Martes 14 de septiembre de 2021 Sección Primera
Tomo: CCXII No. 51
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cantidades que no derivan de una misma contribución, para ingresar al módulo de gestión de documentos de SIIGEM y realizar la
actualización y baja del folio de seguimiento, finalmente entrega a la o al analista los documentos firmados para su notificación
•
Generar las actualizaciones en el aplicativo denominado
“Gestión de Documentos”, relativas al registro de expedientes que se
originen de la solicitud de compensación.
La Notificadora o el Notificador del Departamento de Análisis Técnico Legal, deberá:
•
Obtener las copias fotostáticas necesarias de la resolución o acuerdo, para generar el acuse de recibo y en su caso las copias de
conocimiento.
•
Notificar la resolución de autorización o improcedencia de compensación por pagos fiscales indebidos, en demasía o duplicados
de cantidades que no derivan de una misma contribución a la o el contribuyente, en su caso, el acuerdo donde se tiene por no
presentada la solicitud de compensación o el requerimiento formulado a la o el contribuyente, así como el oficio de solicitud de
información respecto a la consulta del estado procedimental del crédito fiscal a cargo de la o el peticionario.
•
Notificar a las autoridades correspondientes, las copias de conocimiento de la autorización de devolución por pagos fiscales
indebidos (erróneo, en demasía o duplicado) que determinen una compensación de oficio.
•
Recabar los acuses de recibo de la documentación entregada y remitirlos al área de correspondencia del Departamento de
Análisis Técnico Legal.
La encargada o el encargado del área de archivo, deberá:
•
Recibe y resguarda expediente debidamente integrado por la o el analista que contiene las documentales físicas de la solicitud de
compensación iniciada por la o el contribuyente.
DEFINICIONES:
Autoridad correspondiente: Todas aquellas Dependencias o Unidades Administrativas del Estado de México a las que se consulta o
solicita informes o documentos, a fin de emitir la respuesta que conforme a derecho corresponda, respecto de una solicitud de
compensación.
Contribuyente: Persona física o jurídica colectiva a quien la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos impone la obligación
de contribuir al sostenimiento del gasto público.
Compensación: Forma de extinguir las obligaciones equilibrando las cantidades que las y los contribuyentes tengan a su favor contra las
que estén obligados a pagar por adeudo propio o retención a terceros, siempre que ambas no deriven de una misma contribución.
Resolución Administrativa o Acuerdo: Todas aquellas dependencias o unidades administrativas del Gobierno del Estado de México a
las que se consulta o solicita informes o documentos, a fin de emitir la respuesta que conforme a derecho corresponda de una solicitud de
devolución.
INSUMOS:
-
Solicitud de autorización de compensación por pagos fiscales indebidos, en demasía o duplicados de cantidades qu e no derivan de una
misma contribución, que contiene la firma autógrafa del peticionario, la cual ingresa a través del área de correspondencia del
Departamento de Análisis Técnico Legal.
RESULTADOS:
-
Resolución que autoriza o declara la improcedencia de la compensación de cantidades que no derivan de una misma contribución de
los pagos realizados en demasía o por duplicado.
-
En su caso, acuerdo donde se tiene por no presentada la solicitud de compensación de cantidades que no derivan de una misma
contribución.
-
Resolución que niega la solicitud de devolución, iniciada por medios electrónicos, pero se aplica de oficio la figura jurídica de la
compensación.
INTERACCIÓN CON OTROS PROCEDIMIENTOS:
6. Inherente a la búsqueda del pago dentro de las cuentas del Gobierno del Estado de México.
7. Inherente a la búsqueda del estado procedimental de un crédito fiscal.
POLÍTICAS:
− La o el Titular del Departamento de Análisis Técnico Legal u oficinas recaudadoras iniciaran el trámite de compensación de los pagos
realizados en demasía o por duplicado de cantidades que no derivan de una misma contribución a las peticionarias y los peticionarios
que cumplan con la documentación señalada en la Guía de Requisitos de Trámites y Servicios vigente.
− La o el contribuyente que solicite la compensación de cantidades que no derivan de una misma contribución de los pagos realizados en
demasía o por duplicado, por escrito, deberá presentar los siguientes requisitos que se enumeran:
18) Escrito dirigido a la o el Titular del Departamento de Análisis Técnico Legal cuando se trate de cantidades que no derivan de una
misma contribución, el cual deberá contener las siguientes características, según sea el caso:
Cuando la solicitud se realice a nombre propio:
19) Nombre, CURP, RFC (con homoclave), domicilio en el territorio del Estado de México, número telefónico con clave lada y correo
electrónico de la o el solicitante.
20) Motivo de la solicitud de compensación.
21) Señalar la línea de captura y el monto enterado que considera como saldo a favor.