Periódico Oficial
Victoria, Tam., jueves 15 de julio de 2021
Página 17
fecha 21 de abril de 1997 y la segunda registro de fecha
diez de diciembre de mil novecientos noventa y siete, bajo
el número 6384, a fojas 221 vta.- De fecha seis de
noviembre de dos mil ocho conforme a lo establecido por el
artículo 68 BIS del Código de Procedimientos Civiles para
el Estado de Tamaulipas, quedando facultado “… para
interponer los recursos que procedan, ofrecer e intervenir
en el desahogo de pruebas, intervenir en la diligenciación
de exhortos, alegar en las audiencias, pedir se dicte
sentencia o hacer promociones para evitar la consumación
del término de caducidad por inactividad procesal y realizar
cualquier acto que resulte necesario para la defensa de los
derechos del autorizante, pero no podrá sustituir o delegar
dichas facultades en un tercero…”; Se autoriza a los
demás que cita, para oír y recibir notificaciones, así como
accesar al expediente; Se le autoriza el Acceso a los
Medios Electrónicos, propiedad del Supremo Tribunal de
Justicia en el estado, por medio del correo que se
proporciona.- Por cuanto hace a la anotación marginal que
solicita, se ordena girar atento oficio al Registro Público de
la Propiedad del Estado a fin de proceda hacer la
inscripción sobre el inmueble identificado con los números
de registro Sección I, Número 4158, Legajo 85, de fecha
23 de junio de 1961, de Tampico, Tamaulipas y régimen de
condominio Sección I, Número 86703, Legajo 1735, de
fecha catorce de julio de mil novecientos noventa y tres de
Tampico, Tamaulipas y certificado de gravamen de la Finca
37541 de Tampico, Tamaulipas de fecha 14 de agosto de
2020, se encuentra sujeto a litigio, para que se conozca
dicha circunstancia y perjudique a cualquier tercero
adquiriente.- Notifíquese a las partes que, de conformidad
con el Acuerdo 40/2018 del Consejo de la Judicatura de
fecha doce de diciembre de dos mil dieciocho, una vez
concluido el presente asunto contarán con 90 (noventa)
días para retirar los documentos exhibidos, apercibidos de
que en caso de no hacerlo, dichos documentos serán
destruidos junto con el expediente.- Notifíquese a las
partes que, de conformidad con el Acuerdo 40/2018 del
Consejo de la Judicatura de fecha doce de diciembre de
dos mil dieciocho, una vez concluido el presente asunto
contarán con 90 (noventa) días para retirar los documentos
exhibidos, apercibidos de que en caso de no hacerlo,
dichos documentos serán destruidos junto con el
Expediente.- Notifíquese personalmente a personalmente a
la parte demandada.- Así y con fundamento en los artículos
1, 2, 3, 4, 5, 21, 40, 41, 52, 53, 54, 63, 66, 108, 462 y
demás relativos al Código de Procedimientos Civiles, lo
acordó y firma la Licenciada María De Lourdes Domínguez
Gómez, Juez Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil
del Segundo Distrito Judicial del Estado, quien actúa con el
Licenciado Francisco Cruz Pierrez, Secretario de Acuerdos
que autoriza.- DOY FE.- Dos Firmas Ilegibles.- Rubricas.-
Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.
INSERTO:
RAZÓN.- Por recibido escrito presentado en fecha siete
de mayo de dos mil veintiuno, y con el cual da cuenta el
Secretario de Acuerdos del Juzgado, a la Titular del
mismo.- DOY FE.
En Altamira, Tamaulipas, a (12) doce de mayo del año
dos mil veintiuno.- Por presentada a la Licenciada Marisela
Curiel Bautista, y visto el contexto de su escrito de cuenta,
en virtud de que obra en autos que el domicilio de la parte
demandada C. GILDA MARÍA DOLORES HERNANDEZ
APPEDOLE, quien también utiliza los nombres de GILDA
MA. DOLORES HERNANDEZ APPEDOLE, GILDA MARÍA
HERNANDEZ APPEDOLE, GILDA MARÍA HERNANDEZ
DE GARCIA, GILDA MARÍA HERNANDEZ APPEDOLE DE
GARCIA,
GILDA
MA.
DOLORES
HERNANDEZ
APPEDOLE, GILDA MA. DOLORES HERNANDEZ DE
GARCIA, GILDA MARÍA DOLORES HERNANDEZ
APPEDOLE DE GARCIA, GILDA MA. DOLORES
HERNANDEZ, no fue ubicado, se ordena emplazar por
edictos que se publicaran en el Periódico Oficial Del
Estado, en un diario de los de mayor circulación en este
Distrito Judicial, por (3) TRES VECES consecutivas y se
fijarán además en los Estrados de este Juzgado,
comunicándose a la parte demandada que deberá
presentar su contestación de demanda, dentro del término
de (60) sesenta días, a partir de la fecha de la última
publicación.- Apercibiéndose al actor que si este juzgado
por cualquier motivo tuviera el conocimiento, de que se
encuentra enterado del domicilio de la parte demandada, o
pareciere que maliciosamente se dijo ignorarlo, el
emplazamiento se tendrá como no hecho y se mandará
practicar en el domicilio ya conocido. Notifíquese.- Así y
con fundamento en los artículos 1, 2, 4, 63, 67 fracción VI,
108 y demás relativos del Código de Procedimientos
Civiles vigente en el Estado, lo acordó y firma la Licenciada
María De Lourdes Domínguez Gómez, Jueza del Juzgado
Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo
Distrito Judicial del Estado, quien actúa con el Licenciado
Francisco Cruz Pierrez, Secretario de Acuerdos que
autoriza y Da Fe.- Dos Firmas Ilegibles.- Rúbricas.-
Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.
Y por el presente que se publicará por TRES VECES
consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de
los de mayor circulación en este Segundo Distrito Judicial,
así mismo se fijará además en la puerta del local del
Juzgado, haciéndole saber que deberá presentar su
contestación dentro del plazo de sesenta días, contados a
partir de la fecha de la última publicación del edicto, en la
inteligencia de que las copias simples de la demanda y sus
anexos debidamente requisitados se encuentran a su
disposición en la secretaría de este Juzgado, y que de no
comparecer a juicio se seguirá éste en su rebeldía,
haciéndosele las ulteriores notificaciones por cédula.
ATENTAMENTE
Altamira, Tam., a 02 de junio de 2021.- Juez Cuarto de
Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo Distrito
Judicial en el Estado, LIC. MARÍA DE LOURDES
DOMÍNGUEZ GÓMEZ.- Rúbrica.- Secretario de Acuerdos,
LIC. FRANCISCO CRUZ PIERREZ.- Rúbrica.
4420.- Julio 13, 14 y 15.- 3v3.
E D I C T O
Juzgado Quinto de Primera Instancia Civil.
Segundo Distrito Judicial.
Altamira, Tam.
C. REBECA LEE DE BALLESTEROS ALCALÁ
DOMICILIO IGNORADO.
La Licenciada María Estela Valdés Del Rosal,
Secretaria de Acuerdos del Juzgado Quinto de Primera
Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el
Estado, con residencia en Altamira, Tamaulipas,
Encargada del Despacho por Ministerio de Ley, quién
actúa con los C.C. Licenciados Leticia Almaguer Rivas e
Ildefonso Cepeda Compeán, Testigos de Asistencia que