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PERIÓDICO OFICIAL
DEL ESTADO DE HIDALGO
13 de Septiembre de 2021
Alcance Seis
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II.- Eje de Atención;
III.- Eje de Sanción; y
IV.- Eje de Erradicación
La Política Estatal Integral se articulará en estos ejes de acción, con el propósito de hacer efectivo el derecho de
las mujeres para acceder a una vida libre de todo tipo y forma de violencia.
ARTÍCULO 4.- Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:
I. Agravio Comparado: Implica un trato desigual de las mujeres dentro del marco jurídico del Estado, en relación
con otro Estado e incluso de procedimientos y trámites de índole administrativa;
II. Cédula de Registro Único: Instrumento operado mediante un sistema informático, conformado por los
apartados de los datos de la víctima; de la agresión y/o delitos a la víctima; de la persona agresora; del servicio
o servicios brindados a la víctima, los sugeridos por el tratante y, en su caso, la canalización a otra dependencia
mediante el sistema de referencia-contrarreferencia realizada;
III. Dependencias: Las Secretarías que conforman al Poder Ejecutivo y que constituyen la Administración Pública
Central en términos de la Ley Orgánica para la Administración Pública del Estado de Hidalgo;
IV. Derechos fundamentales de las Mujeres: Refiere a los derechos que son parte inalienable, integrante e
indivisible de los derechos fundamentales universales contenidos en los instrumentos internacionales suscritos
y ratificados por los Estados Unidos Mexicanos;
V. Empoderamiento de las Mujeres: Es un proceso por medio del cual las mujeres transitan de cualquier
situación de opresión, desigualdad, discriminación, explotación o exclusión a un estadio de conciencia,
autodeterminación y autonomía, el cual se manifiesta en el goce pleno de sus derechos y libertades;
VI. Entidades: Los Organismos Descentralizados creados por Ley o Decreto;
VII. Estado: El Estado Libre y Soberano de Hidalgo;
VIII. Generador de violencia: La persona que inflige cualquier tipo de violencia contra las mujeres;
IX. Ley: La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Hidalgo;
X. Modalidades de Violencia: Las formas, manifestaciones o los ámbitos de ocurrencia en que se presenta la
violencia contra las mujeres;
XI. Perspectiva de Género: Es una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se
propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las
personas basada en el género. Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad contribuyendo a
construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y
oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de
toma de decisiones;
XII. Programa: El Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las
Mujeres;
XIII. Ruta de atención integral a mujeres en situación de violencia de género: Mecanismo que articula
mediante el sistema de referencia y contrarreferencia servicios interinstitucionales, que de conformidad con las
atribuciones y facultades de las dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipal, deben
brindar para garantizar la atención integral a mujeres y niñas víctimas de violencia de género, que disminuyan el
impacto de la violencia, brinden protección, contribuyan a la superación de las secuelas de los hechos
victimizantes e incluyan estrategias eficaces de rehabilitación;
XIV. Sistema de referencia, contrarreferencia: Procedimiento técnico [médico-jurídico] y administrativo entre
las instituciones y dependencias de que participan en el Sistema Estatal para la Prevención, Atención y
Publicación
electrónica