Proceso. Artículo Segundo.- En consecuencia se separa del cargo de Presidenta
Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Simojovel, Chiapas, a la C. Viridiana
Hernández Sánchez, quedando sujeta a la acción de los Tribunales del orden
común. Artículo Tercero.- Notifíquese la presente resolución a la C. Viridiana
Hernández Sánchez y al Doctor Olaf Gómez Hernández, Fiscal General del Estado
de Chiapas, para los efectos legales correspondientes.
”
Como se observa quedó vacante el cargo de Presidenta Municipal en el Ayuntamiento de Simojovel,
Chiapas, derivado de la declaratoria de procedencia que sí ha lugar a formación de causa en contra
de la C. Viridiana Hernández Sánchez, sobre el hecho presuntamente delictivo que se le atribuyó,
mencionado en el párrafo que antecede, mismo que quedó sujeta a la acción de los Tribunales del
orden común.
En consecuencia a lo anterior, mediante oficios ambos con número 46-2021, de fechas 17 y 18 de
Agosto de 2021, y recibidos en oficialía de partes de este Poder Legislativo, el 18 y 19 del mismo mes
y año, los CC. Lourdes Patricia Ramírez Gómez, Lorenzo Rodríguez Pérez, Manuela Rebeca Cruz
Pérez, Felipe Ruiz Núñez, Roselia Ruiz González y Ana Isabel Pérez López, Síndica Propietaria,
Segundo Regidor Propietario, Tercera Regidora Propietaria, Cuarto Regidor Propietario, Quinta
Regidora Propietaria y Regidora Plurinominal por el Partido Revolucionario Institucional, todos del
Ayuntamiento de Simojovel, Chiapas, acordaron proponer para que la Tercera Regidora Propietaria
Manuela Rebeca Cruz Pérez, asuma el cargo de Presidenta Municipal en dicho Ayuntamiento.
En efecto, la disposición legal aplicable para proceder a la sustitución y como consecuencia el
nombramiento para cubrir la vacante originada de Presidente Municipal en el Ayuntamiento de
Simojovel, Chiapas, corresponde al artículo 36, de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de
Gobierno y Administración Municipal del Estado, mismo que establece que en caso de renuncia, falta
temporal o falta definitiva de algunos de los miembros del Ayuntamiento, el Congreso del Estado, o
en su caso la Comisión Permanente, designara de entre los que quedaren, las sustituciones
correspondientes, debiendo observar las reglas y el principio de paridad entre los géneros
establecidos en el artículo 81 de nuestra Constitución Local.
Esta Comisión Permanente, en uso de la facultad antes descrita y tomando en consideración las
propuestas efectuadas por el citado Ayuntamiento, a través de los acuerdos mencionados en líneas
anteriores, acuerda, para que la Tercera Regidora Propietaria, Manuela Rebeca Cruz Pérez, asuma a
partir de la presente fecha, el cargo de Presidenta Municipal en el Ayuntamiento de Simojovel,
Chiapas; nombramiento que queda condicionado a lo que determine la autoridad penal competente,
en relación con la causa seguida en contra de la C. Viridiana Hernández Sánchez, conforme al
Decreto número 404, de fecha 04 de Agosto del 2021, emitido por la Comisión Permanente de esta
Soberanía Popular.
Por las consideraciones y fundamentos expuestos, la Comisión Permanente de la Sexagésima
Séptima Legislatura del Congreso del Estado de Chiapas, expide el siguiente:
D e c r e t o
Artículo Primero.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 36, de la Ley de Desarrollo
Constitucional en materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas, se nombra
a la Tercera Regidora Propietaria, Manuela Rebeca Cruz Pérez, para que a partir de la presente
fecha, asuma el cargo de Presidenta Municipal en el Ayuntamiento de Simojovel, Chiapas,
miércoles 25 de agosto de 2021
Periódico Oficial No. 181 2a. Sección
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