06 de Septiembre de 2021
Alcance
PERIÓDICO OFICIAL
DEL ESTADO DE HIDALGO
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Artículo 22:
II. Supervisar y evaluar el funcionamiento de los procesos de fiscalización superior a fin de formular
recomendaciones para su mejora;
VIII. Emitir recomendaciones para la mejora continua, derivadas de las supervisiones y evaluaciones a fin de
remitirlas a la Dirección de Mejora Continua y Profesionalización cuando sean de su competencia.
Artículo 24:
I a XII…
XIV. Expedir copias certificadas de documentos que obren en los archivos físicos o electrónicos de la dirección
a su cargo, con las limitaciones que señalan las disposiciones jurídicas en materia de reserva, confidencialidad,
secrecía y de acceso a la información pública gubernamental; previo pago, salvo aquellas que sean solicitadas
por la autoridad competente, conforme a las disposiciones legales aplicables;
Artículo 27: inciso A)
I a IV.- …
XIII. Asesorar en la celebración de convenios de coordinación o colaboración en los que participe la Auditoría
Superior con instituciones públicas y privadas, de carácter nacional e internacional, con apego a las disposiciones
jurídicas aplicables, debiendo llevar un registro interno de cada uno de ellos;
XIV. Asesorar a petición de las Unidades Administrativas respecto de la revisión y celebración de contrataciones
de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables, así como en cuanto a los bienes y servicios que requiera
este Órgano Técnico.
Artículo 29:
XXV. Atender requerimientos y prevenciones formulados por la Autoridad Substanciadora, el Tribunal de Justicia
Administrativa o cualquier otra autoridad, en términos de Ley;
XXVI. Actuar con dos de testigos de asistencia durante el desahogo de cualquier diligencia de investigación.
Artículo 31:
VII. Las que en el ámbito de su competencia le otorguen la Ley General de Responsabilidades Administrativas y
las demás disposiciones jurídicas aplicables.
Artículo 32 inciso a):
XII. Incorporar a sus investigaciones las técnicas, tecnologías y métodos de investigación que observen las
mejores prácticas internacionales;
XIII. Ordenar la práctica de visitas de verificación en los términos previstos por el artículo 35 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas;
XIV. Emitir acuerdo de admisión de pruebas que corresponda dentro de los quince días hábiles siguientes al cierre
de la audiencia inicial y ordenar las diligencias necesarias para su preparación y desahogo en términos del artículo
208 fracción VIII de la Ley General de Responsabilidades Administrativas;
Artículo 32 inciso c):
IX. Registrar los asuntos de su competencia y expedir copias certificadas de los documentos que se encuentren
en sus archivos cumpliendo con lo establecido en las leyes y reglamentos que sean aplicables
y;
X. Las demás que le confieren otras disposiciones jurídicas y aquellas funciones que le encomiende el Titular del
Órgano Interno de Control.
TERCERO. - Se derogan las siguientes fracciones:
Artículo 15:
V. Coordinar con la Dirección de Investigación
VI. La planeación y ejecución de auditorías derivadas de las denuncias presentadas ante la Auditoría Superior;
VII. Elaborar el dictamen técnico jurídico, en términos de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas
del Estado de Hidalgo;
XXXV. Coadyuvar con la Dirección General de Asuntos Jurídicos, en los procesos penales, en la etapa de
investigación como en la judicial.
Publicación
electrónica