprobante fiscal del monto total de los viáticos pagados en el año de calendario de que se trate”, por los que se
aplicó lo dispuesto en el artículo 93, fracción XVII, “No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los
siguientes ingresos… Los viáticos, cuando sean efectivamente erogados en servicio del patrón y se compruebe esta
circunstancia con los comprobantes fiscales correspondientes”.
CANCELACIÓN DE VIÁTICOS Y PASAJES NACIONALES E INTERNACIONALES.
1.
En los casos que se cancele y/o reprograme una comisión, se hará de conocimiento de esta circunstancia a la
Coordinación Administrativa dentro del término de 24 horas, para los trámites correspondientes.
2.
En los casos de cancelación de la comisión y siempre que se cuente con el cheque original, se efectuará
la devolución del mismo para ser cancelado por la Coordinación Administrativa, o haber efectuado el pago
mediante transferencia bancaria el personal comisionado deberá realizar la devolución del mismo a la
Coordinación Administrativa, con la justificación correspondiente, dentro de los tres días hábiles posteriores a la
cancelación de la comisión.
3.
En caso de que exista diferimiento en su realización menor a 10 días, se podrán aplicar los recursos entregados
con anterioridad modificando la solicitud y orden de pago de viáticos y pasajes (FASV-02), previo conocimiento
de la Coordinación Administrativa.
4.
Tratándose de los boletos de avión que ya se hubieren entregado y que la comisión se cancele, el personal
comisionado deberá notificar a la Coordinación Administrativa.
5.
En caso que no exista tiempo previo de notificación será responsabilidad del personal comisionado cancelar
el itinerario de destino e informar a la Coordinación Administrativa de dicho aviso.
PROCEDIMIENTO DE REINTEGROS
El servidor público comisionado, reintegrará directamente a la Coordinación Administrativa dentro un plazo máximo
de cinco días hábiles siguientes al término de la comisión los importes no comprobados, derivado de las observaciones
que realice la Coordinación Administrativa.
VIGILANCIA
La vigilancia del cumplimiento y operatividad de estos lineamientos corresponde a los Titulares de las diversas Áreas y
la revisión al Órgano Interno de Control, una vez aprobados el presente manual, éste deberá de hacerse del
conocimiento de las áreas de la FECCECAM para su aplicación y observancia.
SANCIONES
Los servidores públicos facultados para autorizar la asignación de comisiones, viáticos y pasajes, así como personal
comisionado, son corresponsables de las irregularidades en que incurran de acuerdo con lo establecido en el presente
documento, haciéndose acreedores a las sanciones previstas en el Titulo Cuarto de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas.