Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 10 de agosto de 2021
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CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- El presente Código establece la misión de El COLTAM
a través de un conjunto de normas éticas y
de conducta, derivadas de la Constitución
y del Código de Ética de las y los Servidores Públicos del Poder
Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, tanto en el desempeño de sus labores en la institución como en el trato con
el ambiente externo, su observancia es obligatoria por parte del personal que labora en El COLTAM.
Artículo 2.- Se entiende por:
I. Código: El Código de Conducta y Prevención de Conflictos de Interés de las y los Servidores Públicos de El
COLTAM.
II. Constitución: La Constitución Política del Estado de Tamaulipas.
III. El COLTAM: El Colegio de Tamaulipas.
IV. Personal: Las personas servidoras públicas que laboran en El Colegio de Tamaulipas.
Artículo 3.- En El COLTAM,
el personal observará los siguientes valores en el desempeño de sus actividades:
Legalidad
y
respeto;
Legalidad
y
honradez;
Imparcialidad y eficiencia;
Conciencia de Estado, patriotismo y valores;
Compromiso y transparencia;
Autoridad y disciplina;
Solidaridad y bien común;
Profesionalismo y pulcritud;
Uso de los equipos y material de trabajo; y
Ética
académica.
CAPÍTULO II
VALOR DE LA LEGALIDAD Y EL RESPETO
Artículo 4.- El personal adscrito a El COLTAM, hará valer la ley con un desempeño legal, honrado, imparcial y
eficiente, así como con un estricto apego a la fundamentación y motivación en la realización de sus actos, tanto
en la Constitución, como en las leyes secundarias que de ella emanen, la Ley de El Colegio de Tamaulipas, así
como en las normas y reglamentos internos de El COLTAM, observando un absoluto respeto en los derechos
humanos y las garantías individuales.
CAPÍTULO III
VALOR DE LEGALIDAD Y HONRADEZ
Artículo 5.- El personal adscrito a El COLTAM, regirá su conducta con rectitud, hacia la institución y las
autoridades que la integran, sus actividades deberán estar acordes con las disposiciones legales, técnicas,
operativas y administrativas que dispongan los órganos competentes, para que la función sustantiva y los
objetivos de El COLTAM sean alcanzados de una forma eficiente.
Artículo 6.- El personal adscrito a El COLTAM tendrá como responsabilidad el realizar su labor con estricto
apego a las disposiciones normativas vigentes, consciente de la trascendencia de su trabajo en el desarrollo de
las actividades institucionales y en el bienestar social.
Artículo 7.- El personal de El COLTAM ejercerá su función de forma congruente y honrada, así como realizar sus
labores respetando la dignidad de los individuos, con independencia de raza, creencia religiosa, alineación
política, situación social o económica, preferencia sexual, discapacidad, o cualquier circunstancia en su perjuicio.
CAPÍTULO IV
VALOR DE LA IMPARCIALIDAD Y LA EFICIENCIA
Artículo 8.- El personal de El COLTAM, en cuyo puesto recaigan las funciones atinentes a la toma de decisiones,
actuará con imparcialidad, tomando como fundamento las disposiciones legales que sean aplicables, con vista a
que su voluntad se centre en el espíritu de lo justo.
Artículo 9.- El personal de El COLTAM, con pleno conocimiento de sus capacidades y aptitudes, deberá cumplir
con su compromiso laboral, desarrollando en todo momento sus actividades de una manera competente, con
estricto apego a las políticas de racionalidad presupuestal y de ejercicio del gasto.