17 de agosto de 2021
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
23
VALORES
Interés Público, Respeto, Respeto a los Derechos Humanos, Igualdad y no Discriminación, Equidad de Género, Entorno
Cultural y Ecológico, Cooperación y Liderazgo.
REGLAS DE INTEGRIDAD
I. Actuación Pública. El servidor público debe conocer, entender y cumplir las Constitución Federal y Local, las leyes
secundarias y demás disposiciones jurídicas y administrativas, particularmente las correspondientes a las funciones que
desempeña.
II. Información Pública. La información en posesión del gobierno es de acceso público, salvo los datos personales y la
información clasificada que así determinen las leyes.
III. Contrataciones Públicas, Permisos Administrativos Temporales Revocables y Concesiones. Las actuaciones de las
personas servidoras públicas facultadas o autorizadas para intervenir en los procesos de contrataciones públicas y actos
relacionados con el otorgamiento de permisos y concesiones, deberán desarrollarse con arreglo a las disposiciones legales
aplicables, a los principios éticos y valores, teniendo en cuenta la planeación y economía aplicables a cada caso y
observando en todo momento las Políticas de Prevención de Conflicto de Intereses.
IV. Programas Gubernamentales. Abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia del servicio,
que implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión.
V. Trámites y Servicios. Garantizar la prestación del servicio con calidad, prontitud, oportunidad, eficacia y eficiencia,
excusarse de intervenir en asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios e implementar mecanismos de
control adecuados. Así como lo señalado en los lineamientos del Modelo Integral de Atención Ciudadana de la Ciudad de
México.
VI. Recursos Humanos. Implementar prácticas laborales basadas en la equidad y la mutua cooperación, en condiciones de
trabajo sanas y seguras y en su caso, denunciar los actos u omisiones de éstos que puedan ser causa de responsabilidad
administrativa o penal.
VII. Administración de Bienes Muebles e Inmuebles. Custodiar y cuidar la documentación e información a la que se tenga
acceso, los bienes muebles e inmuebles que por razón de su empleo, cargo o comisión, conserven bajo su cuidado, evitando
su uso, sustracción, destrucción, ocultamiento o inutilización indebidos. Tener buen uso y aprovechamiento del gasto
público, procurando siempre economizar recursos.
VIII. Procesos de Evaluación. Supervisar los planes, programas o proyectos a su cargo, las actividades y el cumplimiento de
los deberes del personal que le reporta, estableciendo las medidas de control necesarias para ello.
IX. Control Interno. Ajustarse a los Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la CDMX, a fin de
contribuir al cumplimiento de metas y fines, la prevención y mitigación de riesgos en la gestión pública.
X. Procedimiento Administrativo. Proporcionar a toda persona un trato igualitario y respetuoso, recibir todo documento o
escrito que presente, proporcionando una respuesta completa a cualquier solicitud dentro del plazo establecido, orientar,
proporcionar información correcta y suficiente ante solicitudes que requieran atención de una autoridad distinta, garantizar y
aplicar el derecho de audiencia y demás garantías procesales de manera previa a la emisión de resoluciones.
XI. Desempeño Permanente con Integridad. Observar buena conducta, tratando con respeto, diligencia, imparcialidad y
rectitud a las personas sin solicitar u obtener beneficio propio o para terceros, presentar con oportunidad y veracidad las
declaraciones de situación patrimonial, fiscal y de intereses.
XII. Cooperación con la Integridad. Prevenir faltas administrativas o actos de corrupción y en su caso, denunciarlos al
momento en que se tenga conocimiento de los mismos.