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PERIÓDICO OFICIAL
15 de septiembre de 2021
SEXTO.-
Se
les
exhorta
a
las
áreas
competentes
notificadas
del
presente
acuerdo,
informen de la atención y seguimiento al mismo, a
través de la Secretaría del Ayuntamiento.
SÉPTIMO.- Se le otorgan facultades amplias y
bastantes al encargado de despacho de la Secretaría
del Ayuntamiento, para la imposición de plazos y
términos, para requerir a las áreas competentes
informen la atención, seguimiento y cumplimiento del
presente acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo, entrará en
vigor el mismo día de su publicación en el Periódico
Oficial “Tierra y Libertad”, órgano de difusión de
Gobierno del Estado de Morelos.
ACUERDO ATM/S.E.CXL /0128/2021.
PRIMERO.- Que con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 115, fracción VIII, párrafo
segundo, 123,
apartado “B”, fracción XI, inciso a) de la
Constitución
Política
de
los
Estados
Unidos
Mexicanos; 113, 131 y 132 de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Morelos; 43, fracción
XIII, 45, fracción XV, y 54, fracción VII de la Ley del
Servicio Civil del Estado de Morelos; 38, fracciones
LXIV, LXV, LXVI y LXVIII de la Ley Orgánica Municipal
del Estado de Morelos; 1, 4, 5, 8, 24, 38, 40, 41 del
Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones a
Trabajadores y Elementos de Seguridad Pública
Municipal del Ayuntamiento de Temixco, Morelos, se
aprueba en todas y cada una de sus partes el
dictamen emitido por la Comisión de Prestaciones
Sociales Municipales en Materia de Pensiones y
Jubilaciones, aprobado en la décima primera sesión
ordinaria de fecha dieciséis de julio del año dos mil
veintiuno, únicamente por cuanto hace a lo relativo al
expediente 04/21, en relación a la C. Inés Landa
Román, en los términos siguientes:
“…PRIMERO: Se concede la pensión por
Viudez a la ciudadana Inés Landa Román, relativo al
expediente número 04/21, cónyuge supérstite del
finado Roberto Ramírez Reyes, quien prestó su
servicio
dentro
de
la
Administración
pública,
desempeñando como último puesto el de auxiliar
administrativo especializado “A” adscrito a la Dirección
de Administración.
SEGUNDO: La pensión decretada deberá
cubrirse al equivalente al 50% de su último salario, tal
y como lo establece el artículo 65 de la Ley del
Servicio Civil del Estado de Morelos y artículo 26
inciso B) del Reglamento para el Otorgamiento de
Pensiones a Trabajadores y Elementos de Seguridad
Pública Municipal del Ayuntamiento de Temixco,
Morelos.
TERCERO.- La cuantía de la pensión se
incrementará de acuerdo con el aumento porcentual al
salario mínimo correspondiente al estado de Morelos,
integrándose esta por el salario, prestaciones las
asignaciones y el aguinaldo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 66 de la Ley del Servicio
Civil del Estado de Morelos y Artículo 27 del
Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones a
Trabajadores y Elementos de Seguridad Pública
Municipal del Ayuntamiento de Temixco, Morelos.
TRANSITORIOS
ÚNICO.- Aprobado el presente dictamen, en
sesión de Cabildo se ordene su promulgación y
publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” y
en la Gaceta Municipal.
Lo anterior con fundamento en los artículos 55,
57, 58, 64 y 65 y 66 de la Ley del Servicio Civil del
Estado de Morelos, así como los artículos 16, 24, 25,
fracción II, inciso A) 26, 27 y 41 y 42 del Reglamento
para el Otorgamiento de Pensiones a Trabajadores y
Elementos de Seguridad Pública Municipal del
Ayuntamiento de Temixco, Morelos, y demás relativos
y aplicables a la materia
…”.
SEGUNDO.- Notifíquese el presente acuerdo, a
la oficial mayor de este Gobierno Municipal, en su
carácter de secretaria técnico de la Comisión de
Prestaciones Sociales del Ayuntamiento de Temixco,
Morelos, para su conocimiento y para todos los
efectos legales y/o administrativos que le corresponda
ejecutar, en el ámbito de su competencia.
TERCERO.- Se instruye a la tesorera municipal,
a
liberar
el
recurso
económico
acordado,
autorizándosele llevar a cabo las transferencias,
modificaciones y adecuaciones presupuestales que el
caso amerite. asimismo, se le otorgan facultades
amplias y bastantes para la imposición de plazos y
términos, que considere pertinentes, a las áreas
competentes para la ejecución del presente acuerdo a
efecto de que las mismas cumplan con los trámites
administrativos que requiera para la debida aplicación
y transparencia de los recursos.
CUARTO.- Notifíquese el presente acuerdo a la
C. Inés Landa Román, para su conocimiento y para los
efectos legales correspondientes.
QUINTO.- Se instruye al encargado de
despacho de la Secretaría del Ayuntamiento, lleve a
cabo los trámites necesarios para la publicación del
presente acuerdo, en el Periódico Oficial “Tierra y
Libertad”, órgano de difusión de Gobierno del Estado
de Morelos.
SEXTO.-
Se
les
exhorta
a
las
áreas
competentes
notificadas
del
presente
acuerdo,
informen de la atención y seguimiento al mismo, a
través de la Secretaría del Ayuntamiento.
SÉPTIMO.- Se le otorgan facultades amplias y
bastantes al encargado de despacho de la Secretaría
del Ayuntamiento, para la imposición de plazos y
términos, para requerir a las áreas competentes
informen la atención, seguimiento y cumplimiento del
presente acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo, entrará en
vigor el mismo día de su publicación en el Periódico
Oficial “Tierra y Libertad”, órgano de difusión de
Gobierno del Estado de Morelos.