FECHA
PROYECTO
23/01/2016
INCORPORACIÓN MUNICIPAL ANTICIPADA DE 44 LOTES, CORRESPONDIENTES A LA ETAPA I, DEL
FRACCIONAMIENTO VILLAS DIAMANTE TERCERA SECCIÓN.
23/01/2016
INCORPORACIÓN MUNICIPAL ANTICIPADA DE 25 LOTES, CORRESPONDIENTES A LA ETAPA III, DEL
FRACCIONAMIENTO VILLAS DIAMANTE TERCERA SECCIÓN.
02/04/2016
INCORPORACIÓN MUNICIPAL DE LA ETAPA VII DEL FRACCIONAMIENTO VILLAS DIAMANTE TERCERA
SECCIÓN A LA QUE CORRESPONDEN 18 LOTES VENDIBLES.
SEXTO.- Según expediente que obra en los archivos de la Dirección de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento de Villa
de Álvarez, se encuentra el Proyecto Ejecutivo de Urbanización y la Licencia de Urbanización, en donde se señalan las
obligaciones de los promotores.
Una vez acreditada la propiedad, autorizado y publicado el Programa Parcial, así como emitida la Licencia de
Urbanización correspondiente, y una vez reunidos los integrantes de ésta Comisión dictaminadora, y teniendo en cuenta
los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
PRIMERO.- La C. Ana Isabel Cruz Ahumada, promotora del Fraccionamiento Villas Diamante III, cuya personalidad está
debidamente acreditada en el expediente de dicho fraccionamiento, ubicado al poniente de esta ciudad de Villa de
Álvarez, solicitó mediante escrito de fecha 15 de junio de 2021, la incorporación municipal de la Etapa IV de dicho
Fraccionamiento.
SEGUNDO.- Que para verificar el estado físico que guardan las obras de urbanización se realizó visita al fraccionamiento
en mención el día 29 de junio de 2021, con relación a la Incorporación Municipal de la Etapa IV, del Fraccionamiento
Villas Diamante III, por parte de personal adscrito a la Dirección de Desarrollo Urbano, encontrándose concluidas las
obras mínimas de urbanización, como son Red de abastecimiento de Agua Potable domiciliaria, Red de drenaje sanitario
y terracerías, así como alumbrado público, red de baja y media tensión, pavimentos, banquetas, machuelos, rampas,
nomenclatura, señalamientos viales, cruces peatonales y arbolado.
TERCERO.- La Incorporación Municipal comprende de un total de 26 lotes vendibles, de los cuales 22 son de uso
Habitacional Unifamiliar Densidad Alta (H4-U) y 4 lotes vendibles de uso Corredor Urbano Mixto intensidad alta (MD-3).
CUARTO.- En la Tesorería Municipal se cuenta con la póliza de fianza expedida con fecha 20 de agosto de 2014, con
número 3071-30345-2, que extiende Aseguradora Insurgentes S.A. de C.V. Grupo Financiero Aserta, para que C. Ana
Isabel Cruz Ahumada, garantice la correcta ejecución de las Obras de Urbanización referentes al Artículo 306 de la Ley
de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, correspondiente al Fraccionamiento Villas Diamante III, Etapa IV,
misma que garantiza un monto de - - - - $67,679.93 (Sesenta y siete mil seiscientos setenta y nueve pesos 93/100 M.N.).
QUINTO.- Que mediante Acta Entrega Recepción de la Etapa IV del Fraccionamiento Villas Diamante III de fecha de 17
de marzo de 2021, la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Colima y Villa de
Álvarez (CIAPACOV) representada por el Profesor Nicolás Contreras Cortes, Director General; el Ingeniero Francisco
Javier Avalos Gutiérrez, Coordinador General Operativo; el Ingeniero Salomón Salazar Barragán, Director de Obras y
Proyectos; el Ingeniero Jesús Álvaro Madrigal Betancourt, encargado del padrón de usuarios y el C. Bernabé Larios Mora,
reciben de parte de Ana Isabel Cruz Ahumada, las obras de introducción de servicios correspondientes a la red de agua
potable, tomas domiciliarias, red de alcantarillado sanitario y descargas domiciliarias.
SEXTO.- Que mediante recibo de pago con número 01-057902 de fecha 29 de junio de 2021, con un importe de - - - - - - -
- $290.37 (Doscientos noventa pesos 37/100 M.N.) se cubrieron los derechos que por este concepto señala la Ley de
Hacienda vigente en el Municipio para la Incorporación Municipal Anticipada que se dictamina en el presente.
SÉPTIMO.- Que de conformidad al Título VI, artículos del 430 al 455 del Reglamento de Zonificación del Estado de
Colima, que habla sobre la organización de la función pericial, se tienen dentro del expediente los reportes de la ejecución
de las obras, así como las firmas de los proyectos avalados.
OCTAVO.- Que el Director Responsable de Obra, el Director Responsable de Obra, el Arquitecto Fernando Ramírez
Barragan, con número de registro DRO 081, enteró a la Dirección de Desarrollo Urbano municipal mediante oficio de
fecha 13 de junio de 2021, que las obras de urbanización de las Etapa IV del fraccionamiento en mención, fueron
monitoreadas durante el desarrollo de conformidad a lo indicado en el Proyecto Ejecutivo de Urbanización y se
encuentran aptas para su incorporación al municipio.
- 4 -
EL ESTADO DE COLIMA