Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 10 de agosto de 2021
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Acuerdo General, que a la;, letra dicen: punto número 13.-
Para el caso de contestación de 'demanda, el usuario
deberá ingresar al Tribunal Electrónico en el apartado de
"Pre registro de Contestación de Demandas".- Al abrirlo
habrá la opción de registrar los datos de número de
expediente, nombre del demandado, nombre del abogado
apoderado y de igual manera imprimir la caratula con el
folio, fecha y hora en las que deberá acudir para
depositarla en el buzón que estará dispuesto en la sede del
Órgano Jurisdiccional; punto número 14.- En los casos en
que la fecha y hora que el sistema generé para la
presentación del escrito de contestación de demanda sea
posterior al plazo para la contestación, el usuario deberá
acudir a depositar el sobre con la garantía pegada a éste,
al buzón previo a que venza su término para la
contestación de que se trate.- De la misma manera, se les
previene a las personas que se consideren con derecho a
la herencia o a los acreedores para efecto de que
proporcione a este Juzgado su usuario o cuenta del
Servicio del Tribunal Electrónico en el escrito mediante el
cual comparezcan dentro de la presente sucesión.- Es
dado para su publicación a los nueve días del mes de Julio
del año dos mil veintiuno.- DOY FE.
ATENTAMENTE
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.
El Secretario de Acuerdos Civil y Familiar del Juzgado
Mixto de Primera Instancia del Décimo Quinto Distrito
Judicial del Estado, LIC. VÍCTOR BRAVO PEREZ
4874.- Agosto 10 y 19.- 1v2.
E D I C T O
Juzgado Primero de Primera Instancia Familiar.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
C. ABRAHAM MORALES ORTIZ.
DOMICILIO IGNORADO.
La Ciudadana Licenciada Lidia Patricia Gómez Mora,
Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar del
Primer Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha
quince de junio de dos mil veintiuno, ordenó la radicación
del Expediente Número 00762/2020, relativo al Juicio de
Divorcio Incausado, promovido por MIRNA MIRELLA
GALLARDO SILVA, en contra de Usted, de quien reclama
las siguientes prestaciones:
A.- La disolución de I Vínculo Matrimonial que nos une,
atendiendo a la voluntad unilateral de la compareciente de
no seguir continuando con la relación matrimonial.
B.- Se decrete por disposición judicial la liquidación de
la Sociedad Conyugal, lo anterior en virtud que nos
casamos bajo el régimen de sociedad conyugal.
C.- El pago de gastos y costas que se originen, con la
debida tramitación del Juicio en que se actúa.
Y por el presente que se publicará por DOS VECES
consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de
los de mayor circulación de esta ciudad, así mismo se fijará
además en la puerta del edicto, en el Juzgado, haciéndole
saber que deberá presentar su contestación del plazo de
sesenta días, contados a partir de la fecha de la última
publicación del edicto, en la inteligencia de que las copias
simples de la demanda y sus anexos debidamente
requisitados se encuentran a su disposición en la
Secretaría de este Juzgado, y que de no comparecer a
Juicio se seguirá éste en su rebeldía, haciéndose las
ulteriores notificaciones por cédula.
ATENTAMENTE.
“SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN”
Cd. Victoria; Tamaulipas, a los 12 de julio de 2021.- C.
Secretaria de Acuerdos del Juzgado Primero de Primera
Instancia en Materia Familiar, LIC. MARÍA DEL CARMEN
JUÁREZ VALDEZ.- Rúbrica.
4875.- Agosto 10, 11 y 12.- 1v3.
E D I C T O
Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil.
Segundo Distrito Judicial.
Altamira, Tam.
C. GUILLERMO ARMAND DELGADO.
C. ERIKA HERNANDEZ LUNA.
PRESENTE.
El C. Licenciado Raúl Julián Orocio Castro, Juez
Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo
Distrito Judicial en el Estado, con residencia en Altamira,
Tamaulipas, hace saber que en el 00610/2020 radicado en
el Juzgado a mi cargo, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil
Oral promovido por BANCO MERCANTIL DEL NORTE,
S.A. INSTITUCION DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO
FINANCIERO
BANORTE,
en
contra
de
CONSTRUCCIONES GUIKA, S.A. DE C.V., GUILLERMO
ARMAND DELGADO, Y ERIKA HERNANDEZ LUNA, se
dictaron unos acuerdos que a la letra dice:
En esta misma fecha la suscrita Secretaria de Acuerdos
del Juzgado da cuenta al Titular de la presente promoción
a fin de que se acuerde lo que en derecho proceda.- DOY
FE.
Altamira, Tamaulipas, a los seis días del mes de
noviembre del año dos mil veinte.- Téngase por recibida la
promoción inicial de demanda, con los siguientes anexos
consistentes en: Poder general, copia simple de la cedula
de identificación fiscal a nombre de BANCO MERCANTIL
DEL NORTE S.A. INSTITUCION DE BANCA MÚLTIPLE
GRUPO FINANCIERO BANORTE, copias simples de la
constancia de la Clave Única de Registro de Población y
Credencial de Elector ambas a nombre de JUAN JOSÉ DE
LA GARZA GOVELA, un convenio de reconocimiento de
adeudo, certificación de adeudo, tres certificados de
libertad de gravamen, tabla de amortización anexo A,
caratula de pre registro de demanda, y tres traslados,
signada por el LICENCIADO JUAN JOSÉ DE LA GARZA
GOVELA, en su carácter de apoderado general para
pleitos y cobranzas de BANCO MERCANTIL DEL NORTE,
S.A. INSTITUCION DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO
FINANCIERO BANORTE, según lo justifica con el poder
que exhibe el cual se encuentra certificado por Notario
Público, por lo que désele la intervención legal
correspondiente, con su escrito de cuenta, documentos y
copias simples que acompaña, demandando en la Vía
Ejecutiva Mercantil Oral, ejercitando acción cambiaría
directa en contra de la empresa CONSTRUCCIONES
GUIKA, S.A. DE C.V., por conducto de quien legalmente lo
represente y de los CC. GUILLERMO ARMAND DELGADO
Y ERIKA HERNANDEZ LUNA, quienes tienen su domicilio
ubicado en calle Hortensia Número 401 entre las calles
Gardenia y Amapola de la colonia Las Violetas de
Tampico, Tamaulipas, C.P. 89368 y en Avenida Los
Naranjos Número 206 entre las calles Los Cedros y