Victoria, Tam., martes 10 de agosto de 2021
Periódico Oficial
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Capítulo VIII
Del Incumplimiento, Capacitación y Difusión
Artículo 22. Los Comités de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Intereses, de las dependencias,
coordinaciones de sector y entidades paraestatales, son responsables directos de dar cumplimiento a los
acuerdos tomados por el Comité de Ética del Gobierno del Estado de Tamaulipas.
Artículo 23. Corresponde al Comité de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, diseñar la
capacitación que se impartirá a las y los servidores públicos, respecto del presente Código; así como la impresión
de materiales de apoyo y la difusión del mismo a las y los servidores públicos del Estado de Tamaulipas, a través
de los medios óptimos para su entero conocimiento.
Artículo 24. La Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Administración, es la responsable
de resguardar la carta compromiso de cumplimiento en capacitación en el Código de Ética de cada una de las
personas en el servicio público del Gobierno del Estado de Tamaulipas.
Artículo 25. Se incluirá en el Portal del Gobierno del Estado de Tamaulipas y de cada uno de los portales de las
dependencias y entidades paraestatales del Gobierno del Estado, la liga de consulta al Código de Ética de las y
los servidores públicos.
Capítulo IX
De la Vigilancia del Código
Artículo 26. La Contraloría promoverá, coordinará y vigilará la observancia de las disposiciones contenidas en
este Código, por conducto de los Comités de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Intereses de cada
dependencia o entidad.
Artículo 27. La Contraloría y los Órganos Internos de Control tendrán a su cargo, en el ámbito de su
competencia, la investigación, substanciación y calificación del incumplimiento del presente Código.
Artículo 28. El incumplimiento al presente Código, que además constituye una falta administrativa o delito, será
sancionado conforme a la legislación que lo regula.
CÓDIGO DE CONDUCTA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DE LAS Y LOS SERVIDORES
PÚBLICOS DE EL COLEGIO DE TAMAULIPAS
C O N T E N I D O
• CAPÍTULO I
Disposiciones generales
• CAPÍTULO II
Valor de la legalidad y el respeto
• CAPÍTULO III
Valor de la lealtad y la honradez
• CAPÍTULO IV
Valor de la imparcialidad y la eficiencia
• CAPÍTULO V
Valor de la conciencia de Estado y patriotismo
• CAPÍTULO VI
Valor del compromiso y la responsabilidad
• CAPÍTULO VII
Valor de la autoridad y la disciplina
• CAPÍTULO VIII
Valor de la solidaridad y el bien común
• CAPÍTULO IX
Valor del profesionalismo y la pulcritud
• CAPÍTULO X
Del uso de los equipos y material de trabajo
• CAPÍTULO XI
Ética académica
• TRANSITORIOS