Periódico Oficial
Victoria, Tam., miércoles 28 de julio de 2021
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E D I C T O
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
C. GERARDO LEOPOLDO CHAO ÁLVAREZ Y
GLORIA ALICIA RESENDEZ MUÑOZ.
DOMICILIO IGNORADO.
El Licenciado Isidro Javier Espino Mata, Juez Segundo
de Primera Instancia Civil del Primer Distrito Judicial en el
Estado, con residencia en esta Ciudad Victoria,
Tamaulipas, mediante proveído de fecha catorce de
diciembre del año dos mil veinte, dictado dentro del
Expediente Número 01159/2018, relativo al Juicio
Hipotecario, promovido por C. Licenciado Abiel Alegría
García, en su carácter de apoderado general para pleitos y
cobranzas de BANCO MERCANTIL DEL NORTE
SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA
MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE en contra
de los C.C. GERARDO LEOPOLDO CHAO ÁLVAREZ Y
GLORIA ALICIA RESENDEZ MUÑOZ, ordenó se le
emplazará y se le corriera traslado con las copias simples
de la demanda y sus anexos, por medio de edictos que se
publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en otro de
los de mayor circulación en esta ciudad, por TRES VECES
consecutivas, y se fijará además en los Estrados de este
Juzgado para que conteste la demanda instaurada en su
contra dentro del término de sesenta días hábiles,
contados a partir de la última publicación de los edictos,
quedando a su disposición en la Secretaría de este
Juzgado, las copias simples de la demanda y sus anexos,
demandando lo siguiente:
A).- La declaración judicial del vencimiento anticipado
del plazo para cubrir el importe del adeudo, en términos de
lo estipulado en la Cláusula Décima Séptima inciso a), del
Contrato de Apertura de Crédito Simple con Garantía
Hipotecaria, de fecha 29 de septiembre de 2015,
atendiendo al incumplimiento de las amortizaciones de
capital desde el día 03-tres de agosto del 2017-dos mil
diecisiete, y demás accesorios legales, en términos del
estado de cuenta certificado por el contador facultado por
su mandante, el C.P. Rafael Francisco Treviño Ramírez,
mismo que exhibe.
B).- El pago de la cantidad de $532,228.93
(QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS
VEINTIOCHO PESOS 93/100 M.N.), por concepto de
suerte principal que corresponde al capital vencido,
ocurrido desde el 03 de agosto de 2017, en términos de la
cláusula quinta del Contrato de Apertura de Crédito Simple
con Garantía Hipotecaria, celebrado por la parte
demandada y mi representada el día 29 de septiembre de
2015, pues conforme a las convenciones que revela el
acuerdo de voluntades referenciado, tales sumas resultan
exigibles en mérito a que el contrato de crédito, ante el
incumplimiento de las obligaciones que consignan y cuyo
extremo se imputa al demandando, faculta a mi
representada a hacerlas efectivas, dando por vencido
anticipadamente el plazo, sin necesidad de requerimiento o
aviso previo a los acreditados ahora demandado, en
términos del estado de cuenta certificado por el contador
facultado, documental que exhibe.
C).- El pago de la cantidad de $18,550.02 (DIECIOCHO
MIL QUINIENTOS CINCUENTA PESOS 02/100 M.N.), por
concepto de intereses ordinarios, generados por el periodo
comprendido del 04-cuatro de julio de 2017-dos mil
diecisiete, al día 03-tres de diciembre de 2017-dos mil
diecisiete, en términos del desglose que se precisa en el
estado de cuenta que exhibe, certificado por el contador
facultado por su representada, el C.P. Rafael Francisco
Treviño Ramírez, más los que se sigan generando hasta la
total liquidación del adeudo, de conformidad con lo
establecido en la cláusula séptima, del contrato base de la
acción.
D).- El pago de la cantidad de $257.53 (DOSCIENTOS
CINCUENTA Y SIETE PESOS 53/100 M.N.), por concepto
de intereses moratorios, generados durante el periodo
comprendido desde el día 04-cuatro de octubre de 2017-
dos mil diecisiete, hasta el día 03- tres de diciembre de
2017- dos mil diecisiete, más los que se sigan generando
hasta la total liquidación del adeudo, de conformidad con lo
establecido en la Cláusula Octava del Contrato Base de la
Acción.
E).- El pago de la cantidad de $1,867.37 (UN MIL
OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 37/100
M.N.), por concepto de Comisiones, tal y como se
desprende del estado de cuenta que exhibe, certificado por
el contador facultado por su representada, el C.P. Rafael
Francisco Treviño Ramírez, calculada hasta el 3 de
diciembre de 2017-dos mil diecisiete, más lo que se siga
generando hasta la total liquidación del adeudo, de
conformidad con lo establecido en la Cláusula Décima
Primera, del Contrato Base de la Acción.
F).- El pago de la cantidad de $138.78 (CIENTO
TREINTA Y OCHO PESOS 78/100 M.N.), por concepto de
Impuesto al Valor Agregado de Comisiones, tal y como se
puntualiza en el estado de cuenta que exhibe, certificado
por el contador facultado por su representada, el C.P.
Rafael Francisco Treviño Ramírez, calculada hasta el día
03-tres de diciembre de 2017-dos mil diecisiete, más lo que
se siga generando hasta la total liquidación del adeudo, de
conformidad con lo establecido en la cláusula decima
primera, del Contrato Base de la Acción.
G).- El pago de gastos y costas judiciales que con
motivo de este Juicio se originen.
Cd. Victoria, Tamaulipas, a 10 de marzo de 2021.-
Secretario de Acuerdos, LIC. MARTIN ELISEO OLVERA
ORTIZ
4647.- Julio 27, 28 y 29.- 2v3.
E D I C T O
Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.
Segundo Distrito Judicial.
Altamira, Tam.
SE CONVOCA A POSTORES
El Ciudadano Licenciado Gilberto Barrón Carmona,
Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil del
Segundo Distrito Judicial en el Estado, con residencia en la
ciudad y puerto de Altamira, Tamaulipas, por auto de fecha
veintidós de junio del dos mil veintiuno, dictado en el
Expediente Número 01063/2017, relativo al Juicio
Hipotecario promovido por la C. LIC. JUANA CRUZ
ESPINOSA en su carácter de apoderado legal de BBVA
BANCOMER S.A. INSTITUCION DE BANCA MÚLTIPLE,
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, en contra de
LAURA CRUZ BAUTISTA Y ELÍAS JOSHUA JURADO
AGUILAR, se ordenó sacar a remate en tercera almoneda