9 de septiembre de 2021
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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Usuarios (unidades administrativas que en el cumplimiento de sus funciones intervienen en el tratamiento de los datos
personales):
a.- Dirección de Desarrollo Rural y Fomento Económico.
b.- Subdirección de Desarrollo Rural.
c.- JUD de Agroindustria.
d.- JUD de Fomento Agropecuario.
VI.- Personas Físicas o Grupos de Personas sobre las que se Recaben o Traten Datos Personales: Las personas sobre
las que se pretenden obtener datos de carácter personal y/o datos personales sensibles, son solicitantes y/o beneficiarios de
los programas sociales, acciones sociales, actividades institucionales, y/o servicios que presten las unidades administrativas,
dirigidas a las actividades del sector agropecuario de la Alcaldía Milpa Alta.
VII.- Estructura Básica del Sistema de Datos Personales y la Descripción de los Tipos de Datos:
Datos identificativos:
1.- Nombre completo.
2.- Lugar y fecha de nacimiento.
3.- Genero.
4.- Edad.
5.- Grado máximo de estudios.
6.- Tiempo de residencia en la Ciudad de México.
7.- Domicilio.
8.- Número telefónico local.
9.- Número telefónico móvil.
10.- Ocupación.
11.- Clave Única de Registro de Población.
12.- Firma.
Datos electrónicos:
1.- Correo electrónico.
Datos especialmente protegidos (sensibles):
1.- Huella dactilar.
2.- Pertenencia étnica.
VIII.- Seguridad: De acuerdo al tipo de datos recabados, el nivel de seguridad aplicable es ALTO, y contendrá medidas de
seguridad administrativas, físicas y técnicas.
SEGUNDO. Se Modifica el Sistema de Datos Personales denominado “PROGRAMA DE DESARROLLO
SECTORIAL (PRODESEC)”, folio de identificación 0412004720384100511, en los siguientes rubros:
I.- Nombre del Sistema: Programas de Apoyo para el Desarrollo Económico y Turístico.
II.- Finalidad y usos previstos: Obtener información e integrar un expediente de los solicitantes con actividades
encaminadas al desarrollo económico y turístico, que permita definir los posibles beneficiarios de los programas, acciones,
actividades y/o servicios que presten las unidades administrativas de la Alcaldía Milpa Alta, con base a la normatividad
aplicable y los criterios de selección emitidos. Una vez definidos los beneficiarios, se complementará la información y su
expediente, en cumplimiento de la normatividad aplicable a la ejecución de los recursos públicos asignados.
III.- Normativa aplicable:
1.- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2.- Constitución Política de la Ciudad de México.
3.- Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México.