Victoria, Tam., martes 10 de agosto de 2021
Periódico Oficial
Página 4
E D I C T O
Juzgado de Primera Instancia Mixto.
Noveno Distrito Judicial.
Tula, Tam.
El Ciudadano Licenciado Adolfo García Izaguirre, Juez
de Primera Instancia Mixto del Noveno Distrito Judicial del
Estado, con residencia en ciudad Tula, Tamaulipas, por
auto de fecha (04) cuatro de mayo del año dos mil
veintiuno, ordenó la radicación del Expediente Civil Número
00040/2021 relativo a las Diligencias de Jurisdicción
Voluntaria para Acreditar Posesión, promovidas por el C.
JOSÉ ELIAZAR LÓPEZ GUILLEN, sobre un bien inmueble,
mismo que es el siguiente:
Un bien inmueble ubicado en la calle Galeana sin
número de la Zona Centro de Tula, Tamaulipas, el cual
cuenta con una superficie de 315.15 m2, y las siguientes
medidas y colindancias: AL NORTE 5.40+17.15+16.65
metros con José Vidal Guillen Velázquez, AL SUR
12.95+11.98+20.00 metros con Rodolfo Arambula, Al
ESTE 6.85 metros con José Pilar Ortiz Castillo, AL OESTE
7.60 metros con calle Galeana.
Asimismo, ordenó la publicación de edictos por TRES
VECES consecutivas de siete en siete días en el Periódico
Oficial del Estado, y en un diario de mayor circulación en la
localidad, ordenándose de igual forma la publicación de
avisos por igual número de veces en los lugares públicos
de Tula, Tamaulipas, así como en la puerta de éste
Juzgado, dándose a conocer por estos medios la
radicación de las presentes diligencias.- Lo anterior con
fundamento en lo dispuesto por el artículo 881 del Código
de Procedimientos Civiles en vigor, en relación con el
artículo 162 de la Ley del Registro Público de la Propiedad
Inmueble y del Comercio.
Tula, Tamaulipas, a 24 de mayo de 2021.- El Secretario
de Acuerdos Civil y Familiar, LIC. RAMIRO FRANCISCO
DEL ÁNGEL.
4656.- Julio 27, Agosto 3 y 10.- 3v3.
E D I C T O
Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil.
Segundo Distrito Judicial.
Altamira, Tam.
SE CONVOCA A POSTORES Y ACREEDORES.
El Ciudadano Licenciado Raúl Julián Orocio Castro,
Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo
Distrito Judicial en el Estado con residencia en la ciudad y
puerto de Altamira, Tamaulipas, mediante proveído de
fecha veintiocho de mayo de dos mil veintiuno, ordeno
sacar a remate en pública subasta y al mejor postor en
tercera almoneda sin sujeción a tipo el bien inmueble
hipotecado en el presente Juicio radicado bajo el Número
de Expediente 00022/2018, relativo al Juicio Hipotecario,
promovido por el C. JULIO SÁNCHEZ PONCE DÍAZ, en
contra de LAURA LETICIA AGUILAR HERNANDEZ,
consistente en.
El predio urbano y construcción en el existente
identificado como lote 11, proveniente de la subdivisión del
lote mayor 7, manzana 12, ubicado en calle Privada
Ayuntamiento número 103, de la colonia Primavera en
Tampico Tamaulipas, con las siguientes medidas y
colindancias: AL NORTE: en 8.00 metros con Privada
Ayuntamiento, AL SUR en 8.00 metros con lote 20, AL
ORIENTE en 16.00 metros con lote 10, AL PONIENTE en
16.00 metros con lote 12; superficie total de 128.00 metros
cuadrados, con los siguientes datos de registro.- Finca
Número 49896, del municipio de Tampico, Tamaulipas, al
cual se le asignó un valor pericial de $1´538,000.00 (UN
MILLÓN QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL PESOS
00/100 M.N.).
Y para su publicación por DOS VECES de siete en
siete días, en el Periódico Oficial del Estado, en uno de
mayor circulación, en la Zona Conurbada de Tampico,
Madero, y Altamira, Tamaulipas, así como en los Estrados
de este Juzgado y en la Oficina Fiscal del Estado con
residencia en Tampico, Tamaulipas, en la inteligencia de
que los edictos que se publiquen en el Periódico Oficial del
Estado y en el periódico de mayor circulación en días
naturales, mediando seis días entre la primera y la
segunda publicación, circunstancia esta que se aplica a
todas las publicaciones, asimismo en los Estrados del
Juzgado y en la Oficina Fiscal del Estado, con residencia
en Tampico, Tamaulipas en días hábiles, en el entendido
de que deberán ser totalmente legibles apercibido de que
en caso de no ser legibles se tendrá por no publicado en la
subasta en primera almoneda que tendrá verificativo en el
local de este a las (12:00) DOCE HORAS DEL DÍA
TREINTA (30) DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO
(2021), sirviendo como postura legal la que cubra las dos
terceras partes del valor pericial fijado al inmueble a
rematar con rebaja del 20% veinte por ciento. en el
entendido de que si comparecen postores con debida
anticipación deberán depositar ante el Fondo Auxiliar del H.
Supremo Tribunal de Justicia en el Estado el porcentaje
que refiere el artículo 702 fracción IV del Código de
Procedimientos Civiles en vigor, para lo cual deberán
solicitar a este Juzgado por escrito el certificado
correspondiente para que la cantidad que se exige sea
depositada ante la Institución Bancaria denominada BBVA
BANCOMER.- Atendiendo a la contingencia sanitaria
Covid-19 que impera en estos momentos en nuestro país,
a fin de salvaguardar la integridad física y de salud tanto de
las partes, como del personal de este Juzgado,
privilegiando el uso de herramientas tecnológicas que
permitan la realización del desahogo de la audiencia en
comento, pero además garantizar el derecho tanto de la
parte demandada, postores y acreedores a comparecer a
la misma, éstos últimos aún de manera excepcional,
presencialmente en sede Judicial, es por lo que se
determina la posibilidad de que se celebre el desahogo de
tal audiencia, a través de videoconferencia en la plataforma
Zoom, en cuanto hace al Titular del Juzgado, Secretario de
Acuerdos y Ejecutante, esto es la parte que comparece,
mientras que por lo que hace a los demás posibles
intervinientes, se ordena notificar a través de los Estrados
Electrónicos, a fin de que si es su deseo comparecer el día
y hora en comento a tal videoconferencia, alleguen de
manera anticipada el correo electrónico al cual en su
momento se les puede allegar invitación, sin perjuicio de
que puedan acudir de manera presencial ante las
instalaciones que se dispongan por parte de la Dirección
de Administración, para que se les facilite dispositivos
digitales, tomando para ello en su caso, todas las medidas
pertinentes para salvaguardar la salud de los intervinientes,
por lo que se ordena enviar oficio a las direcciones de
administración y de informática local para que prevengan la
habilitación del espacio y el equipamiento necesario para el
desahogo de la audiencia, previo a la programación de la
audiencia por parte de este juzgado en la agenda que se
lleva a cabo en el sistema de gestión judicial.- Por tanto se