PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
PÁG. 33
San Francisco de Campeche,
Cam., Junio 22 de 2021
DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO
H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO
EMPLAZAR A LA PARTE DEMANDADA POR MEDIO
DE EDICTOS A TRAVES DEL PERIODICO OFICIAL DEL
GOBIERNO DEL ESTADO
EXP.314/18-2019/2C-I
AL C. JAVIER ALBERTO MENA PACHECO
DOMICILIO SE IGNORA
JUICIO SUMARIO ESPECIAL
HIPOTECARIO PROMOVIDO POR EL LIC. GERARDO
RODRIGUEZ GONZALEZ EN SU CARACTER DE
APODERADO LEGAL DEL BANCO SANTANDER
(MEXICO) SPOCIEDAD ANONIMA INSTITUCION DE
BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO SANTANDER,
AHORA BANCO SANTANDER (MEXICO), SOCIEDAD
ANONIMA INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO
FINANCIERO SANTANDER MEXICO, EN CONTRA DEL
C. JAVIER ALBERTO MENA PACHECO EN SU CALIDAD
DE ACREDITADO Y/O GARANTE HIPOTECARIO.- LA C.
JUEZ DE ESTE CONOCIMIENTO DICTO UN AUTO QUE
A LA LETRA DICE:
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL
ESTADO, CASA DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE SAN
FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A ONCE DE
MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
ASUNTO: 1) Con el escrito inicial del licenciado
GERARDO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, por medio de cual
da cumplimiento a la prevención que se le hizo mediante
auto de fecha veintiocho de abril del año dos mil veintiuno,
adjuntando los edictos de fecha seis de noviembre del año
dos mil veinte, por lo que solicita se ordene nuevamente
notificar a la parte demandada la Cesión de Derechos.- En
consecuencia, SE ACUERDA: 1) Se tiene por presentado
al Licenciado GERARDO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, con
su escrito de cuenta adjuntando los edictos de fecha seis
de noviembre del año dos mil veinte, mismos que no fueron
realizados, por lo que se dejan sin efecto las convocatorias
ordenadas en proveído de fecha seis de noviembre del dos
mil veinte, en el cual se ordena el emplazamiento del C.
JUAN GOMEZ MORALES, lo que se hace constar para los
efectos legales a los que haya lugar.
2).- En atención a lo solicitado por el ocursante, siendo
que de autos consta que se han girado oficios a diversas
oficinas y dependencias públicas, con patrones de
registros electrónicos o magnéticos que incluyan nombres
o domicilios de las personas para la búsqueda de domicilio
del demandado, sin tener éxito, la suscrita determina
que hay indicios suficientes para tener por acreditada la
ignorancia de domicilio del demandado y así relevar al
actor de la carga procesal prevista en el numeral 96 del
Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.
En consecuencia, siendo que en proveído de fecha ocho
de enero del año dos mil veinte se declaró la ignorancia
del domicilio de JAVIER ALBERTO MENA PACHECO; y
con fundamento en los artículos 106 y 269 del Código de
Procedimientos Civiles del Estado, emplácese a JAVIER
ALBERTO MENA PACHECO, demandado mediante edictos
en el Periódico Oficial del Estado, por lo cual, publíquese
el presente proveído, asi como los proveídos de fecha
catorce de junio del año dos mil diecinueve y diecinueve
de abril del año dos mil veintiuno, en el Periódico Oficial del
Estado, mismos que a la letra dice:
“...JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL
ESTADO, CASA DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE SAN
FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A CATORCE
DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE
ASUNTO: 1) Con el escrito inicial y documentación adjunta
del Licenciado GERARDO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, con
cedula profesional 5916779 y RFC ROGG830626SXA, en
su carácter de Apoderado Legal para Pleitos y Cobranzas
de BANCO SANTANDER (MÉXICO), SOCIEDAD
ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO
FINANCIERO SANTANDER, AHORA BANCO SANTANDER
(MÉXICO), SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE
BANCA MÚLTIPLE, GRUPOFINANCIERO SANTANDER
MÉXICO; personalidad que acredita con la copia
certificada de la Escritura Pública Número 89,892 de fecha
catorce de febrero de dos mil diecinueve, pasada ante
la fe del Licenciado MARCO ANTONIO RUIZ AGUIRRE,
titular de la Notarìa Pública número 229 de la Ciudad
de México debidamente certificada por el Licenciado
CLAUDIO JUAN RAMÓN HERNÁNDEZ DE RUBÍN, titular
de la Notaría Publica número 6 de la Ciudad de México;
señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones
el ubicado en la calle Agua, numero 66, entre calle Nieve
y avenida Lázaro cárdenas, de Fracciorama 2000, código
postal 24090, de esta Ciudad y nombrando como Asesor
Técnico a la Licenciada DAVIS DEL CARMEN FONZ
LAINES, con número de Cédula Profesional 7799450
y RFC. FOLD87123AC6, señalando a los CC. PEDRO
SIERRA OLIVARES, RUBÉN MONTERO LUNA e ISRAEL
CANUL SULUB , para oír y recibir notificaciones así como
para recibir toda clase de documentos, promoviendo
en la VÍA ESPECIAL HIPOTECARIA Y EN EJERCICIO
DE LA ACCIÓN REAL HIPOTECARIA en contra de
JAVIER ALBERTO MENA PACHECO, en su calidad de
ACREDITADO y/o GARANTE HIPOTECARIO, quien
puede ser notificado y emplazado en el domicilio ubicado
en la calle La Redonda, numero 7, entre calle 7 de
Noviembre y Privada, de la Colonia Héroe de Nacozari,
código postal 24070. de esta Ciudad y/o en el domicilio
ubicado en la calle 9, s/n, colonia Santa Cruz, código postal
24600, en Hopelchén, Campeche , de quien se reclama las
prestaciones que se dan por reproducidas como si a la letra
se insertaran, atento al principio de economía procesal; en
consecuencia de lo anterior, SE ACUERDA: 1) Se tiene
por presentado al Licenciado GERARDO RODRÍGUEZ
GONZÁLEZ, con cédula profesional 5916779 y RFC