XVIII.
Toda aquella información que no esté considerada en las fracciones anteriores y sean inherentes a las atribuciones
de la unidad administrativa correspondiente;
XIX.
Hora del cierre del Acta de Entrega-Recepción; y
XX.
Firma de los que intervinieron.
Artículo 13. Impresión y firma del Acta de Entrega-Recepción
1.
Una vez concluido el Proceso de Entrega-Recepción en el SISER, el Acta se deberá procesar, firmar y emitir de
manera electrónica o, en su caso, imprimir y firmar de manera autógrafa en tres tantos, los cuales serán entregados
a cada uno de los participantes en el acto, con excepción hecha de los testigos. Deberá estar foliada de manera
consecutiva y rubricarse en todas sus hojas por los presentes, así como firmarse al final de manera autógrafa, con la
distribución siguiente:
I.
Para la persona servidora pública entrante;
II.
Para la persona servidora pública saliente; y
III.
Para la persona servidora pública representante de la Contraloría.
Artículo 14. Protesta de decir verdad
1.
La persona servidora pública saliente deberá asentar, bajo protesta de decir verdad, que conoce la información
contenida en el Acta y que la información en sus documentos anexos es auténtica, verificable, fidedigna,
insustituible e identificable.
Artículo 15. Negativa a firmar el Acta de Entrega-Recepción
1.
Si al momento de la celebración del acto, alguno de los Sujetos Obligados se niega a firmar el Acta de la Entrega-
Recepción, se dará por realizado el acto, asentando los hechos sucedidos y la razón expresa de la negativa en el
Acta, lo cual no afectará su validez.
Artículo 16. Abstenciones del personal de la Contraloría
1.
Las personas servidoras públicas de la Contraloría que sean designados para participar en los Actos de Entrega-
Recepción, por ningún motivo participarán en la integración de la información y otras acciones que no sean para las
que específicamente estén facultados. Corresponde a la persona servidora pública saliente relacionar, ordenar,
clasificar, identificar y ubicar de forma digital en el SISER y de manera física los documentos, recursos patrimoniales
y financieros que tenga a su disposición e integrarán el contenido de los anexos, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 12 de este Reglamento.
2.
Las personas servidoras públicas de la Contraloría podrán convocar a reuniones y/o solicitar información adicional a
las personas servidoras públicas que participan en el Acto de Entrega-Recepción, a efecto de atender diligentemente
los requerimientos que formulen con el objeto de dar certeza al cumplimiento de esta obligación; y que se realice de
manera ordenada, eficiente, transparente, confiable y oportuna.
CAPÍTULO IV
ACTUALIZACIÓN DEL SISER Y LA ENTREGA-RECEPCIÓN
Artículo 17. SISER
1.
El SISER es una herramienta informática que permite realizar los procesos de Entrega-Recepción mediante el uso
preferente de firma electrónica y deberá integrarse por la información a que se refiere el artículo 12 de este
Reglamento. Su funcionamiento se rige las disposiciones contenidas en el presente Reglamento y en los lineamientos
administrativos que para tal efecto emita la Contraloría.
Artículo 18. Integración de la información en el SISER
1.
Para la debida integración de la información en el SISER, la Contraloría acordará con las dependencias y entidades,
las interconexiones necesarias de sus sistemas locales de información para la incorporación de datos o
funcionalidades, así como los términos para poner a disposición la información relativa a la Entrega-Recepción.
Artículo 19. Atribuciones de la Contraloría
1.
Para el funcionamiento del SISER y para realizar el Proceso de Entrega-Recepción, la Contraloría contará con las
EL ESTADO DE COLIMA
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