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San Francisco de Campeche,
Cam., Julio 5 de 2021
TERCERA SECCIÓN
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
MO0905
MANUAL DE ORGANIZACIÓN
Objetivo y Funciones.
Objetivo.
Determinar el establecimiento de criterios uniformes y aplicables en materia jurídica, mediante el curso
de los distintos procesos que se desahogan en la Comisión Estatal, para dotar de certeza a los actos
jurídicos que la misma emite.
Funciones.
1.
Desempeñar los encargos que el Comisionado les encomiende y representar a la Comisión en
los actos que este determine por acuerdo expreso;
2.
Coordinarse entre sí y asesorar técnicamente y conforme a sus respectivos ámbitos de
competencia en materia médica y jurídica a las Unidades Administrativas, para el mejor
desempeño de los asuntos de competencia de esta Comisión;
3.
Proporcionar la información, datos y asesoría técnica que soliciten otras dependencias y
entidades de la Administración Pública Estatal, de conformidad con las instrucciones que
indique el Comisionado;
4.
Suscribir los documentos relativos al ejercicio de las facultades que les otorgue el presente
ordenamiento, delegadas, autorizadas o cuando les corresponda suplencia;
5.
Vigilar el cumplimiento de las disposiciones aplicables en los asuntos a su cargo;
6.
Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las unidades
administrativas a su cargo;
7.
Coadyuvar con la Coordinación Administrativa sobre las actas administrativas levantadas a los
trabajadores por violación a las disposiciones laborales aplicables, así como dar aviso a la
Secretaría de Salud y a la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental para que
determine en definitiva las posibles sanciones laborales;
8.
Certificar las constancias que obren en los archivos de la Comisión para ser exhibidas ante
autoridades judiciales, administrativas o del trabajo y en general para cualquier trámite, juicio,
procedimiento, proceso, averiguación o a petición de la parte interesada en el proceso arbitral
de que conozca la Comisión;
9.
Integrar las constancias necesarias de los expedientes a su cargo, para efectuar la certificación
de documentos cuando medie solicitud de parte;
10. Realizar contratos y convenios de transacción y en su caso elevarlos a la calidad de cosa
juzgada a solicitud de partes;
11. Desempeñar las funciones que correspondan al cargo de Secretario Técnico del Consejo de la
Comisión;
12. Dar seguimiento a los compromisos que adopte el Consejo;
13. Atender los requerimientos de información en materia legal que hagan llegar a la Comisión los
titulares de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico y demás Comisiones de Arbitraje Médico
en las entidades federativas;
14. Coordinar la elaboración, realizar trámites para la aprobación y registro ante las instancias
competentes de las manuales generales de organización y procedimientos de la Comisión, de
acuerdo con la normativa vigente y con el apoyo de las unidades administrativas
correspondientes;