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PERIODICO OFICIAL
viernes 9 de julio de 2021
CÁRDENAS, SE DICTÓ UN AUTO EN QUE SE DECRETÓ QUE EN VIRTUD DE QUE NO SE PUDO LOCALIZAR EL
DOMICILIO DE LA PARTE DEMANDA, ENTONCES, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 221
FRACCIÓN II DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL DEL ESTADO DE APLICACIÓN COMPLEMENTARIA AL CODIGO DE
PROCEDIMIENTOS FAMILIARES, SE ORDENÓ EL EMPLAZAMIENTO A LA DEMANDA POR EDICTOS, MISMOS QUE
SE PUBLICARÁN POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS, EN EL PERIÓDICO OFICIAL Y EL OTRO EN EL
PORTAL ELECTRÓNICO DESTINADO PARA ELLO “EDICTOS EN LÍNEA”, HACIÉNDOSELE SABER QUE DEBE DE
PRESENTARSE DENTRO DE UN TÉRMINO QUE NO EXCEDERÁ A LOS QUINCE DÍAS, A CONTESTAR LA
DEMANDA INTERPUESTA EN SU CONTRA Y A OPONER LAS EXCEPCIONES QUE TUVIERE Y QUISIERE HACER
VALER, QUEDANDO A SU DISPOSICIÓN LAS COPIAS DE LA DEMANDA Y SUS ANEXOS DEBIDAMENTE
SELLADAS Y COTEJADAS POR LA SECRETARÍA ADSCRITA AL JUZGADO.-DOY FE.-
ATENTAMENTE
CD. ACUÑA, COAHUILA; A 29 DE JUNIO DEL 2021.
LA SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE DEL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA
FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE ACUÑA.
LIC. BLANCA MARGARITA OLVERA LOZOYA.
(RÚBRICA)
6, 9 y 16 JUL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR
ACUÑA, COAHUILA
E d i c t o:
En los autos del Expediente número 187/2021, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de Manuela Ortega
Pereira), promovido por Arnaldo Ortega, Gonzalo Avelar Ortega, Guillermo Alberto Abelar Ortega y Hermelinda Magallanes
Ortega; la Jueza de Primera Instancia en Materia Civil y Familiar del Distrito Judicial de Acuña, Coahuila, ordenó con fundamento
en el artículo 1065 del Código Procesal Civil del Estado, se publiquen edictos por dos veces con un intervalo de diez días, mediante
los cuales se convocaran a todos los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto para que se
presenten en el presente juicio a deducirlos según corresponda. Los edictos se publicarán en la tabla de avisos de éste Juzgado, en el
Periódico Oficial del Estado, y mediante su difusión en los plazos antes señalados en el Portal Electrónico del Poder Judicial del
Estado de Coahuila de Zaragoza; así como en las oficinas que ocupa la Administración Local de Asistencia Fiscal y Administración
de Correos de ésta Ciudad; para los efectos de lo dispuesto por la fracción V del artículo 1088 del Código Procesal Civil del
Estado; se señalan las 10:30 horas del día 09 de agosto de 2021, para que tenga verificativo la junta de herederos correspondiente.-
Doy Fe.-
- - - - - - - - - (dos firmas ilegibles Jueza y Secretaria) - - - - - - -
A t e n t a m e n t e
Acuña, Coahuila de Zaragoza, a 16 de junio de 2021
Mayra Liliana Hernández Reyes
Secretaria de Acuerdo y Trámite
(RÚBRICA)
9 JUL y 6 AGO
DISTRITO TORREÓN
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA FAMILIAR
TORREÓN, COAHUILA
E D I C T O
EXTRACTO DE DEMANDA
Se presentó en éste Juzgado Tercero de Primera Instancia en Materia Familiar, del Distrito Judicial de Torreón, con residencia en
esta ciudad, C. Licenciado GERARDO LÓPEZ RIVERA, Agente del Ministerio Público Adscrito a la Fiscalía de Personas
Desaparecidas de la fiscalía General del Estado de Coahuila de Zaragoza, a promover Juicio de DECLARACIÓN ESPECIAL DE
AUSENCIA PARA PERSONAS DESAPARECIDAS, por desaparición de persona del C. HÉCTOR DE LA CERDA
CORONADO bajo el expediente número 133/2020, haciéndose saber que a quien tenga interés en el presente procedimiento
comparezca dentro de los quince días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación del presente edicto, publíquese mediante
edictos por tres ocasiones con intervalos de cinco días hábiles, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en la página
electrónica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza y de la Comisión de Búsqueda.
Torreón, Coahuila., a 13 de Octubre del 2020.
C. SECRETARIO.
LIC. MARIA MARISELA ALBA VALLES
(RÚBRICA) 25 JUN, 2 y 9 JUL