15 de septiembre de 2021
PERIÓDICO OFICIAL
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a) Ser ciudadano mexicano y tener veintiún
años de edad cumplidos; y,
b) Acreditar su residencia en la entidad.
c) Contar con estudios, investigaciones o
experiencia técnica y académica en el área del
desarrollo social, preferentemente en materia de
evaluación.
SEXTA. Los aspirantes deberán acreditar el
cumplimiento de los requisitos señalados en la
presente convocatoria y acompañar a la solicitud de
registro firmada de manera autógrafa, en original y dos
tantos en copia simple, los siguientes documentos:
a) Exposición de motivos de no más de tres
cuartillas, dirigida a la titular de la Comisión Estatal de
Evaluación del Desarrollo Social, en la que señale las
razones por las que desea ser comisionado
ciudadano, destacando la experiencia profesional y las
capacidades que avalen su competencia para
desempeñar el cargo. Para el caso de la reelección, la
exposición de motivos deberá ser no más de tres
cuartillas de forma clara, directa y medible en relación
a su desempeño y participación en el comité técnico;
b) Semblanza curricular con firma autógrafa,
que describa su experiencia en temas de evaluación
de programas o políticas públicas del desarrollo social
o en su defecto, su participación como miembro activo
de
la
sociedad
civil
en
el
sector
público,
específicamente en temas relacionados al desarrollo
social;
c) Declaración bajo protesta de decir verdad
dirigido a la titular de la Comisión Estatal de
Evaluación de Desarrollo Social, que conoce el
contenido de la Ley de Desarrollo Social para el
Estado de Morelos, su Reglamento y el Decreto de
creación de la Comisión Estatal de Evaluación del
Desarrollo Social;
d) Identificación oficial vigente con fotografía
pudiendo ser credencial para votar, pasaporte o
cédula profesional;
e) Comprobante de domicilio no mayor a dos
meses (agua, luz o teléfono).
DEL REGISTRO DE LOS ASPIRANTES
SÉPTIMA. El registro de aspirantes se podrá
efectuar en las oficinas de la Comisión Estatal de
Evaluación, ubicadas en calle Hermenegildo Galeana
número 4, segundo piso, despacho 209 de la colonia
centro, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62000 tel.
7773101200, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, así
como
por
medio
del
correo
electrónico
coeval.morelos@morelos.gob.mx desahogándose de
la siguiente manera:
a) Recepción de las solicitudes de registro de
los aspirantes que se presenten acompañando las
documentales que especifica la base quinta;
b) Acuse de recepción de cada solicitud de
registro, razonando la fecha, hora y naturaleza de la
documentación anexa. Dicho acuse no se presentará
calificación sobre la idoneidad de los documentos, ni
implicará actos de aclaración, condonación o
reposición de los mismos por parte de dicha instancia;
c) La revisión de los expedientes de los
aspirantes y el cotejo de los documentos originales y
anexos, se realizará por un representante del Consejo
Ciudadano para el Desarrollo Social del Estado de
Morelos; y,
d) El plazo para la recepción y registro de
aspirantes será de 5 días hábiles, contados a partir del
día siguiente de la publicación de la presente
convocatoria
en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”.
DEL DICTAMEN DE ASPIRANTES,
SELECCIÓN DE CANDIDATOS E
INSTALACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO
OCTAVA. Dentro de 2 días hábiles posteriores
al término de la recepción de documentos, la comisión
estatal en conjunto con el representante del consejo
ciudadano, revisarán y evaluarán el acreditamiento de
los requisitos y documentales a que aluden las bases
quinta y sexta de la presente convocatoria, a efecto de
seleccionar la lista de candidatos con sus respectivos
expedientes, ambos serán enviados a la Secretaría de
Desarrollo Social, en su carácter de secretaria
ejecutiva de la coordinadora estatal para el desarrollo
social.
La coordinadora estatal para el desarrollo social,
deberá sesionar en un plazo no mayor a 5 días
hábiles, contados a partir de la recepción de los
documentos por el secretario ejecutivo de la
coordinadora estatal, a efecto de seleccionar y emitir
el dictamen o ratificación correspondiente para el
candidato que formará parte del comité técnico de la
comisión. El candidato que resulte en su caso electo
como comisionado ciudadano, rendirá la protesta del
cargo en un plazo no mayor a 3 días hábiles en la
sesión de su instalación ante el Comité Técnico de la
Comisión Estatal de Evaluación del Desarrollo Social.
El fallo de la coordinadora estatal es inapelable.
CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CARGO
NOVENA. La calidad de comisionado ciudadano
se pierde por las siguientes causas: