Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 10 de agosto de 2021
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de trabajo de los órganos jurisdiccionales y administrativos, dada la contingencia del COVID-19, al treinta y uno
de agosto del presente año.
Por otra parte, con el fin de dar continuidad al derecho de acceso a la justicia que contempla el artículo 17
constitucional, y combatir de manera general, el rezago que pudiera existir en los diferentes órganos
jurisdiccionales y administrativos, se estima conveniente que en dichos órganos, se restablezca el horario laboral
previo al inicio de esta pandemia.
Por tanto, de conformidad con lo antes expuesto y ante las determinaciones tomadas por diversas autoridades
federales y estatales, con el objeto de mitigar la propagación del virus y prevenir efectos en la salud de los
servidores públicos y justiciables, pero a su vez ponderando y procurando el acceso total a la justicia como
actividad esencial, el Consejo de la Judicatura del Estado de Tamaulipas, expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se modifican los puntos de acuerdo PRIMERO y VIGÉSIMO del Acuerdo General 15/2020 del Pleno
del Consejo de la Judicatura, que reactiva los plazos y términos procesales a través de la impartición de justicia
en línea, así como establece el esquema de trabajo de los órganos jurisdiccionales y administrativos, dada la
contingencia del COVID-19, en los siguientes términos:
PRIMERO.- Efectos del Acuerdo. Se reactivan los plazos y términos procesales a través de la impartición
de justicia mediante el Tribunal Electrónico, y se establece el esquema de trabajo de los órganos
jurisdiccionales y administrativos, dada la contingencia del COVID-19, con el objetivo de mantener los
lineamientos tendentes a evitar la concentración de personas y la propagación del virus; lo anterior, con
efectos del uno de agosto de dos mil veinte al treinta y uno de agosto dos mil veintiuno.
VIGÉSIMO.- Ante…
Se restablece el horario laboral previo al inicio de la pandemia, en donde regresarán a laborar el cien por
ciento de la plantilla del personal de los órganos jurisdiccionales y administrativos, exceptuando de lo anterior,
al personal vulnerable señalado en el punto de acuerdo VIGÉSIMO SEGUNDO.
El…
Podrá…
Cuando…
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
TERCERO.- Para conocimiento oportuno de los interesados, litigantes y público en general, instruméntese la
modificación al Acuerdo General 15/2020; publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, en
los estrados de la Secretaría General de Acuerdos del Supremo Tribunal de Justicia, en los de la Secretaría
Ejecutiva de este Consejo, así como en la página web del Poder Judicial. Comuníquese a los Directores de
Administración y de Informática del Poder Judicial del Estado, así como a los ciudadanos Gobernador
Constitucional del Estado de Tamaulipas, Fiscal General de Justicia del Estado y Encargado de la Dirección
General del Instituto de Defensoría Pública, para los efectos legales conducentes; igualmente comuníquese a los
Juzgados de Distrito, Tribunales Unitarios y Colegiados del Decimonoveno Circuito. Por último, remítase el
presente vía comunicación procesal a los órganos jurisdiccionales y administrativos de la Judicatura.
Así lo acordó el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, con el voto que por unanimidad emitieron el
Magistrado Presidente Horacio Ortiz Renán, y Consejeros Dagoberto Aníbal Herrera Lugo, Raúl Robles
Caballero y Ana Verónica Reyes Díaz; quienes firman ante el Secretario Ejecutivo, licenciado Arnoldo Huerta
Rincón, que autoriza. Doy fe. CINCO FIRMAS ILEGIBLES. RÚBRICAS.
Lo que se hace de su conocimiento para los efectos legales conducentes.
Cd. Victoria, Tam, a 6 de Agosto de 2021.- ATENTAMENTE.- EL SECRETARIO EJECUTIVO.- LIC. ARNOLDO
HUERTA RINCÓN.- Rúbrica.