Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 24 de agosto de 2021
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registrar los datos de número de expediente, nombre del
demandado, nombre del abogado apoderado y de igual
manera imprimir la caratula con el folio, fecha y hora en las
que deberá acudir para depositarla en el buzón que estada
dispuesto en la sede del órgano jurisdiccional.- En los
casos en que la fecha y hora que el sistema genere para la
presentación del escrito de contestación de demanda sea
posterior al plazo para la contestación, el usuario deberá
acudir a depositar el sobre con la caratula pegada a este,
al buzón previo a que venza su término para la
contestación de que se trate.- Para el caso de contestación
de demandas, el usuario deberá ingresar al tribunal
electrónico en el apartado de ''pre registro de contestación
de demandas''.- Al abrirlo habrá la opción de registrar los
datos de número de expediente, nombre del demandado,
nombre del abogado apoderado y de igual manera imprimir
la carátula con el folio, fecha y horas en las que deberá
acudir para depositarla en el buzón que estará dispuesto
en la sede del órgano jurisdiccional. en los casos en que la
fecha y hora que el sistema genere para la presentación
del escrito de contestación de demanda sea posterior al
plazo para la contestación, el usuario deberá acudir a
depositar el sobre con la carátula pegada a éste, al buzón
previo a que venza su término para la contestación de que
se trate, así mismo se le previene a la parte demandada
para el efecto que proporcione a éste tribunal su usuario o
cuenta del Servicio de Tribunal Electrónico y se le autorice
los servicios de consulta de expedientes, envío de
promociones electrónicas y notificaciones personales
electrónicas, en su escrito de contestación.
Altamira, Tam., a 09 de julio de 2021.- La C. Secretaria
de Acuerdos, LIC. MA. IGNACIA GALICIA MARTÍNEZ
5150.- Agosto 24, 25 y 26.- 1v3.
E D I C T O
Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil.
Segundo Distrito Judicial.
Altamira, Tam.
C. ALMA DELIA NAVA VEGA.
PRESENTE.
El C. Licenciado Raúl Julián Orocio Castro, Juez
Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Segundo
Distrito Judicial en el Estado, con residencia en Altamira,
Tamaulipas, hace saber que en el 00090/2021, radicado en
el Juzgado a mi cargo, relativo al Juicio Ordinario Civil,
Sobre Prescripción Positiva, promovido por la C. MA DEL
PILAR RODRÍGUEZ MEZA, en contra de ALMA DELIA
NAVA VEGA, así como en contra de DIRECTOR DEL
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD, se dictaron
unos acuerdos que a la letra dice
En esta misma fecha la suscrita Secretaria de Acuerdos
del Juzgado da cuenta al Titular de la presente promoción
a fin de que se acuerde lo que en derecho proceda.- DOY
FE.
Altamira, Tamaulipas (11) once días del mes de febrero
del año dos mil veintiuno (2021).- Con la promoción inicial y
acompañado de los siguientes anexos 1.- Un contrato de
compraventa número 1455 volumen XXV, fecha tres de
julio de mil novecientos ochenta y siete, 2.- Un contrato
simple de compraventa, 3.- Una notificación con
requerimiento de pago de impuesto predial expedida por la
Tesorería Municipal Subdirección de Catastro e Impuestos
Inmobiliarios en Tampico, Tamaulipas, 4.- Doce fotografías
a color, 5.- Una certificación expedida por el Instituto
Registral y Catastral del Estado de Tamaulipas, 6.- Una
copia certificado de documento inscrito bajo la sección I,
Número de inscripción 17973, Legajo 360, de fecha treinta
y uno de agosto de mil novecientos ochenta y ocho y dos
traslados.- Téngase por presentada a la C. MA. DEL PILAR
RODRÍGUEZ MEZA, promoviendo en vía Juicio Ordinario
Civil Sobre Prescripción Positiva, en contra de ALMA
DELIA NAVA VEGA quien tiene su domicilio en calle
Laguna, N° 608 Poniente, colonia Del Pueblo, entre las
calles General San Martin y Simón Bolívar, C.P. 89190,
Tampico, Tamaulipas, así como en contra de Director del
Registro Público de la Propiedad, con domicilio en calle
Agua Dulce, número 601, local B, entre las calles Ébano y
Zacamixtle, colonia Petrolera, Tampico, Tamaulipas, C.P.
89110, a quien reclama los conceptos que menciona en los
incisos a) b) c) y d) de su demanda.- Fundándose para ello
en los hechos y consideraciones legales que estimaron
aplicables al caso, se admite la promoción en cuanto ha
lugar en derecho, désele entrada, fórmese expediente y
regístrese en el Libro de Gobierno respectivo, bajo el
Número 00090/2021 con las copias simples de la demanda
y anexos debidamente selladas y rubricadas por la
Secretaría del Juzgado, emplácese y córrase traslado a la
parte demandada, haciéndole saber que se le concede el
término de diez días para que produzca su contestación si
para ello tuviere excepciones legales que hacer valer,
Asimismo se le previene a la parte demandada de la
obligación que tiene de señalar domicilio para oír y recibir
notificaciones dentro de este Segundo Distrito Judicial, que
comprende Tampico, Madero y Altamira, Tamaulipas, con
el apercibimiento que de no señalarlo las subsecuentes
notificaciones aún las de carácter personal se realizarán
por medio de cédula que se fije en los Estrados de este
Juzgado, debiendo precisar el nombre de las calles en que
se encuentra dicho domicilio, la mención del Código Postal
conforme a la asignación del Servicio Postal Mexicano,
atento a la reforma aprobada por el Honorable Congreso
del Estado, mediante Decreto LX-701, publicado en el
Periódico Oficial el martes siete de junio del dos mil nueve,
y circular expedida por el Presidente de este H. Supremo
Tribunal , y acuerdo del quince de julio de dos mil nueve,
que reformo el artículo 66 del Código de Procedimientos
Civiles vigente en el Estado de Tamaulipas.- Asimismo, se
previene a los demandados para que a más tardar en la
contestación de demanda, designen representante común,
quien tendrá todas las facultades y obligaciones que a las
partes corresponden, sin perjuicio de la obligación para los
representados
de
absolver
posiciones
o
rendir
declaraciones conforme a la ley, asimismo estará obligado
a hacer valer todas las acciones o excepciones comunes a
los interesados y las personales de cada uno de ellos; pero
si estos no cuidan de hacérselas conocer oportunamente,
quedara libre de toda responsabilidad frente a los omisos;
apercibidos que en caso de no hacerlo este Juzgado lo
designara, conforme a lo dispuesto por el artículo 8º, del
Código Adjetivo Civil.- Se tiene como domicilio para oír y
recibir notificaciones el ubicado en la calle Avenida
Universidad, N° 106-A, Norte, Altos, colonia Las Américas,
entre las calles América del Sur y Privada América Central,
C.P. 89420, Ciudad Madero, Tamaulipas, y como asesor a
las C.C. Mayela Hernández Jiménez y Linda Estrellita
Dueñez Ibarra.- Se hace del conocimiento de las partes,
que el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de
Tamaulipas, motivado por el interés de las personas que
tienen algún litigio, para que cuenten con la opción de
resolver en forma alternativa su conflicto, ha implementado
en este segundo Distrito Judicial, como una forma de
solución de conflictos La Mediación; creando al efecto el