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GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
26 de julio de 2021
TRANSITORIOS
PRIMERO. En cumplimiento lo dispuesto por los artículos 37 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de
Sujetos Obligados de la Ciudad de México y 65 de los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales en
Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México.
SEGUNDO. Se instruye al Responsable del “SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE LA PLATAFORMA ÚNICA
DE GESTIÓN DE TRÁMITES Y SERVICIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (VENTANILLA ÚNICA
DIGITAL)”, en términos de los artículos 2 fracción XII de los Lineamientos Generales sobre Protección de Datos
Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en
Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México y 65 y 67 de los Lineamientos Generales de Protección de Datos
Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, para que realice la modificación correspondiente en
el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales a cargo del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información
Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
TERCERO. Se instruye al Enlace de Datos Personales que notifique al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información
Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México sobre la modificación del
“SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE LA PLATAFORMA ÚNICA DE GESTIÓN DE TRÁMITES Y
SERVICIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (VENTANILLA ÚNICA DIGITAL)”, de conformidad con lo establecido
en los artículos 65 y 67 de los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados
de la Ciudad de México; así como el nivel de seguridad aplicable en términos del artículo 25 último párrafo de la Ley de
Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, dentro de los diez días hábiles
siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para los efectos legales y administrativos a que
haya lugar.
CUARTO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.
Ciudad de México, a los veinticinco días del mes de junio de dos mil veintiuno.
(Firma)
MTRO. JOSÉ ANTONIO PEÑA MERINO
TITULAR DE LA AGENCIA DIGITAL DE INNOVACIÓN PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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