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PERIÓDICO OFICIAL
DEL ESTADO DE HIDALGO
06 de Septiembre de 2021
Alcance
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OCTAVO. Que el 20 de abril de 2020 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el Decreto
gubernamental que abroga el decreto por el cual se creó el organismo descentralizado denominado
Administradora del Teatro de la Ciudad San Francisco y del Parque David Ben Gurión; por fusión entre la
Administradora del Teatro de la Ciudad San Francisco y del Parque David Ben Gurión como fusionada con la
Operadora de Eventos del Estado de Hidalgo como fusionante. El organismo fusionado estaba sectorizado a la
Secretaría de Turismo del Estado de Hidalgo.
NOVENO. Que el 20 de abril de 2020 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el Decreto
gubernamental por el que se extingue el Organismo Descentralizado denominado Régimen Estatal de Protección
Social en Salud del Estado de Hidalgo y se abroga el decreto que lo creó; organismo que estaba sectorizado a
la Secretaría de Salud del Estado de Hidalgo.
DÉCIMO. Que el 13 de julio de 2020 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el Decreto
gubernamental que crea la Comisión Estatal de Biodiversidad de Hidalgo, sectorizado a Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo.
Con el objeto de contribuir al desarrollo sostenible del Estado de Hidalgo mediante la coordinación de
investigaciones e implementación de acciones para la protección, restauración, preservación, conservación
utilización de la biodiversidad, generando con esto, servicios conocimientos ecosistémicos.
DÉCIMO PRIMERO. Que el 3 de mayo de 2021 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el Decreto
gubernamental por el que se extingue el Organismo Descentralizado denominado Consejo Hidalguense del Café
y se abroga el decreto que lo creó; organismo que estaba sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Agropecuario
del Estado de Hidalgo.
Por lo anteriormente expuesto, tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR
EL CUAL SE ESTABLECE LA SECTORIZACIÓN DE LAS ENTIDADES DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL
PRIMERO. Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal se regirán de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 15, 16, 18 y 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de
Hidalgo, y 5 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Hidalgo, a efecto de que la relación de las
Entidades Paraestatales con la persona titular del Poder Ejecutivo se realicen a través de la Dependencia que
se determina con base en el esquema de organización, políticas, directrices y lineamientos a que se refiere este
Acuerdo.
SEGUNDO. Para los fines de este Acuerdo se entenderá por:
I.
Ámbito Institucional: La actividad interna de cada Dependencia Centralizada o Entidad Paraestatal;
II.
Dependencias Globalizadoras: Las Secretarías Ejecutiva de la Política Pública Estatal; Finanzas
Públicas; Contraloría y la Unidad de Planeación y Prospectiva; que tienen a su cargo la
responsabilidad de normar los sistemas de planeación, programación, presupuestación, contabilidad
gubernamental, evaluación, control, coordinación sectorial y seguimiento de las políticas públicas y
programas;
III.
Dependencias Coordinadoras de Sector: Las dependencias de la Administración Pública Estatal
que coordinen una o más Entidades Paraestatales agrupadas en el ámbito funcional de sus
atribuciones y con facultades para emitir normas y lineamientos específicos para orientar la actividad
de su sector de adscripción;
IV.
Entidades: A las entidades de la Administración Pública Paraestatal;
V.
Organismos descentralizados no sectorizados: Entidades coordinadoras de programas
transversales y de prioridad estatal, sus líneas de ejecución son articuladas con las dependencias y
entidades de la Administración Pública Estatal; y
Publicación
electrónica