Victoria, Tam., miércoles 08 de septiembre de 2021
Periódico Oficial
Página 4
FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de
Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:
Al margen un sello que dice:- “Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.
LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58
FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS,
TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
D E C R E T O No. LXIV-611
MEDIANTE EL CUAL SE REFORMAN LAS FRACCIONES XXXII Y XXXIII, Y SE ADICIONA LA FRACCIÓN
XXXIV AL ARTÍCULO 8° DE LA LEY DE EDUCACIÓN PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS.
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman las fracciones XXXII y XXXIII; y se adiciona la fracción XXXIV, al artículo 8° de
la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 8°.- La educación…
I.- al XXXI.-…
XXXII.- Fomentar las habilidades y la educación digital, así como la aplicación de las tecnologías de la
información y las comunicaciones en el proceso educativo, con una perspectiva igualitaria e incluyente;
XXXIII.- Fomentar e implementar durante la educación básica programas y acciones que tengan por objeto
promover la orientación vocacional, a fin de favorecer a que los estudiantes creen su proyecto de vida; y
XXXIV.- Fomentar en la cultura tributaria en la educación secundaria y media superior, a fin de dotar de los
conocimientos necesarios, sobre las obligaciones y dependencias tributarias que existen en nuestro país y
Estado.
T R A N S I T O R I O
ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico
Oficial del Estado.
SALÓN DE SESIONES DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS.- Cd.
Victoria, Tam., a 12 de agosto del año 2021.- DIPUTADA PRESIDENTA.- JUANA ALICIA SÁNCHEZ
JIMÉNEZ.- Rúbrica.- DIPUTADO SECRETARIO.- FRANCISCO JAVIER GARZA DE COSS.- Rúbrica.-
DIPUTADO SECRETARIO.- RIGOBERTO RAMOS ORDOÑEZ.- Rúbrica.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo, en Victoria, Capital del Estado de Tamaulipas, a los doce días del mes
de agosto del año dos mil veintiuno.
ATENTAMENTE.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.- FRANCISCO JAVIER GARCÍA
CABEZA DE VACA.- Rúbrica.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- CÉSAR AUGUSTO
VERÁSTEGUI OSTOS.- Rúbrica.
FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de
Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:
Al margen un sello que dice:- “Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.
LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58
FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS,
TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
D E C R E T O No. LXIV-617
MEDIANTE EL CUAL SE DEJA SIN EFECTOS EL DECRETO LXIV-557, APROBADO Y EXPEDIDO POR
ESTA LXIV LEGISLATURA EN FECHA 30 DE JUNIO DE 2021.